Juicio "viciado de nulidad y sin garantías"; críticas a la fiscal

Defensa. Renunciaron Curbelo y Pedro Montano

Compartir esta noticia

Los abogados de Gregorio Álvarez comunicaron ayer al juez Luis Charles que renuncian a la defensa del ex dictador, "que asumieron en estos autos el 5 de diciembre próximo pasado".

En el escrito firmado por los doctores Carlos Curbelo Tammaro y Pedro Montano, estos afirman que su decisión está motivada al "trámite que se está dando a estos procedimientos, que ha determinado la inexistencia del marco normativo legal y constitucional que ampara los principios del debido proceso legal y las garantías para la defensa de cualquier justiciable".

Según los abogados, "de este modo la defensa resulta meramente nominal, y en estas condiciones, los suscritos letrados no están dispuestos a mantener una presencia que no es funcional a los intereses de su patrocinado".

"La proyección histórica que ha de tener este proceso, obliga a los comparecientes a actuar de esta manera, evitando cohonestar una actividad jurisdiccional viciada de nulidad y sin garantías, como las que se está llevando a cabo", expresa el escrito.

Entre la falta de garantías, los profesionales mencionan "el desconocimiento que hizo el Poder Ejecutivo de la ley de Caducidad (N° 15.848), que excluye el caso del amparo legislativo por medio de una resolución sin motivación y que infringe una regla de derecho".

Añaden que "se sigue con la actuación de una fiscal, elegida ´ex profeso´ que ha monopolizado prácticamente todos los juicios penales contra los militares del proceso y que durante seis meses ha instruido una prueba de cargo, sin conocimiento ni contralor de esta defensa, en abierta violación a las disposiciones del art. 113 del C.P.P. que garantiza la igualdad procesal entre fiscales y defensores en esta etapa del proceso".

Recuerdan los abogados que el procedimiento continuó con la intervención de la Suprema Corte de Justicia, que se negó a admitir el recurso de inconstitucionalidad "de una ley que la Cátedra hizo añicos, con argumentos contra los que alzaron su voz dos excepcionales juristas, los doctores Gonzalo Aguirre y Leonardo Guzmán que (¡estos sí que sufrieron la cárcel y el exilio!) desde sus tribunas periodísticas criticaron duramente el desconocimiento del derecho".

Curbelo y Montano habían planteado la inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 18.026 de 2006, que tipificó el delito de desaparición forzada.

"Para, finalmente, el juzgado interviniente, aún a sabiendas de que la defensa no ha podido leer las más de 4.000 fojas del expediente, ni controlado la prueba de cargo preconstituida, ni producir prueba ni interrogar a testigos, como ordena el citado art. 113 del C.P.P., no hace lugar a las garantías de la defensa que disponen la Ley, la Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica (Art. 8.2 literal c)".

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar