CRISTINA MUÑOZ | FERRERE ABOGADOS
NUEVO RÉGIMEN DE DESALOJO
Las características singulares del trabajo agrario determinan que a menudo el trabajador rural y su familia vivan en el propio establecimiento.
Uno de los cambios más significativos introducidos por el decreto es el nuevo régimen de desalojo establecido para el trabajador que es despedido.
En el régimen anterior, el trabajador despedido que no tuviera familia a su cargo en el establecimiento y no se retirara cuando lo indicara el empleador, se podía recurrir a la policía. Si el trabajador vivía con su familia en el establecimiento para ser despedido debía ser notificado con una antelación de 30 días a la fecha del despido.
En el régimen actual, si el trabajador despedido no se retira del establecimiento el empleador debe iniciar un juicio de desalojo ante el Juzgado Letrado de la capital del departamento. En este caso el plazo del desalojo será de 30 días, pero el desalojado tiene la posibilidad de oponerse. Consideremos los inconvenientes prácticos que conlleva promover un juicio en el medio rural, pensemos cómo y cuándo llegarán las notificaciones al trabajador. Quien conoce el medio sabe que son cosas realmente complicadas. Lo que necesita un trabajador que desempeña tareas en el medio rural es que, de ser despedido, se lo traslade hasta la ciudad o pueblo donde tiene su casa, se le transporten los muebles y todas sus pertenencias, que se le permita dejar su caballo u otros animales hasta que consiga un lugar donde llevarlos y que se le conceda el tiempo necesario para organizarse, sobre todo si vive con su familia en el establecimiento. No necesariamente lo ayuda o beneficia que le llegue un cedulón correspondiente a un juicio de desalojo promovido por su patrón. Si quiere o necesita quedarse en el establecimiento, tendrá que conseguir un abogado. Para esto debe trasladarse a la capital del departamento o al pueblo más cercano, lo que sin dudas le implica, más temprano o más tarde, mayores gastos que dejar el establecimiento sin hacer uso de esta prerrogativa.
El mayor estímulo al respeto de los derechos de los trabajadores está en la aplicabilidad de las normas que los consagran y protegen. Considerar lo que sabemos sobre el medio, su situación y su cultura al aprobar las normas, puede contribuir a la promoción del empleo rural. La instrumentación de reglas poco realistas, genera el efecto contrario.
EN EL CAMINO
Si bien el decreto no resulta innovador, reafirma los derechos del trabajador rural y a ese respecto establece expresamente la limitación de la jornada, con la consecuente inclusión en el régimen de las horas extras. A veces, la aplicación de esta norma es difícil, sobre todo en lo que respecta a los descansos intermedios y horarios de trabajo, ya que el trabajo rural depende en buena medida del clima. Pero, pese a ello, para facilitar la negociación de las partes, era imperiosa la definición de los términos mediante la aprobación de una normativa específica. Las frutas y verduras se pueden ir acomodando en el camino…