Amodio Pérez gana juicio por prisión indebida en 2015 y cobrará $ 1.219.000

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Héctor Amodio Pérez habla por teléfono. Foto: Fernando Ponzetto

TRIBUNAL DE APELACIONES

Esta suma equivale a $ 4.000 por cada día de los 24 de detención en Cárcel Central y $ 3.000 por cada una de las 338 jornadas de prisión domiciliaria.

El Tribunal de Apelaciones Civil de 5° Turno falló a favor de la demanda realizada por el extupamaro Héctor Amodio Pérez por la prisión indebida sufrida en 2015.

Los abogados Andrés Ojeda y Fernando Posada presentaron un reclamo contra el Poder Judicial en 2018. Al año siguiente, el juez de lo Contencioso Administrativo Gabriel Ohanian amparó parcialmente la demanda de Amodio y condenó al Poder Judicial al pago de $ 2.196.000 por concepto de prisión indebida y la cantidad de US$ 25.000 por honorarios profesionales.

La Suprema Corte de Justicia apeló el fallo de Ohanian argumentando que la prisión domiciliaria no es una especie de prisión preventiva y que, por ende, no es ajustado a Derecho condenar al Estado a resarcirla. Es decir, entendió la Corte, solo se debe indemnizar a Amodio por los 24 días de encarcelamiento en Cárcel Central y no por los 360 días que estuvo bajo el régimen de prisión domiciliaria.

Y rechaza que el procesamiento de Amodio en 2015 le hubiera causado un perjuicio.

El Poder Judicial sostuvo que el daño moral establecido por Ohanian “excede” los parámetros jurisprudenciales y resulta “desproporcionado” considerando las características del caso.

Ahora la sentencia del Tribunal, firmada por los ministros Luis María Simón, Analía García Obregón y Loreley B. Pera, decidió revocar parcialmente la decisión del juez Ohanian abatiendo en forma considerable el daño moral y desestimando el pago de honorarios profesionales.

El Tribunal de Apelaciones le dio la razón a Ohanian sobre que la responsabilidad por prisión indebida abarca también el encarcelamiento de una persona en su casa.

Y explica que el instituto de la prisión domiciliaria parte de la base de que determinadas circunstancias personales reclaman la necesidad de que la reclusión preventiva se cumpla en la casa. Y agrega que ello “no significa” que su naturaleza sea diferente a la prisión en una cárcel, ya que la nota está dada por la privación de la libertad ambulatoria del procesado mientras se desarrolla el juicio.

El tribunal tuvo en cuenta la edad de Amodio, su domicilio en el extranjero durante años, el procesamiento que sufrió y los resultados de una pericia psicológica para establecer una indemnización de $ 1.219.000.

Esta suma equivale a $ 4.000 por cada día de los 24 de detención en Cárcel Central y $ 3.000 por cada una de las 338 jornadas de prisión domiciliaria.

El Poder Judicial presentó una casación.

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