El BROU le depositó US$ 500.000 por error, se negó a devolverlos y fue condenada por apropiación indebida

Recibió una sanción penal y civil y deberá pagar $ 18.503.000 más intereses, cuya suma la hará devolver una cifra superior a la que se apropió durante tres años.

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Sucursal 19 de Junio del Banco Republica
Depósitos. Abogados del BROU obtuvieron fallos favorables contra una comerciante en sedes penal y civil.
Foto: Leonardo Mainé/Archivo El País.

Por un error informático, el Banco República (BROU) depositó cerca de US$ 500.000 en la cuenta de una mujer entre los años 2016 y 2019. El monto, en realidad, debía ser pagado a otra persona, un empresario. Como ella, una comerciante, se negó a devolver el dinero, abogados de la entidad financiera presentaron una denuncia penal por apropiación indebida y una demanda en el Juzgado Civil de 3er Turno de Atlántida reclamando el pago indebido, y subsidiariamente, de enriquecimiento sin causa.

En febrero de 2023, la comerciante acordó con la Fiscalía ir a un juicio abreviado, se declaró culpable de haber incurrido en un delito de apropiación indebida y fue condenada a pagar una multa de unos $ 200.000, como informó en su momento El País.

Posteriormente, los abogados del banco presentaron en el Juzgado Civil como hecho nuevo la condena que la comerciante sufrió en la esfera penal.

El 5 de mayo de este año, el juez civil de Atlántida, Federico Soler Casella, falló a favor del Banco República y condenó a la mujer a pagar $ 18.503.000 (unos US$ 480.000) más intereses, reajustes y los costos y costas del juicio. Es decir, la comerciante fue intimada a devolver al BROU una cifra superior a la que se apropió durante tres años. Esto se desprende de la sentencia del fallo, a la que accedió El País.

Según el documento, la comerciante actuó con “mala fe” y “percepción indebida” durante el juicio, lo cual fue advertido al magistrado por los abogados del Banco República.

Asesorada por sus profesionales, la comerciante inició contra la entidad financiera estatal un juicio de jactancia -una parte se envanece de tener derechos sobre una persona- y de habeas data -todo individuo tendrá derecho a entablar una acción judicial para tomar conocimiento de los datos que se refieren a él.

El juez Soler dijo, en la sentencia, que ambos litigios carecían de “asidero” y fueron impulsados con “malicia temeraria”.

El cofre fort

Un tramo del expediente judicial señala que la abogada Lilián Fleitas, en representación del BROU, solicitó a la Justicia de Atlántida el embargo de bienes y del contenido de un cofre fort de la comerciante que podría contener objetos de valor.

El banco explicó a la Justicia que entre 2016 y 2019 la mujer, propietaria de un supermercado, había recibido varios y cuantiosos depósitos por un “error cuya causa no fue posible determinar” a pesar de las investigaciones desarrolladas por los servicios del banco.

Los depósitos se realizaron en el marco de la operativa de pago a comercios instrumentada con una empresa internacional por ventas con tarjetas de créditos. Cada comercio que acepta como medio de pago una tarjeta debe indicarle a la compañía central la cuenta y el banco por el cual desea cobrar el producido de sus ventas con el mencionado sello, independientemente de qué banco sea el emisor de la tarjeta.

Cuando se realizó un cambio en el sistema informático central del BROU, este debió informarle a la empresa de tarjetas de crédito los nuevos números. Por ejemplo, si el comerciante A tenía la cuenta con el número 222 por el viejo sistema, al pasar al sistema nuevo se le debía adjudicar un número de cuenta distinto. Por ejemplo, 333.

La migración de las cuentas generó errores, los cuales fueron corregidos por los sistemas informáticos del BROU, menos en este caso.

Juez ordenó embargo de bienes de empresaria

El 10 de noviembre de 2021, el juez de Atlántida, Federico Soler, hizo lugar a las medidas cautelares solicitadas por el banco estatal, en cuanto a embargar a la comerciante que recibió por error el dinero. “La apariencia de buen derecho luce acreditada al haberse probado que el BROU depositó erróneamente en la cuenta de la empresaria una suma superior a los $ 18 millones”, afirmó el magistrado en su fallo.

Y advirtió: “El alto monto depositado por error en la cuenta de la señora comerciante hace verosímil que el derecho del BROU al cobro de lo pagado indebidamente se vea frustrado en caso de no adoptarse las medidas cautelares requeridas”. Tras finalizar el juicio, el Banco República aspira lograr cubrir su perjuicio con los bienes de la comerciante.

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