LORENZO ABSUELTO; CALLOIA CONDENADO
Lorenzo fue absuelto porque no garantizó aval y no era superior de Calloia.
La jueza María Helena Mainard condenó al ex presidente del Banco República, Fernando Calloia, por incurrir en un delito de abuso de funciones por el otorgamiento de un aval por US$ 13 millones a la empresa Cosmo que la habilitó a participar en el remate de los aviones de Pluna. La jueza discrepó con el pedido fiscal y absolvió al exministro de Economía, Fernando Lorenzo. El fallo abre dos caminos: el hoy fiscal del caso, Luis Pacheco podría apelar por entender que Lorenzo sí cometió abuso de funciones y el abogado de Calloia, Gonzalo Fernández, también podría llevar el caso a segunda instancia para exculpar a su defendido.
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El 4 de abril de 2014, la Justicia dispuso el procesamiento sin prisión de Lorenzo y de Calloia por cometer un delito de abuso de funciones en calidad de autores. Calloia apeló ese procesamiento y Lorenzo no. El 13 de octubre de 2014, el Tribunal de Apelaciones de 1° Turno revocó el auto de procesamiento de Calloia y dispuso la clausura del sumario. La entonces fiscal especializada en Crimen Organizado de 2° Turno, María de los Ángeles Camiño presentó un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la que confirmó el procesamiento de primera instancia.
2.
La Fiscalía consideró que Lorenzo y Calloia debían responder penalmente por la comisión de un delito de abuso de funciones. Tras considerar que eran atenuantes el hecho de que ambos eran primarios absolutos, la Fiscalía solicitó una pena de 20 meses de prisión para cada uno, inhabilitación especial de dos años y una multa de 1.000 Unidades Reajustables ($ 1.021.040). Lorenzo fue acusado por la llamada telefónica realizada a Calloia el 1 de octubre de 2012 en la que le solicitó que "hiciera los máximos esfuerzos" para otorgar un aval a la empresa española Cosmo. Pese a dictámenes técnicos y no tener antigüedad crediticia, el mismo día del remate, el BROU le otorgó un aval por US$ 13 millones al supuesto representante de Cosmo, Hernán Calvo Sánchez.
3.
El abogado defensor de Fernando Calloia, Gonzalo Fernández, expresó en la sede que se trata de un juicio penal de "carácter político". Alegó que Hernán Antonio Calvo Sánchez, representante de la empresa aérea, extrabajador de Buquebus y vinculado al empresario Juan Carlos López Mena, era "un mero intermediario" ya que el verdadero interesado era el propietario de la empresa naviera. "Se juzga como conducta individual una decisión que constituye un acto orgánico, un acto administrativo", expresó Fernández.
4.
Los abogados de Lorenzo, Amadeo Otatti y Mario Spagenberg alegaron que la llamada de Lorenzo "se trató de un pedido y no de una orden" y que se le solicitó que fuera flexible en las exigencias de los requisitos habituales para los otorgamientos de avales. Agregaron que el ex ministro Lorenzo "no tenía ninguna facultad legal ni autoridad directa" sobre el director o cualquier funcionario del BROU para inmiscuirse en la toma de decisiones que involucran a la institución en materia crediticia.
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La jueza Mainard señaló, en su dictamen, que el Banco República le otorgó el aval a Sánchez Calvo pese a "no cumplir las condiciones necesarias. En la garantía de mantenimiento de oferta figuraba como beneficiario el Ministerio de Economía cuando en realidad debía serlo el Fideicomiso que administraba los bienes de Pluna S.A. Ello se debió, según Calloia, a que así lo solicitó Cosmo S.L". El vicio de forma fue utilizado por Cosmo y la aseguradora Boston Seguros para no pagar el aval luego de desistir de la compra de los siete aviones de Pluna.
6.
El informe del Banco Central al Juzgado respecto de la operativa efectuada por el otorgamiento del aval por parte del Banco República establece que no se cumple con artículos de la Carta Orgánica de la institución bancaria y señala que se verificó que la información que contenía la carpeta de Cosmo S.L. "era insuficiente" para valorar el riesgo del crédito asumido por el BROU.
7.
Según la sentencia de Mainard, la operación fue comunicada por el propio Banco República a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central por advertirse "situaciones inusuales".
8.
Mainard dijo que el otorgamiento del aval fue "una decisión apurada" tomada por Calloia que "incumplió" con los requisitos mínimos para los clientes y que aún luego de concederse el aval, tuvo que reportarlo como sospechosa.
