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ANEP evalúa iniciar "acciones judiciales" contra padres de comunidad menonita por no enviar niños a la escuela

La "grave situación" genera diferencias entre el oficialismo del Codicen; no hay una definición clara, y se maneja activar un "último acercamiento" con los progenitores afincados en Florida.

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Niño estudiando en su casa.
Niño estudiando en su casa.
Foto: Leonardo Maine/Archivo El Pais

La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) analiza iniciar "acciones judiciales" contra padres de una comunidad religiosa menonita instalada en Florida, tras detectar en 2023 que 11 niños de ese colectivo "no asisten a centros educativos públicos ni privados".

Un proyecto de resolución del área jurídica del Codicen señala que se debe dar aviso a la Justicia, pero las autoridades no terminaron de definir el tema. La razón: hay posiciones encontradas, al menos, a nivel del oficialismo del máximo órgano educativo, según supo El País.

El caso se registró más de un año atrás, pero su tratamiento se dilató hasta esta fecha. "A comienzos" del año pasado, las autoridades educativas tomaron conocimiento de una comunidad menonita en Florida, afincada allí desde "hace siete años", en la que viven "inmigrantes de Estados Unidos", entre los cuales están estos 11 niños.

Tras ello, se desplegaron "tres reuniones", una con un maestro articulador, otra con una inspectora de zona y una tercera con un inspector departamental, con los integrantes de ese colectivo menonita donde "se informó" sobre "lo que establece la Constitución y la Ley de Educación sobre los derechos y deberes de los padres".

En esas instancias, además, "se resaltó el valor que le da el Estado uruguayo a través de las políticas educativas a la obligatoriedad de la asistencia de los niños a centros educativos públicos o privados, así como la garantía del cumplimiento del derecho a la educación y al servicio de una educación de calidad", acotó el informe del área de jurídica al que accedió El País.

Pero no solo hubo reuniones. Los referentes le "propusieron" a esta comunidad menonita que manden a los niños a la escuela rural 90, "recientemente cerrada por falta de alumnos", así como también la escuela rural 44, a la que asiste un alumno, y escuelas públicas de Florida para que estos niños asistan. Y además, se "orientó" a las familias sobre cómo comenzar el trámite para la apertura de un centro privado, tal como establece la Ordenanza 14.

Los padres "no aceptaron" las opciones que ofreció Primaria. Sostuvieron que los 11 niños "están siendo enseñados por dos educadores, en forma presencial, para lo cual previamente los niños fueron inscritos en el Colegio Face Primary Army, radicado en Estados Unidos, el cual les envía a los educadores los programas, materiales didácticos y recursos".

El relevamiento remitido al Codicen también señaló que los padres menonitas "expresaron que las personas que cumplan el rol docente de sus hijos deben ser de su comunidad religiosa". Y en ese sentido, puntualizaron, "no están de acuerdo con integrar a sus niños con otros que no pertenecen a la misma".

La división jurídica de Primaria, considerando la "situación de vulnerabilidad del derecho a la educación", elevó las actuaciones para que otro órgano superior "evalúe la judicialización si lo estima pertinente". Posteriormente, la dirección de Primaria, encabezada por Olga de Las Heras, elevó el caso para la consideración del Codicen.

Olga de las Heras, directora general de Primaria.
Olga de las Heras, directora general de Primaria.
Foto: Francisco Flores.

La unidad letrada del máximo órgano educativo planteó que ante la "grave situación" relatada, se sugirió que el abogado de Florida de la ANEP inicie las "acciones judiciales" correspondientes, amparándose en varios artículos de la Ley de Educación, el Código Civil y el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Posturas oficialistas diferentes

La resolución de pasar este asunto a la Justicia estuvo cerca de concretarse una semana atrás, en la última sesión del Codicen, según supo El País. Esto se suspendió no solo por el pedido de análisis que solicitaron algunos consejeros, sino porque existen diferencias en el oficialismo sobre cómo actuar en este caso.

A diferencia de otros episodios, en este caso las visiones encontradas más notorias involucran a la presidenta de ANEP, la colorada Virginia Cáceres, y al consejero Juan Gabito, también abogado e histórico dirigente herrerista. Mientras la sucesora de Robert Silva entiende que es atendible la recomendación de pasar a la Justicia si no se logra la escolarización de estos niños, Gabito no está de acuerdo con el informe de Jurídica, indicaron ambos en diálogo con El País.

Virginia Cáceres Batalla, presidenta de ANEP
Virginia Cáceres Batalla, presidenta de ANEP.
Foto: Francisco Flores

“No tengo ninguna duda de que es una situación que está por fuera de lo que establece la normativa, y si no logramos con mecanismos de diálogo e intervención cambiar la posición y que voluntariamente se inscriban y concurran a un centro educativo, lo que corresponde es que lo judicialicemos”, dijo Cáceres en declaraciones a El País.

En el medio de la tormenta está, también, la Ley de Urgente Consideración (LUC), que modificó el artículo 7 de la Ley de Educación, sobre la obligatoriedad de asistir a un centro educativo. La modificación quitó el párrafo que establecía: “Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje”.

“Es obligatoria la educación inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y la educación media. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, así como los educandos mayores de edad, tienen el deber de contribuir al cumplimiento de esta obligación, conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 70 de la Constitución de la República y las previsiones de la presente ley”, dice el nuevo artículo 7.

Consultada sobre si esta redacción puede incidir en este caso, Cáceres negó esto y subrayó que “la educación en Uruguay es obligatoria y los padres tienen la obligación de inscribir a sus hijos en los centros educativos”. Si esto no fuera así, agregó, no desplegarían “un montón de acciones relacionadas con la obligatoriedad”.

