El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4to Turno dispuso que el profesor Sebastián Mauvezín, imputado por contribución a la explotación sexual de menores, continúe preso al menos hasta el 6 de febrero de 2025, tal y como estaba previsto. De esta forma, confirmó la decisión de primera instancia que había tomado la jueza Marcela Vargas, según surge en la sentencia a la que accedió El País.
La disposición judicial de que Mauvezín se mantenga en prisión se produce 42 días después de que una jueza –que fue suplente en el caso, María Noel Odriozola– hubiera determinado que tenía que estar preso hasta el mes de febrero. Pese a esa disposición, las abogadas de Mauvezín, Rosana Gavazzo y Daiana Abracinskas, pidieron que sea excarcelado y se le imponga una medida menos grave.
El Tribunal consideró que la estrategia de las abogadas fue "por lo menos llamativa", puesto que consideraron poco probable que en 42 días los motivos que fundamentaron la decisión de mantenerlo preso hubieran desaparecido.
El argumento de Abracinskas y Gavazzo se basaba en que, en la audiencia anterior, la fiscal Alicia Ghione había fundado su pedido de extensión de prisión preventiva en que aún quedaba por explorar su eventual vínculo con la trama y que faltaba analizar su celular. Al pedir esta nueva etapa, las abogadas reclamaron que la Fiscalía ya debería tener esa respuesta y ya debería haber analizado en profundidad el celular. A su vez, le dieron contexto a una escucha en la que Mauvezín habla de un "niño", lo que a su juicio es claramente irónico. La fiscal insistió en que se referían a un adolescente.
Para el tribunal, "la defensa no acreditó por la vía de la oralidad argumentativa, menos aún a través de la producción de prueba" que hayan desaparecido los motivos que existían para encarcelar preventivamente a su cliente. Estos se separan en lo que es la semiplena prueba de que el hecho existió y, luego, que existan riesgos para el proceso si el imputado se encuentra fuera de la cárcel.
En este caso, expusieron los jueces, sigue vigente el "peligro de entorpecimiento de la investigación y el riesgo para la seguridad de las víctimas" en el marco del caso Penadés, por el que fue imputado con prisión preventiva el exsenador por 22 delitos sexuales. Además, consideraron que los reparos que tiene la defensa respecto de la prueba de la Fiscalía son cuestiones a dirimirse en el juicio oral y no en esta etapa.
"Asimismo, mantienen plena vigencia los riesgos procesales enunciados. Conocía a las víctimas, las captaba y posteriormente aseguraba que tuvieran acceso a Penadés Etchebarne. Por otra parte, en el teléfono del imputado estaba el flujograma que tenía el coimputado en el suyo", indicaron los ministros y agregaron: "Sebastián Nicolás Mauvezín Recoba es el hombre de atrás que le facilitaba el acceso a las víctimas, sin
perjuicio de lo que resulte en el juicio oral".
Otra de las cuestiones que apuntan es que tres de las cuatro víctimas que involucran a Mauvezín fueron amenazadas. Eso "no parece responder a una situación fortuita o casual sino a un propósito deliberado de amedrentarlas para torcer sus manifestaciones", sostuvieron.
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