El Ministerio del Interior y la Administración Nacional de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) quedaron enfrentados en un Juzgado de Maldonado donde se define un caso de habeas corpus por la atención psiquiátrica y otras patologías de 23 reclusas de la Unidad N° 13 de ese departamento.
El habeas corpus, que fue presentado por el comisionado parlamentario, Juan Miguel Petit, se resolverá en las próximas horas por la Justicia de Ejecución y Vigilancia de Maldonado de 2° Turno.
El reclamo solicita a la Justicia que se condene al Ministerio del Interior y a Sanidad Policial a instalar, en un plazo de 30 días, un servicio de atención psicológica, tanto individual como grupal, para la atención de mujeres privadas de libertad en la cárcel fernandina.
En el expediente, al que accedió El País, el abogado del Ministerio del Interior y de Sanidad Policial (DNSP), Jorge Otero Nande, advirtió que, de la normativa vigente, se concluye que ASSE se encuentra “en clara omisión” del mandato legal de asumir las competencias de atención sanitaria en la totalidad de los establecimientos carcelarios “desconociéndose” el carácter de subsidiaria de las obligaciones de la DNSP.
Y advirtió que, en la situación actual, Sanidad Policial no percibe partida económica para afrontar la atención sanitaria de los privados de libertad debiendo realizarla “con recursos aportados por funcionarios policiales” en actividad y retiro.
“(Esos) aportes terminan beneficiando a una población que legalmente no es usuaria de los servicios asistenciales de la Dirección Nacional de Salud Policial y que son por completo ajenos a una relación con el Ministerio del Interior”, advirtió Otero Nande.
Luego informó en el Juzgado que las erogaciones para atender la salud de los presos se encuentran en el entorno de los $ 100 millones al año.
El asesor ministerial insistió en que la prestación de salud por parte de Sanidad Policial se limita a atenciones básicas que pueda realizarse en el ámbito de un establecimiento carcelario. “En ningún caso, (Sanidad Policial) otorga prestaciones relacionadas a especializaciones específicas, internaciones, intervenciones quirúrgicas o el suministro de medicación de alto costo”, señaló Otero Nande. Y agregó que estas atenciones urgentes deben ser cubiertas por el prestador de salud que corresponda a la persona privada de libertad.
“En general es ASSE aunque pude haber excepciones”, advirtió el asesor del Ministerio del Interior.
Finalmente, Otero Nande solicitó al juez actuante que cite a la Administración de los Servicios de Salud del Estado tanto por “su omisión” en asumir la competencia que le fue asignada por ley, como por ser el prestador de salud de las personas privadas de libertad.
El abogado de ASSE, Marcelo Javier Fernández, replicó afirmando que la institución sanitaria interviene cada vez que es requerida o llamada por las autoridades de un centro carcelario. Ello significa, agregó, que el sistema de atención existe y se encuentra implementado.
El representante legal de ASSE sostuvo, en su escrito, que el Ministerio del Interior “trata de desplazar su responsabilidad” basándose en normas presupuestales, pero “ni explicó ni demostró” que 23 reclusas demandantes requirieron el servicio de salud pública.
En síntesis, agregó el asesor de ASSE, la atención médica “se encuentra en funcionamiento” cada vez que se la requiera. “ASSE atiende en el Centro de Salud a los internos que son derivados de la Unidad N° 13 (Maldonado). Pero no es cierto que se carezca de la atención y asistencia”, expresó Fernández.
Un viejo problema
Con respecto al habeas corpus presentado por el comisionado parlamentario, el abogado del Ministerio del Interior consideró que no había elementos suficientes como para que se configurara una medida de ese tipo, ya que no se dieron las hipótesis planteadas por la normativa como que se hubiera aplicado torturas o tratamientos crueles en la Unidad N° 13.
Añadió que en los hechos relatados por el comisionado parlamentario en el legajo judicial “no surge de forma alguna” que se trate de casos que se puedan estimar gravísimos ni existen tratos crueles ni nada que se le parezca.
Además, sostuvo que la atención psiquiátrica de las reclusas solicitadas por Petit “no se brindó ni se brinda en el ámbito de los establecimientos carcelarios”, sin que ello haya determinado un detrimento de las condiciones de reclusión y no puede considerarse una situación gravísima o que afecte derechos fundamentales de reclusos.
El abogado del Ministerio del Interior señaló, en tanto, que ASSE “no brinda” servicios psiquiátricos en ninguno de los centros carcelarios a su cargo.
Por otra parte, sostuvo, parece poco realista que “una situación (la atención psiquiátrica) que se ha prolongado por décadas” en el sistema carcelario puede solucionarse en un plazo de 30 días y desconociendo la situación presupuestal de Sanidad Policial.
Y agregó que Sanidad Policial carece de psicólogos en Maldonado para afrontar la solicitud del comisionado, lo cual obligará a contratar nuevo personal, lo que implicaría “erogaciones presupuestales no previstas y para las cuales carece de fondos.
Finalmente, el representante del Ministerio del Interior sostuvo que una disposición judicial a favor del habeas corpus “impactaría” sobre los recursos presupuestales de una dependencia estatal porque las solicitudes de este tipo podrían multiplicarse a todas las cárceles de hombres y mujeres.
Por su parte, el asesor legal de ASSE se desmarcó del reclamo de las reclusas e insistió que el tema corresponde a Sanidad Policial.
Es evidente, sostuvo, que “carece de objeto” la citación y demanda contra la Administración de los Servicios de Salud del Estado por lo que dicha acción debería ser desestimada o establecer que la atención de las reclusas es responsabilidad exclusiva del Ministerio del Interior.
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