La jueza Marcela Vargas negó el pedido de la defensa del profesor Sebastián Mauvezín de otorgarle la libertad, o en su defecto un arresto domiciliario. Mauvezín está preso preventivamente mientras se lo investiga por, presuntamente, haber asistido al exsenador Gustavo Penadés para que explotara sexualmente a menores de edad.
Una de sus abogadas, Daiana Abracinskas, dijo en rueda de prensa, que con su colega Rosana Gavazzo, estaban "convencidas" de que si estuviera imputado por este delito en otro caso que no fuera el "caso Penadés" él estaría "caminando por la calle con prohibición de salir del país".
Sin embargo, la representante de las víctimas, Soledad Suárez (del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República) apuntó que Mauvezín "tiene un poder mucho menor que el otro imputado, pero sí que le es funcional, incluso en un lugar de lealtad, que surge de las mismas declaraciones en el sentido de, bueno, afecto, de ayudas que recibió, etc". Aunque no hay prueba que indique que "la trama la llevó adelante Mauvezín", "sí hay algunos aspectos que surgen de evidencias que coinciden en tiempo y en personas que se estaban investigando la trama".
La decisión judicial de extender el tiempo en prisión tanto de Mauvezín como de Penadés, tiene poco menos de un mes. En esa audiencia —que la llevó adelante otra jueza, María Noel Odriozola— el caso del profesor generó polémica porque su vinculación a la trama no está tan clara como en el caso de Penadés.
En esa oportunidad, uno de los elementos que planteó la fiscal Alicia Ghione era que faltaba analizar algunos contenidos de celulares. Fue a partir de eso que Abracinskas sostuvo que pediría una nueva audiencia en un mes para que se compartiera cuál era el avance de ese análisis y ver si había posibilidad de excarcelar a Mauvezín.
Hasta que no haya sentencia firme, las personas tienen derecho a esperar su juicio en libertad, salvo que haya riesgos graves para el proceso y eso implique la necesidad de que se disponga una medida como la prisión preventiva.
Abracinskas solicitó la audiencia y pidió que, ante la ausencia del vínculo de Mauvezín a la trama para salvar a Penadés —cuestión a partir de la cual, asume, no hay riesgos para el proceso si su cliente está libre— se lo excarcele. Ante la negativa de la jueza, la abogada criticó el nuevo Código del Proceso Penal y lamentó que no se la haya dejado reproducir audios y pruebas que, a su juicio, beneficiarían a su cliente.
Suárez, por su parte, criticó la posición de la defensa de Mauvezín. Explicó que, según entiende ella, al solicitar ellas la audiencia, eran quienes tenían la carga de probar que los riesgos para el proceso ya no existían y no lo lograron. "Lo que pasó en la audiencia es que la estrategia procesal falló", resumió.
Audiencia a puertas cerradas
A diferencia de la última instancia judicial, que fue transmitida por streaming, esta vez la audiencia judicial ocurrió a puertas cerradas. Los temas a tratar en ambas instancias fueron los mismos (posibilidad de sustituir las medidas cautelares. El Código del Proceso Penal y circulares de la Suprema Corte de Justicia garantizan la publicidad de las audiencias, salvo escasas excepciones que están específicamente reguladas.
Según informó Abracinskas, la decisión fue tomada por la jueza Vargas y no fue sometida a consideración de las partes. Relató que una funcionaria que trabaja con la jueza les manifestó que había sido la propia magistrada quien lo definió.
"Creo que a todos nos encantaría que la prensa ingresara a las audiencias. Me parece que es la garantía de transparencia y que cada uno desde su casa saque sus propias conclusiones cuando hay animosidades, cuando no las hay y de parte de quienes", expresó.
La circular 292/2017 de la Suprema Corte de Justicia establece que en los casos que se disponga la reserva de las audiencias "el decisor comunicará de forma expresa la resolución que disponga reserva, así como sus razones y fundamentos, para que los representantes de los medios de comunicación social tomen completo conocimiento de ello". En este caso no ocurrió.