TRIBUNAL DE APELACIONES
Fallo pasa expediente a un juzgado penal no especializado
El Tribunal de Apelaciones de 3er Turno rechazó ayer un pedido de nulidad del caso presentado por la defensa del exdirector del Frente Amplio en la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec), Nicolás Cendoya. Abogados defensores de otros imputados en la causa también argumentaron sobre que se trataba de un proceso nulo.
El fallo del Tribunal sí hace lugar al pedido de los defensores de los imputados sobre que el expediente debía ser tramitado en un juzgado penal común y no en una sede penal que falla sobre casos vinculados a crimen organizado.
La sentencia del Tribunal, redactada por el ministro Pedro Salazar y firmada por los ministros Julio Olivera Negrín y José María Gómez, determinará que, después de la feria judicial del próximo año, un juez penal tendrá un plazo de 20 días para fijar una audiencia donde se analizará la formalización de la investigación contra Cendoya y los otros tres imputados en la causa. Esto podría efectivizarse en la primer quincena de febrero del próximo año. Ello significa que los abogados de Cendoya ya no podrán presentar más recursos para dilatar la realización de dicha audiencia.
Sin monto.
El caso se inició en junio de 2020 tras una denuncia penal presentada por la presidenta de la Ursec, Mercedes Aramendía, y el abogado Jorge Barrera, sobre la destrucción de documentos oficiales por un exsecretario de Cendoya, hoy también imputado en la causa.
Tras indagar a Cendoya y a otros involucrados, el fiscal Diego Pérez entendió que el exdirector frenteamplista incurrió en tres delitos de abusos de funciones durante su gestión en la Ursec. Pérez planteó una solicitud de formalización de la investigación contra Cendoya en el Juzgado de Crimen Organizado, cuya titular es la jueza Adriana Chamsarián.
Los abogados de Cendoya y de otros imputados coincidieron en sus recursos de apelaciones sobre la incompetencia de un Juzgado Especializado en Crimen Organizado para tratar el asunto. Argumentaron que el fiscal Pérez no cuantificó el perjuicio contra el Estado provocado por Cendoya. Y señalaron que de probarse la existencia del daño, este deberá tener un monto mayor a US$ 20.000 para que el caso pudiera ser analizado por un Juzgado Especializado. El Tribunal les dio la razón a las defensas.