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La jueza recordó que la otra empresa que pretendía presentarse en el remate de los aviones no calificaba para recibir el aval. Ninguna era cliente del banco. Para Mainard, "el trato diferencial, desigual, vuelve arbitrario el acto (de concesión del aval) y susceptible de generar un perjuicio a la Administración, por el desprestigio que causa la misma; afecta el normal desempeño del cargo".
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Mainard explicó: "El acto que se verifica (el otorgamiento del aval a Cosmo) es arbitrario, antijurídico por haberse verificado mediante abuso de poder".
11.
La jueza compartió el argumento de la defensa de Lorenzo sobre que no hay pruebas de que éste actuase como garante verbal de la operación de otorgamiento del aval: "(...)Lorenzo no cometió el acto por el actual se concedió el aval referido; tampoco pudo ordenarlo, ya que el receptor no estaba sujeto a su jerarquía y no tendría por qué aceptar la orden".
Protagonistas del caso Pluna.
"El gobierno obviamente estaba interesado en la concurrencia de oferentes a la subasta de aeronaves (...). En mi calidad de presidente de la República, di lineamientos generales a los efectos de solucionar el tema".
Llamó al entonces presidente del BROU, Fernando Calloia el día del remate de los aviones de Pluna. Le pidió que hiciera "los máximos esfuerzos a su alcance" para emitir el aval a la empresa Cosmo.
Instruyó al personal subordinado para conceder el aval a Cosmo "sin la información necesaria", sostiene el fallo. Argumentó ante el gerente de la División Empresas del BROU que el tema "era de interés nacional".
"El otorgamiento del aval es arbitrario, antijurídico, por haberse verificado mediante abuso de poder. (...) Hubo un trato diferencial del Banco República (hacia la empresa española Cosmo)".
Consideró que el aval a Cosmo fue otorgado por el BROU por el respaldo del Ministerio de Economía a la operación. Es decir, entendió que el exministro Fernando Lorenzo también incurrió en abuso de funciones.
Fernando Calloia: “Se dio aval por el respaldo de Economía”
El expresidente del Banco República, Fernando Calloia declaró en el juzgado que se le dio el aval a la empresa Cosmo por “el respaldo” a la operación por parte del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y en segundo lugar porque el cliente que tramitó esa garantía a favor de la empresa europea fue el empresario Juan Carlos López Mena. Agregó que López Mena es cliente de “larga data” en el Banco República y de “cumplimiento intachable”. En otras declaraciones fechadas el 21 de diciembre de 2013, Calloia “cambió su versión” según la jueza María Helena Mainard. Calloia expresó que viendo el apoyo del entonces ministro de Economía, Fernando Lorenzo y del gobierno, consultó si había solicitudes para la concesión de avales a empresas para participar en el remate de los aviones de Pluna. “Me confirman que había una sola, que se estaba tramitando por parte de López Mena”, testificó Calloia. Preguntado sobre cuáles eran las condiciones al momento del otorgamiento del aval a la empresa Cosmo, Calloia expresó que se otorgó por “información mínimamente aceptable para el tipo de operación de que se trataba” y agregó que las pautas a seguir para el otorgamiento de ese tipo de garantías “son similares a una operación crediticia habitual”. Cosmo no pagó el aval y López Mena se hizo cargo del mismo. El 19 de marzo de 2013, López Mena solicitó y obtuvo del BROU un préstamo por la suma de US$ 13,6 millones, con un interés del 1,6% anual, pagadero en nueve cuotas. López Mena pagó las cuotas.
Calvo Sánchez, el caballero de la derecha
El 5 de julio de 2012, el Poder Ejecutivo resolvió liquidar Pluna S.A., única aerolínea de bandera nacional con 75 años de historia. Por la ley 18.931, se autorizó al Poder Ejecutivo a constituir un fideicomiso de administración con la finalidad de preservar el valor de los activos de la empresa y las fuentes de trabajo. Se estableció que los aviones se iban a vender a través de una subasta pública. El pliego establecía que los interesados en participar en el llamado debían presentar una garantía de mantenimiento de la oferta. El remate se fijó para el 12 de septiembre de 2012 y fue postergado para tratar de atraer a un mayor número de interesados para el 1 de octubre de 2012. Es así que la Empresa Cosmo S.L. se presentó en el acto de remate de las siete aeronaves CRJ 900 Bombardier, de la ex Pluna S.A. El único oferente y mejor postor fue el denominado por el rematador “caballero de la derecha”, individualizado como Antonio C. Sánchez, que ofertó a través de un aval del BROU.