A partir del 1° de diciembre se ampliará la cobertura médica a los cónyuges o concubinos de los beneficiarios del Sistema Nacional Integrado de Salud que tengan un hijo a cargo, menor de 18 años o mayores discapacidad, propios o de la pareja quedarán incluidos en el sistema, informó el Banco de Previsión Social (BPS).
La incorporación de cónyuges se inició en 2010 amparando a los que tuvieran tres o más por lo que a partir del próximo mes quedarán incluidos todos los que tengan uno o más hijos a cargo.
Para obtener el beneficio las empresas con dependientes deberán enviar la información al Banco de Previsión social. En caso de que los beneficiarios sean titulares de unipersonales y servicios personales como profesionales, escribanos y no profesionales, deberán comunicar los nuevos códigos de seguro de salud a través de Internet en el servicio modificación de seguro de salud.
Los empleadores de servicio doméstico deberán obtener la declaración del trabajador al Sistema Nacional de Salud (disponible en www.bps.gub.uy) y realizar las modificaciones del código de seguro de salud a través de internet, en la sede del BPS o por teléfono.