La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ratificó la condena a un policía que a comienzos de 2020 mató a un hombre que lo intentó rapiñar con un arma de juguete. El funcionario policial estuvo con medidas limitativas durante todo el proceso judicial, y ahora que el caso llegó a su fin deberá cumplir su pena en prisión. Cuatro de los ministros de la Corte consideraron que existió un "exceso" en su defensa, mientras que uno votó para absolverlo.
En la madrugada del 5 de febrero de 2020, el ahora condenado estaba caminando por la calle Carlos María Ramírez, en el barrio Cerro, cuando notó que estaba siendo perseguido por un hombre "evidentemente con un propósito delictivo", según la sentencia a la que pudo acceder El País. Esta situación se dio durante seis cuadras, llegando incluso a cruzar de vereda para evitar ser alcanzado.
El perseguidor se movía en bicicleta, y en determinado momento decidió cruzar por el medio de la calle. A unos nueve metros de distancia, extendió su brazo apuntando hacia el policía, que estaba vestido de civil, y le dijo "dame las cosas o te quemo".
Los informes posteriores probaron que en realidad se trataba de un revólver de juguete, aunque los propios ministros de la Corte admitieron que por "la hora, la escasa iluminación de la zona y la rapidez del movimiento", pudo haber sido percibido como real por parte del agente.
Desde la amenaza del rapiñero hasta el fatal desenlace pasaron nueve segundos. Inmediatamente de haber sido abordado, el policía se identificó como tal, tomó su arma de reglamento y disparó a la vez que se acercaba al otro hombre, terminando a menos de un metro según las pericias.
Fueron ocho detonaciones. Seis impactaron en el cuerpo del ahora fallecido. Según fue comprobado durante el juicio, el funcionario efectuó dos disparos iniciales con la técnica double tap —doble disparo—, lo que significó cuatro balas. Luego, el rapiñero intentó incorporarse y recibió otro disparo. Desde el piso realizó un ademán "peligroso", lo que motivó una nueva detonación.
Si bien hasta ese momento los ministros de la Corte entendieron que el policía se estaba defendiendo, ya que "si no actuaba rápidamente su vida corría grave riesgo", el accionar posterior fue lo que provocó la condena, ya que fue considerado un "exceso". Es que ya con su atacante en el piso y sin moverse, le disparó un nuevo double tap. Luego de asegurarse que se había terminado el peligro, el funcionario prestó asistencia al baleado y llamó a la emergencia.
Argumentos de la defensa
La defensa del policía, encabezada por el abogado Joaquín Abal, hizo especial hincapié en los pocos segundos que transcurrieron desde que el policía fue amenazado hasta que efectuó los disparos. "No se puede dividir el hecho en partes", argumentó con respecto a la postura tanto del juez Marcelo Malvar como del Tribunal de Apelaciones.
"Nueve segundos para decidir, en una noche oscura, a las tres de la mañana, en un barrio de alta actividad delictiva y con un sujeto que le apuntaba con un arma de fuego al grito de dame las cosas o te quemo”, expresó.
También hizo énfasis en que desde el 1º de enero al el 5 de febrero de ese año —día del episodio— habían ocurrido 78 delitos contra policías. Por último, pidió que se tenga en consideración la falta de antecedentes, y su trayectoria como policía desde 2014.
Por estos motivos, entendiendo que la prueba había sido mal valorada, fue presentado el recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, con el objetivo de conseguir la absolución.
Condena, discordia y prisión
Luego de que la Fiscalía de Homicidios de 3er Turno, a cargo de Adriana Edelman, solicitara siete años de prisión para el funcionario y su defensa pidiera la absolución, el juez Marcelo Malvar lo condenó en primera instancia, en febrero de 2023, a dos años y ocho meses de penitenciaría.
La decisión fue apelada y en segunda instancia, esta vez en setiembre de ese mismo año, la pena fue aumentada por el Tribunal de Apelaciones a tres años y dos meses.
A raíz de esto fue presentado el recurso de casación por parte de la defensa, entendiendo que la prueba había sido mal valorada.
Si bien la SCJ desestimó el recurso, no fue por unanimidad. Las ministras Elena Martínez, Doris Morales y Bernadette Minvielle ratificaron la condena, coincidindo con la calificación jurídica y la pena otorgada por parte del Tribunal.
"No es un ciudadano cualquiera", escribieron en la sentencia haciendo referencia a que el condenado es "profesional en el manejo de armas". "Debe exigírsele una calma mayor en el momento de actuar ante estas situaciones", aseguraron.
Además, sostuvieron que "se verificó un uso irracional de la defensa del imputado para repeler la agresión de quien lo había perseguido".
El ministro Tabaré Sosa, votó discorde en parte, ya que si bien estuvo de acuerdo con que el accionar del policía "no se puede fraccionar", entendió que existió un "exceso" en su conducta. Por este motivo, a su entender debió imputarse un delito de homicidio culposo —y no a dolo eventual como ocurrió—, con una pena de dos años de prisión.
Por último, John Pérez, tuvo un voto discorde. En su caso aseguró que se debió absolver al hombre, reforzando que fue incorrecto dividir el hecho en partes, y que existió una legítima defensa completa.
Durante todo el proceso judicial el policía estuvo sujeto a medidas limitativas de fijación de domicilio, prohibición de salir del país y retención de documentos de viaje, a la espera de que su sentencia quede definitiva. Emitido el fallo de la SCJ será enviado a prisión para cumplir su pena.
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