Prohíben venta de alimentos con octógonos en centros educativos entre críticas y aplausos

ANEP no comenzó a trabajar en la implementación ya que están a la espera de la comunicación oficial del MSP

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Alimentos, octágonos
Cambio en parámetros para establecer el etiquetado en los alimentos generó polémica.
Fernando Ponzetto.

A partir de 2024 no se podrán comercializar alimentos y bebidas con octógonos en las escuelas y liceos del país. Pero la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) aún no comenzó a planificar la implementación de la medida porque no recibió ninguna comunicación oficial del Ministerio de Salud Pública (MSP). La modificación tiene resistencia por parte del lado empresarial y es aplaudida por impulsores de cambios en la normativa.

¿Cuál es la situación hoy? En el listado de alimentos nutritivamente adecuados que realiza el MSP no están los productos que tienen octógonos de exceso de azúcares, grasas, grasas saturadas o sodio. Por lo tanto, estos artículos hoy no se pueden publicitar pero sí vender en los establecimientos educativos.

¿Y qué cambiará? Desde 2024 habrán nuevas reglas del juego: los quioscos y cantinas de los liceos y escuelas ya no podrán ofrecer más los artículos que no están en esta lista que realiza el MSP. Entonces, los alimentos con octógonos no se podrán comercializar, a menos que se incluyan en el listado. (ver aparte)

La ANEP aún no tomó cartas en el asunto porque están a la espera de una notificación oficial del MSP. No obstante, aplicarán lo que “mandate la ley” cuando llegue el momento, dijo a El País la directora de Derechos Humanos del organismo, Gloria Canclini.

“Mientras tanto, seguimos trabajando con actores como los cantineros y quiosqueros, que son con los que tienen que implementar” las medidas que se toman, añadió.

Salón de escuela. Foto: Fernando Ponzetto.
Salon de clases, aula, pupitres y tunicas - Escuela 60 Grupo Escolar Figueira, ubicada en Soferino 4069, centros de enseñanza publica en Montevideo, ND 20161110, foto Fernando Ponzetto
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

Posiciones.

Diego Rodríguez, de la Alianza de enfermedades no transmisibles, contó a El País que apoyan la nueva medida porque es difícil cambiar la conducta en los niños y adolescentes cuando el entorno no favorece y “tiene productos ultraprocesados”.

No obstante, no están de acuerdo con que se aplique “recién en 2024”, comentó. Y añadió: “Entendemos que ya no se puede implementar porque está terminando el año lectivo y ya hay compras hechas; pero sí creíamos posible que comience a regir a partir de marzo de 2023”.

Rodríguez cree que se va a poder implementar, pero que “no va a ser fácil” porque “va a suceder como con el etiquetado de alimentos: va a llegar 2024, no se va a fiscalizar y vamos a tener que pedir desde la sociedad civil” que se controle.

Por su parte, la Cámara Industrial de Alimentos (CIALI) no está de acuerdo con la prohibición. Previo a que se aprobara el proyecto de la Rendición de Cuentas, plantearon en las comisiones de ambas cámaras sus reparos.

Uno de los argumentos que plantea la CIALI es que son “productos de libre venta, debidamente registrados y rotulados acorde a las reglamentaciones vigentes. Si bien es factible prohibir la venta de ciertos productos, dicha restricción siempre ha estado asociada con productos que se ha demostrado son nocivos para la salud”.

Al mismo tiempo, criticó que se “habilita a vender productos ‘caseros’ sin rótulos, lo que dificulta el control por parte de la autoridad sanitaria, de la composición nutricional de esos alimentos y su cumplimiento con la definición de alimento recomendado, pudiendo derivar en mayor consumo de azúcar e ingesta calórica por consumo de productos no procesados”.

En tercer lugar, entienden que el “camino debería ser educar e informar desde la infancia, pero no prohibir, lo cual ya lleva implícito la enseñanza de aprender a elegir mediante la información”.

Una puerta para hacer cambios

La Ley N° 19.140 -conocida como de “alimentación saludable”- señala “por un lado, que el Ministerio de Salud Pública (MSP) debe elaborar un listado de alimentos nutritivamente adecuados, y por otro lado, que se encuentra prohibida la publicidad en centros educativos” de los productos que no estén allí, explicó a El País el abogado Mathías Rojas, de Ferrere.

Entonces, como los productos con octógonos -al igual que otros- no están en esa lista, no se podrán comercializar en escuelas y liceos a partir de 2024.

El abogado Rojas explicó que la cartera elabora la lista “siguiendo las pautas del Decreto 60/014 que dispone que se debe tomar como base ‘la mejor evidencia científica disponible y a las recomendaciones nutricionales para la población uruguaya’”.

En ese sentido, indicó que “no se trata de un listado estático o invariable sino que en esencia puede ser ajustado y actualizado. En efecto, este es un proceso continuo que debería tener en cuenta la efectividad de la medida, es decir, si cumple con el fin con el que ha sido planteado. Lo que conlleva, además, a estar atento la nueva evidencia científica que pueda surgir”.

“Más de un año” para adaptación

Rodríguez, de la Alianza de enfermedades no transmisibles, dijo a El País que “lo complicado va a ser que efectivamente se cumpla y se fiscalice” la medida.

Por otra parte, recordó que “les están dando más de un año (a los comerciantes) para que lo implementen y se adapten”. Y marcó que para ese entonces ya se les debería haber terminado el stock.

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