VALERIA GIL
En el Frente Amplio plantean acotar el proyecto que habilita la internación compulsiva de adictos solo a los consumidores de pasta base. Afirman que es la droga que tiene directa relación con el delito.
El proyecto de internación compulsiva a adictos es cuestionado en la interna del Frente Amplio, donde no tiene los votos para ser aprobado. El senador Luis Gallo (Asamblea Uruguay) señaló a El País que es partidario de "acotar el proyecto del Ejecutivo para los adictos a la pasta base".
Según establece la norma enviada por el presidente José Mujica al Parlamento: "el que fuere encontrado en la vía pública en circunstancias que hagan presumir que se halla consumiendo estupefacientes o que acaba de hacerlo, siempre que tal circunstancia resulte un peligro para sí o para terceros, podrá ser conducido de forma inmediata al centro asistencial que el Ejecutivo disponga".
La redacción es general y abarca una larga lista de sustancias estupefacientes clasificadas en la Convención de Viena de 1971 que engloba desde las anfetaminas o la morfina hasta la marihuana y cocaína, entre otras.
Dada la amplitud del concepto de estupefacientes, Gallo señaló que "habría que analizar el proyecto haciéndolo específico para la pasta base", por ser la droga que está "más relacionada con el delito".
El diputado y secretario general del Partido Socialista, Yerú Pardiñas, coincidió en la necesidad de limitar las drogas que entran en la categoría de estupefacientes, aunque no se cierra solo a la pasta base.
"Vemos que la normativa que aprobemos tiene que dar claridad y transparencia al juez para proteger la vida de individuos que por sí mismos no son capaces de hacerlo. Tiene que tener una absoluta claridad para poder aplicarlo", insistió Pardiñas.
El legislador sostuvo que el término "estupefaciente" es "muy amplio", por lo que entiende que "hay que definirlo de forma más precisa". Sin embargo, agregó "que el Partido Socialista no está tan cerrado con que sea solo para pasta base, sino que está evaluando precisar la norma".
Pardiñas explicó que "lo que hay que evaluar es el estado de salud de la persona y que no esté en riesgo la propia vida del individuo". En ese sentido, precisó que "es más probable que el alcoholismo extremo ponga en riesgo la vida a que lo hagan otras drogas como puede ser la marihuana".
Un informe jurídico del Senado advierte a legisladores que el artículo cuarto del proyecto de ley para la internación compulsiva de personas adictas "puede ser atacado por inconstitucionalidad".
Para Jurídica del Senado, la libertad ambulatoria "solo puede limitarse ante flagrante delito. Esto no admite excepciones y constituye una garantía básica de protección", advierte el informe distribuido a legisladores oficialistas y de la oposición.
Además, se explica que el consumo de drogas "ni siquiera es delito", por tanto "no podría activarse la detención basada en que sea in fraganti delito o habiendo semiplena prueba".
El diputado Aníbal Pereyra (MPP) dijo a El País que se atenderán las recomendaciones que haga Jurídica del Senado para salvar de inconstitucionalidades al proyecto de ley remitido por el Ejecutivo. "Se harán los cambios que se consideren necesarios y que no alteren la esencia del proyecto", explicó.
Sostuvo además que se puede agregar el término de "extrema drogadicción" para enmarcar de una manera más precisa las circunstancias por las que un magistrado puede ordenar la internación de un adicto.
Pereyra también añadió que en lugar de manejar el término de internación compulsiva se puede hacer referencia a la "internación en contra de la voluntad", concepto que según indicó se usa en la legislación de otros países como Argentina.
Los cambios a la internación compulsiva se estudiarán en el marco de la comisión del Frente Amplio del Senado, ya que el proyecto se encuentra a consideración de la Comisión de Salud de esa cámara.
Tráfico de pasta
El Frente Amplio plantea flexibilizar la pena mínima para traficantes de pasta base, informó ayer El País. La idea es eliminar la mínima de tres años que propuso el Ejecutivo en el proyecto original y en su lugar establecer un agravante equivalente a un tercio de la pena dictada por el juez.