Para la joven abogada riverense y exsecretaria general del Codicen, esta es una “situación compleja”, porque la definición de los padres de no enviarlos a un centro local no se debe a una “cuestión pedagógica”, sino por una “cuestión religiosa”, sobre sus exigencias para los docentes de sus hijos. “Ellos no quieren que sus chicos no vayan a la escuela o no aprendan, sino que no aprendan cosas distintas a los que los menonitas tienen que aprender”, estimó.

Con este escenario, para Cáceres, coliden el derecho de los niños a concurrir al sistema educativo, “con su contracara de la obligación de los padres a llevarlos a un centro educativo”; y el derecho a la libertad de culto, prevista en el artículo 5 de la Constitución de la República.

“Yo no tengo ninguna duda que pesa más el derecho de concurrir a un centro educativo”, en esta definición, agregó Cáceres, considerando que la libertad de culto “la pueden hacer afuera del centro”, que en Uruguay se “garantiza y protege” con rango constitucional.

Conferencia de la DGEIP sobre inicio de clases en Primaria
Juan Gabito, consejero del Codicen de la ANEP.
Foto: Francisco Flores

Por otro lado, Gabito remarcó a El País que está “en contra” del proyecto de resolución antes citado, por una cuestión de forma y contenido. En torno al primer punto, el también abogado cuestionó que “desde el punto de vista del procedimiento, no se puede iniciar algo acciones judiciales sin antes dar vista” a la otra parte, para que pueda presentar sus descargos.

Y en cuanto al fondo del asunto, que aún no se discutió en sesión del Codicen, para el consejero “no puede decirse que los niños estén en situación de abandono, porque están debidamente contenidos y educados por sus padres".

Es decir, para el consejero, los padres están amparados con el derecho a elegir las instituciones y maestros que quieran, y con la libertad de culto, en relación a que invocan tener una formación de ese carácter confesional. “No comparto que se equipare a una situación como si los padres se hubieran desentendido y hubieran privado el derecho de educación a los hijos. Se lo están dando a su modo, en uso de una libertad constitucional”, indicó Gabito.

Consultado sobre el artículo 7 de la Ley de Educación, ahí coincidió con Cáceres, al señalar que la obligación de la educación se mantiene. “Lo que no tienen los padres, porque efectivamente la LUC lo sacó, es la obligación de institucionalizarlo dentro de lo que el Estado prevé”, dijo Gabito, rememorando un debate que transcurrió años atrás.

“Si tenemos mecanismos de acreditación para que personas que nunca estuvieron en el sistema, tanto en Primaria como en Ciclo Básico, puedan acreditar ese tramo, es porque la contracara es que el Estado reconoce que hay gente que adquiere los conocimientos equivalentes a ese nivel sin haber pasado por una institución”, remarcó el consejero.

Es probable que este asunto se considere en la próxima sesión de Codicen, según supo El País. La postura de Cáceres es hacer un “último intento de acercamiento” con las familias involucradas, por parte de la inspección de Primaria y un abogado, para que le den “vista previa” de la posible judicialización e intentar su escolarización.

Consultada sobre si han detectado esta situación en otra colonia menonita, la titular de ANEP indicó que al momento “no les consta” que el mismo caso se replique en otros lugares.

No todos iguales

Los menonitas son una rama del protestantismo que surgió en Europa en el siglo XVI, tras la reforma de Martín Lutero. Por esa época, fueron perseguidos por luteranos y católicos por no querer adoptar la religión que elegía cada príncipe, marcando su autonomía; y porque se consideraban pacifistas, por lo que tampoco participaban de las guerras, entre otras características como no bautizar a los bebés por una definición confesional, explicó a El País Nicolas Iglesias, experto en política y religión.

A partir de ese proceso, comenzó un movimiento de los menonitas fuera del viejo continente. En Uruguay, tras ser perseguidos por los nazis, a fines de octubre de 1948 arribaron al país los primeros menonitas. A lo largo de las décadas siguientes, su influencia en Río Negro y San José fue notoria, formando parte incluso de grandes emprendimientos comerciales a partir de su pujante desarrollo agrícola.

En Uruguay, viven unos 2.000 menonitas, acotó Iglesias, concentrados en las colonias El Ombú, Gartental y Delta, que provienen de la diáspora posguerra. Cabe puntualizar que estos colectivos cuentan con colegios autorizados por ANEP. A nivel nacional, hay 17 instituciones en esa situación, entre las que están los colegios más costosos y de renombre del Uruguay.

Iglesias puntualizó que hay diferencias entre estos menonitas, que suelen conectarse con otros de Alemania, Paraguay y Canadá, con aquellos que provienen de Estados Unidos, como los afincados en Florida. Estos últimos son “tradicionalistas”, en el sentido que buscan “mantener y preservar” la religión, la cultura y el idioma, con “poco interés” de vinculación con la sociedad en un sentido más general, acotó el experto.

Esta característica los diferencia con el colectivo menonita que llegó tras la Segunda Guerra Mundial, que “incorporaron” la tecnología y “participan” de la sociedad activamente, en el ámbito educativo, religioso, social y económico, acotó.

La rama menonista más tradicional suele afincarse en EE.UU., puntualizó Iglesias, porque allí cuentan con leyes que amparan lo que se denomina HomeSchool, o educación en casa, separada de la educación general. Sobre todo esto se da en el Estado de Pensilvania, donde están afincados no solo los menonitas, sino los amish, entre otros anabaptistas.

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