Este lunes el exsenador Charles Carrera se fue con las manos vacías luego de su presentación ante la jueza de Crimen Organizado, Diovanet Olivera. El referente frenteamplista había pedido que, luego de dos años y medio de investigación y sin haber habido una imputación formal, la jueza archivara el caso en la que se lo investiga por proporcionar atención irregular en el Hospital Policial. Pero en caso de no aceptar ese pedido, solicitó que se le impusiera a la Fiscalía un plazo para definir qué ocurriría con su caso, lo que tampoco pasó. Pero ninguna de las dos cosas le fueron concedidas.
La Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos que encabeza Silvia Porteiro había pedido a la Cámara de Senadores el desafuero de Carrera el 25 de setiembre de este año. Lo pidió “a fin de proceder a solicitar” la imputación del ahora exsenador, lo que por ahora no ocurrió.
Según supo El País, Porteiro manifestó que aún le faltan tomar declaraciones y cotejar lo dicho con evidencias documentales para luego definir si pide la imputación de Carrera o no.
Pese a las solicitudes del exlegislador, la jueza Olivera se limitó a exhortar a la Fiscalía que culmine la investigación en “un plazo razonable”, sin dar fechas concretas. Cuando la investigación no está formalizada —como es este caso— la Fiscalía puede investigar hasta que el delito prescriba, que en este caso es el año 2026.
Más allá de que el dictado de sobreseimiento sin juicio mediante era improbable —aunque posible—, Carrera apostaba a que la Justicia le exigiera a la fiscal que finalmente formalice la investigación; es decir, que lo impute. Porque a partir de allí comienza a correr un plazo de un año, con opción de prórroga a otro, para que la fiscalía resuelva si lleva el caso a juicio o dicta el sobreseimiento.
“Nosotros lo que queremos es tener certidumbre”, dijo Carrera a la salida de la audiencia.
Por qué pidió que se archive el caso
A Carrera se lo investiga por el delito de abuso innominado de funciones, puesto que, según la Fiscalía, cuando ocupaba el cargo del número tres del Ministerio del Interior otorgó beneficios irregulares a Víctor Hernández, que quedó parapléjico en un incidente no aclarado en La Paloma en el año 2013.
Carrera dispuso que se lo atendiera en el Hospital Policial, donde permaneció internado tres años, y en una oportunidad —al comienzo del caso— le otorgó a su familia tickets alimentación por $ 20 mil. En total, el gasto realizado por Interior fue de US$ 260.000. Lo que hizo Carrera es ilegal, sostuvo Fiscalía, porque solo pueden asistirse en el Hospital Policial los policías en actividad, retirados o pensionistas, aquellos que tengan un vínculo “funcional o previsional” con ellos o sean hijos, cónyuges, concubinos o padres a cargo del policía titular. Es decir, “no existe ninguna norma legal o reglamentaria que habilite a incluir como usuario a quien no encuadra en esos requisitos”.
La defensa de Carrera insistió en que eso “no constituye delito” y así lo ha dicho, por ejemplo, el grado 5 de la Facultad de Derecho, Gonzalo Fernández, en un informe hecho a pedido de parte.
Una situación parecida ocurrió en el caso del exdirector de la Guardia Republicana, Rovert Yroa, quien había sido acusado por la Fiscalía, que pretendía llevar su caso a juicio por tráfico ilícito de armas. La defensa de Yroa pidió el sobreseimiento y, aunque la jueza de primera instancia lo negó, el Tribunal de Apelaciones —tras la apelación del imputado— lo aceptó por entender que, al momento de los hechos, lo que acusaban a Yroa de hacer, no era un delito. Por eso se desestimó su caso sin haber llegado a un juicio y pese a las intenciones de la Fiscalía.
Si la jueza compartiera el criterio del Tribunal y, además creyera que en el caso Carrera no hubo delito, podría haber tomado una resolución similar. Pero en este caso, Olivera consideró que era una cuestión a analizarse en juicio.
Reserva
Aunque la regla del nuevo Código del Proceso Penal (CPP) es la publicidad, por acuerdo de la fiscal Porteiro con el defensor de Carrera, Juan Manuel González Rossi, y el aval de la jueza Olivera, la audiencia fue declarada reservada. La magistrada fundó la reserva en la causal que la permite "cuando por las circunstancias especiales del caso, la publicidad de la audiencia pudiere perjudicar a los intereses de la justicia o comprometer un secreto protegido por la ley".