El proyecto de Sergio Abreu

| ¿Hay otro modo de tener la electricidad necesaria sin depender de nadie, que no sea instalar una central nuclear?

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Como si estuviéramos muy lejos del planeta Tierra, los uruguayos tardamos once años en darnos cuenta de lo terrible que es un accidente atómico.

El 26 de abril de 1986 explotó un reactor nuclear en Chernóbil y recién el 17 de junio de 1997 (¡once años después!) se promulgó en el Uruguay, la ley salvadora que prohibe "el uso de energía nuclear en el territorio nacional." Es mucho una década y un año de retardo, cuando se trata de algo tan sagrado como salvar tantas vidas, tres millones…

Pero el tema no es tan sencillo, ni ese retardo es el único; hay retardos varios a considerar.

Después de aprobada la ley de salvación, los uruguayos demoramos nueve años más en darnos cuenta que la proscripción aprobada era un mamarracho. Copió la primer frase del artículo 27 de la ley 16.832:

"Prohíbese el uso de energía de origen nuclear en el territorio nacional." Repaso mis venerables conocimientos jurídicos especializados (trabajé años en la Facultad de Derecho tematizando legislación vigente, antes de la invención de la computadora), repaso el nivel general de nuestro derecho positivo y pienso que nada hay vigente con tanta densidad de error, como este artículo 27 dirigido a paralizar una actividad que se practica con éxito en la inmensa mayoría de los países inteligentes.

La norma prohibe sin hacer distinción, el uso de la energía nuclear, vale decir prohibe las bombas de cobalto de la terapia oncológica y hasta el uso de los rayos X que forman parte de nuestra rutina preventiva, desde la más tierna infancia. Pero eso no es todo.

Entes radioactivos (que usan energía nuclear), somos nosotros mismos.

Todos los organismos vivos absorben carbono radioactivo. Nada viviente deja de ser radioactivo. El carbono 14 forma parte de nuestra edificación corporal. Ningún alimento deja de ser radioactivo. Del cielo cae, radioactividad y la absorbemos. Nada orgánico, vivo o muerto, deja de ser radioactivo. Los restos mortales mantienen por más de 5.000 años, su radioactividad; sea semilla reseca, hueso zoológico o cenizas de un ser humano. Prohibir el uso de la energía nuclear determinaría automáticamente, la extinción de la vida en todo el territorio nacional.

El error de redacción de esa norma distraída, es tan brutal, que el consenso tácito, sin la menor vacilación llevó a despreciar la letra clara de la ley y el país entero siguió usando, como si nada, su propio cuerpo y decenas de máquinas activadas por la energía nuclear (máquinas calladitas, de las que no asustan a los aldeanos compatriotas).

En contra de la buena hermenéutica jurídica, se distinguió donde la ley no distingue; y de ese modo indebido, se interpretó que está prohibido lo que da miedo (la fisión del átomo) y que no están prohibidas centenares de máquinas nucleares que siguen funcionando.

En consecuencia, fue desmantelado el único reactor nuclear que teníamos (para investigar y aprender). Un gesto salvaje, imperdonable.

Pero el artículo 27 contiene muchas perlas más: a continuación de la prohibición absoluta, el artículo 27 sigue prohibiendo:

- "Ningún agente del mercado mayorista de energía eléctrica podrá realizar contratos de abastecimiento de energía eléctrica con generadores nucleares ni con generadores extranjeros cuyas plantas contaminen el territorio nacional"

Es demasiado claro que si importamos electricidad argentina o brasileña, estamos violando la ley aislacionista. En los dos países funcionan reactores atómicos que producen electricidad y es imposible separar el fluido que asusta a los uruguayos, del fluido que no asusta a los uruguayos.

Argentina tiene dos centrales nucleares y va a construir dos más. Brasil tiene tres centrales nucleares y va a construir siete más.

Por supuesto, si en cualquiera de esas centrales vecinas se repitiese el caso de Chernóbil, el territorio uruguayo recibiría las consecuencias, puesto que la radiación no se detiene en la frontera. También es evidente que esa amenaza resulta completamente ajena al hecho de comprar o no electricidad argentina o brasileña. La radiación tan temida, no viene por los cables.

En el mundo que no es provincia, la gente en vez de cultivar la cobardía, inventa formas efectivas de preservar la seguridad. Hay cientos de reactores nucleares funcionando y 26 más en construcción; y no pasa, ni pasará nada que reedite el desastre ruso (que no fue la peor desgracia, ni la peor canallada que provocó el régimen soviético, antes de su implosión).

