El Ministerio del Interior pretende que las faltas dejen de castigarse con multas económicas y pasen a ser sancionadas con tareas de trabajo comunitario, según anunció ayer el ministro Eduardo Bonomi.
El Poder Ejecutivo, en el paquete de 15 medidas y acciones que promueve contra la inseguridad que dio a conocer el mes pasado, planteó la necesidad de reinstalar los juzgados de faltas (que fueron suprimidos por la Suprema Corte de Justicia en 2009) como forma de que se vuelvan a penalizar esos ilícitos menores que, en los hechos, hoy no se castigan.
"Nosotros hemos hablado con la Suprema Corte y nos hemos puesto de acuerdo con que sería desastroso eliminar las faltas, porque son el dique de contención entre la vida normal y la carrera delictiva, por lo que eliminarlas implicaría acelerar ese proceso", dijo Bonomi anoche al disertar en un seminario sobre seguridad pública que organizó la Universidad de la Empresa y que se realizó en el Hotel Radisson.
Actualmente, la legislación establece que las faltas se castigan con multas económicas o la prisión equivalente en caso de que el imputado no pueda cumplir con el pago.
Bonomi dijo que la intención es que "el concepto sea el trabajo comunitario" en lugar de aplicar sanciones económicas. "Si la falta que se cometió fue pintar un monumento, ¿por qué hacerlo pagar una multa? Cepillo, jabón y a limpiar el monumento o la prisión equivalente", explicó el ministro.
Agregó que se debe actualizar la legislación sobre las faltas para "eliminar las que dejaron de tener vigencia y mantener y agregar las que sean necesarias", señaló Bonomi.
Por su parte, el ministro de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak, dedicó su exposición en el seminario al marco jurídico de la seguridad ciudadana. Y en tal sentido, dijo que los jueces "no han abusado de la prisión preventiva".
En cuanto a las infracciones cometidas por adolescentes, Chediak dijo que en Montevideo el 70% son rapiñas, cosa que es "sorprendente porque en general se cometen más hurtos que rapiñas".
La relación cambia en los departamentos del interior, ya que el 58% de las infracciones cometidas por adolescentes son hurtos y el 19% rapiñas.
"Una reflexión que se impone es que probablemente la respuesta legislativa y judicial en el caso de las rapiñas cometidas por quienes no tienen aún 18 años de edad no es adecuada, porque de alguna manera no se ha bloqueado esta situación", dijo Chediak.
Tomando en cuenta que los menores (cuyo máximo de internación es de cinco años) por lo general solamente están privados de libertad un año por una rapiña agravada, el juez opinó que "la duración de las medidas privativas de libertad no guarda una razonable proporción con la entidad de las infracciones que se cometen".