El presidente de la Corte Electoral Ronald Herbert, dijo a EL PAÍS digital que aún no recibió denuncia del partido Colorado por lo que la agrupación considera una violación a la Constitución de parte del ministro de Salud Pública Jorge Venegas para ejercer su cargo.
Herbert afirmó que "hoy no se recibió denuncia" y afirmó que "aún no se pudo discutir el tema" ni siquiera informalmente ya que al darle entrada se "estipularía el proceso que pasaría por un informe de la comisión de asuntos electorales y jurídica" previo a ser tratado en los acuerdos.
Herbert sostuvo que mañana sí se tratará en los acuerdos la denuncia presentada por el Partido Colorado sobre Sara Ribero que se desempeñó como intendenta interina de Montevideo semanas atrás.
Según los Colorados tanto en el caso de Ribero (argentina) como Venegas (chileno), ambos votan bajo el artículo 78 de la Constitución lo que la inhabilitaría para ejercer el cargo El artículo 78 de la Constitución establece que "tienen derecho al sufragio, sin necesidad de obtener previamente ciudadanía legal, los hombres y las mujeres extranjeros, de buena conducta, con familia constituida en la República, que poseyendo algún capital en giro o propiedad en el país, o profesando alguna ciencia, arte o industria, tengan residencia habitual de quince años, por lo menos, en la República. La prueba de la residencia se fundará indispensablemente en instrumento público o privado de fecha comprobada, y si la justificación fuera satisfactoria para la autoridad encargada de juzgarla, el extranjero quedará habilitado para el ejercicio del voto desde que se inscriba en el Registro, Cívico, autorizado por la certificación que, a los efectos, le extenderá aquella misma autoridad."
Esto implica que no tienen la ciudadanía legal, condición requerida para exigir el cargo tanto en el ministerio como en la intendencia. En este sentido, los Colorados solicitaron la renuncia de Venegas.