Las primeras locomotoras corrían a 30 o 40 kilómetros por hora, pero delante de la máquina iba un hombre a caballo con una bandera, anunciando que venía el tren. Una máquina de vapor que se movía y tocaba pito, resultaba muy alarmante.

Un humorista español, Jardiel Poncela, acuñó un ejemplo inolvidable:

Un óleo grande, a lo Blanes, cubriendo la pared de un Museo; su título era: "Campesinos húngaros huyendo de la vacuna"

Los entrerrianos aterrorizados en Gualeguaychú por las fábricas de celulosa, son campesinos húngaros huyendo de la vacuna.

Los uruguayos que pergeñaron y votaron la ley que prohibe el uso de la energía nuclear, son campesinos húngaros huyendo de la vacuna.

La Rochefoucauld decía que el ridículo infama más que el deshonor.

Siento vergüenza ajena, cuando leo que el Uruguay no puede abastecerse de electricidad producida con "generadores extranjeros cuyas plantas contaminen el territorio nacional".

Desgraciadamente, las únicas plantas que contaminan el territorio nacional, están en el territorio nacional. Por ejemplo, la venerable Central Batlle, a fuel-oil, que terminó con la fauna en las aguas de la bahía de Montevideo y que envenena el aire que respira la ciudad.

Las usinas nucleares, estén cerca o lejos, son precisamente, la salvación del medio ambiente, producen electricidad sin polucionar en lo más mínimo. El miedo a las nuevas tecnologías, la ignorancia soberbia, es la peor de las poluciones.

EL PROYECTO QUE DEROGA. Propone el senador Sergio Abreu: "Artículo 1º.- Derógase el artículo 27 de la Ley Nº 16832 de 17 de junio de 1997, que prohíbe el uso de energía de origen nuclear en el territorio nacional."

Hago un resumen de la correspondiente Exposición de Motivos :

- La crisis energética argentina mostró en los hechos los peligros de nuestra dependencia estructural, en cuanto al abastecimiento de electricidad y de gas natural. Quedó en evidencia la fragilidad de los acuerdos y los contratos. (Argentina aumentó en un 125% el impuesto a sus exportaciones de gas, duplicando prácticamente el precio del gas boliviano a Chile y a Uruguay).

Restringir o gravar la energía eléctrica, es renunciar al crecimiento.

La seguridad de iniciativas como el denominado "anillo energético" regional, ya no existe, se estrella contra las carencias energéticas y el modo de proceder de Brasil y de Argentina.

Las fuentes de energía basadas en recursos renovables no tienen hasta ahora un desarrollo suficiente; son utilizadas para atender demandas puntuales de baja intensidad: no parecen ser soluciones de fondo por razones de volumen.

La energía nuclear es una de las soluciones posibles y es el enfoque que se le ha dado al tema en China, y se le está dando en EEUU y algunos países europeos. En la región, Argentina y Brasil han decidido completar la construcción de plantas nucleares que estuvieron detenidas durante un tiempo considerable. Chile estudia la opción nuclear para superar sus problemas de abastecimiento y Venezuela, a pesar de ser uno de los principales exportadores mundiales de petróleo, se ha interesado por la adquisición de una central nuclear.

Nuestro país debe definir una estrategia para el abastecimiento energético en el corto, mediano y largo plazo, sin dejar de lado el estudio de ninguna de las opciones que ofrece la tecnología actual. Ello supone analizar y decidir sobre un respaldo puramente nacional, basado en la incorporación de tecnologías de recursos renovables, y también ¿Porque no? sobre la generación de electricidad utilizando energía nuclear. Es evidente, que la utilización de la energía nuclear debe ser analizada. Las limitaciones que pueden existir no se aplican a una central de mediana potencia, que puede abastecer una parte significativa de nuestra demanda.

La opción nuclear debe ser considerada, tanto como proyecto nacional, como proyecto de integración. Hay posibilidades de incorporarnos al programa nuclear brasileño; esa asociación nos permitiría reducir costos y sumar la experiencia ya disponible en Brasil.

El artículo 27 de la ley 16.832 establece una prohibición absoluta y por consiguiente, inhibe el libre análisis del tema y la formulación de proyectos.

Lo conveniente, es abrir una discusión nacional sobre el tema sin estar encadenados por una interdicción de hacer y de pensar. Derogar la prohibición no significa tomar partido; permitirá simplemente, estudiar, cambiar ideas, articular soluciones mediante una discusión multi disciplinaria, en un ámbito donde participen junto a los expertos en las diversas materias, representantes gubernamentales y sociales. Se trata de trazar el plan energético que abarcará décadas y que hará historia.

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