Se practicaron 66 abortos en 2009 autorizados por comisión del MSP

Causales. Mayoría por fetos con malformaciones incompatibles con la vida

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DÉBORAH FRIEDMANN

La Comisión Reguladora de Interrupciones de Embarazo autorizó 66 abortos en 2009, la mayoría por malformaciones del feto "incompatibles con la vida". Especialistas plantean que los médicos tienen problemas con el manejo de estas situaciones.

El número de interrupciones de embarazos autorizado por la Comisión asesora del Ministerio de Salud Pública -que evalúa todos los casos a nivel nacional, sean del ámbito público o privado- se ha mantenido estable en los últimos años, dijo su presidente, Alejandro Bozzolo, a El País.

En 2009 recibieron 69 solicitudes, de las cuales aceptaron 66. De ellas, 50 fueron por malformaciones del feto "incompatibles con la vida", tres por el grave estado de la salud de la madre y la misma cantidad por alteraciones graves mentales de la mujer. Respecto a esta última causal, Bozzolo explicó que suelen ser casos donde los psiquiatras tratantes de la embarazada aseguran que van a suicidarse si continúan con la gestación. Además, hubo un caso autorizado por violación y otro porque la mujer padecía de linfoma de Hodgkin.

El proceso para que la Comisión avale la interrupción del embarazo comienza cuando el médico tratante de la mujer comunica que lo recomienda. Debe hacerlo a la dirección del Hospital o a la dirección técnica de la institución privada.

En Uruguay, la ley 9.763 del 28 de enero de 1938 declaró delito el aborto. No obstante, la norma establece que no haya penas en los siguientes casos: para salvar la vida de la mujer, causa grave de salud y embarazo fruto de violación. En las tres hipótesis la embarazada debe dar su consentimiento. Además, el juez puede eximir de la pena cuando la razón sea la "angustia económica" y la mujer lo haya autorizado.

Luego de que el médico eleva la solicitud, la institución debe formar una comisión integrada por ese especialista, más un ginecólogo, el director del centro asistencial y otros profesionales, dependiendo del caso (cardiólogo, psiquiatra, etcétera), explicó Bozzolo.

Si ese grupo está de acuerdo en promover la interrupción del embarazo, eleva el caso a la Comisión Reguladora.

De todos modos, ese ámbito ha recibido casos en los que la institución no apoya que se efectúe un aborto, pero la paciente insiste en que se lo practiquen, por lo que igual lo elevan, precisó el presidente del grupo. La Comisión Reguladora se reúne a medida que recibe la comunicación del tribunal médico con los estudios del paciente, su historia clínica y los fundamentos para interrumpir el embarazo, dijo Bozzolo.

"Las cosas son muy claras, tenemos pautas para autorizar o no la interrupción del embarazo de acuerdo a la ley y a eso nos atenemos", sostuvo el especialista. Por ejemplo, citó casos en los que se presenta un feto acraneo (sin cerebro ni huesos del cráneo). "Va a morir, puede ser dentro del útero o después que nace. Pero en esos casos lo autorizamos", sostuvo.

Cuando tienen alguna duda, convocan a otros profesionales o recurren a más bibliografía, agregó.

plazos. La mayoría de los casos que analiza la Comisión son de Montevideo. Cuando autoriza la interrupción, siempre se solicita un consentimiento firmado de la mujer y, en general, también lo suscribe su pareja.

La ley prevé que las interrupciones deban efectuarse antes de cumplirse los tres meses de la concepción, salvo cuando se practique por "causas graves de salud" para lo cual no hay un plazo máximo.

En los últimos años han sido autorizadas, por esta causa, interrupciones de hasta 26 semanas de gravidez, en forma excepcional, indicó Bozzolo.

Eso responde a que hay malformaciones severas, como el feto acraneo, que puede ser detectado recién a las 21 semanas, cuando se indica la ecografía estructural. Por más que se realicen precozmente, otros estudios genéticos tardan y las conclusiones se comunican sobre la semana 18.

"Cuando se redactó la ley eso no estaba previsto. Ahora las cosas han cambiado mucho a nivel de detección y porque hay medicación con la que se puede interrumpir un embarazo a las 16 o a las 20 semanas de una manera efectiva y no cruenta. No vamos a someter a una paciente cuyo feto no va a vivir a seguir 15 semanas o más con un embarazo. Cuando ella además está en un estado calamitoso, y puede presentarse alguna complicación", sostuvo el especialista.

De todos modos, aclaró que en los casos en que se interrumpe un embarazo en un momento donde teóricamente el feto puede sobrevivir, se los trata "igual a que fueran niños sanos". "Se le hace reanimación y todo lo necesario para que el niño viva", sostuvo.

Hay "problemas" para interrupciones legales

La ley 9.763 establece causales bajo las cuales el aborto no es punible o incluso "puede ser un gesto terapéutico obligatorio para el médico". Sin embargo, el manejo "práctico de las situaciones clínicas en las que existe indicación de interrupción del embarazo no está bien incorporado a la práctica clínica corriente, lo que determina una sensación de inseguridad jurídica para el equipo de salud y las instituciones asistenciales públicas y privadas que se enfrentan a la necesidad de practicar un aborto". Eso afirmaron Hugo Rodríguez Almada, profesor agregado de Medicina Legal, Fabián Rodríguez, profesor adjunto de Ginecología A y Guido Berro, ex profesor director del departamento de Medicina Legal.

"El manejo de esas situaciones no está bien incorporado a la práctica médica, lo que se expresa en trabas a su práctica institucional, favoreciendo el circuito clandestino y el aborto inseguro", señalaron los profesionales en el artículo Aborto por indicación médico-legal: pautas para su práctica institucional en Uruguay (2009), publicado en la última edición de la Revista Médica del Uruguay.

Allí plantean justamente las pautas para favorecer que el aborto por indicación médico legal "se practique dentro del sistema sanitario en forma reglada, precoz, oportuna y segura". En concreto, definen la interrupción del embarazo por indicación-médico legal y dan pautas sobre el acto médico institucional y ginecológico, la confidencialidad, denuncia, registro en historia clínica, información y consentimiento y objeción de conciencia.

Otra vez en agenda legislativa

Tres proyectos de ley volverán a plantear la discusión sobre el aborto en el Parlamento en esta legislatura. Uno de ellos está siendo elaborado por el Frente Amplio -para despenalizarlo, en ciertas condiciones- y los otros dos por representantes del Partido Nacional. Las iniciativas de la oposición se complementan entre sí y van en sentido contrario al proyecto oficialista: uno de ellos establece que la vida se inicia "desde el momento de la concepción".

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