Cambio de sexo sólo para mayores

No se podrá anular la partida de nacimiento

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Por unanimidad, con votos de diputados frenteamplistas y blancos, la comisión de Constitución votó ayer el proyecto de ley que permite a los transexuales el cambio de nombre y sexo en documentos y registros públicos si la identidad sexual está en conflicto con el sexo biológico por un período mínimo de dos años.

Pero la iniciativa sufrió dos cambios a sugerencia del diputado frenteamplista Jorge Orrico y los diputados blancos Álvaro Lorenzo y Beatriz Argimón: se eliminó el artículo que permite modificar el nombre y sexo a los menores de edad y también las disposiciones que establecen la reserva del proceso y la anulación de la partida de nacimiento original.

Uno aspecto cuestionado por la oposición era la posibilidad de que los menores de edad pudieran realizar el cambio de sexo ante el juzgado de familia. Incluso el texto establecía que los menores de doce años podían realizar el trámite, acompañados por sus padres.

El artículo sexto, que permite realizar el trámite a los menores de edad, fue eliminado en comisión. El texto se votará en la Cámara el martes, pero antes se conformará una pequeña comisión interpartidaria que resolverá si hay algún agregado al texto, tras la eliminación de los artículos mencionados. El texto ya tenía media sanción, pero debe volver al Senado, donde se votaría el 1° de octubre.

El diputado oficialista Edgardo Ortuño destacó que se atiende el derecho de identidad "a quienes fueron discriminados" durante mucho tiempo. Lorenzo aclaró que trámite debe pasar por el juez, "no es cambiar el sexo así nomás".

Para concretar el cambio de sexo registral no hay necesidad de cirugía de reasignación sexual y la demanda deberá acompañarse de un informe técnico multidisciplinario en identidad de género. Si la persona tiene una cirugía de reasignación sexual, no se requerirá "la estabilidad y persistencia" de la disonancia durante al menos dos años.

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