Hombre permitió a dos conocidos ingresar a su casa y ellos lo asfixiaron para robarle ropa: fueron condenados

Luego de un juicio oral desarrollado a principios de junio, deberán estar en prisión más de 20 años por el homicidio.

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Operativo policial en La Figutita
Cinta policial en escena del crimen. Foto Estefania Leal - Archivo El País
Estefania Leal/Archivo El Pais

La jueza María Noel Odriozola condenó a dos hombres a 21 y 24 años de prisión por haber participado de un homicidio perpetrado en mayo de 2022. Según la Fiscalía de Homicidios de 2o Turno –quien llevó el caso– mataron a la víctima “para robarle algo tan insignificante como ropa”. La sentencia se dictó la semana pasada, en una audiencia en la que estuvo presente El País, tras el desarrollo de un juicio oral.

El crimen ocurrió dentro de la casa de la víctima, en el barrio Malvín, a una cuadra de avenida Italia. El hombre de 35 años había ido a un bar con otras dos personas en el Prado y volvió y se encontró en la puerta de su casa con los agresores. Como los conocía, los dejó ingresar, por lo que la puerta no estaba forzada.

Dentro de la casa, lo asfixiaron con un lazo que confeccionaron con su propia ropa y pusieron sus cosas en varias bolsas. Al salir de la casa, se encontraron con un hombre –adicto a las drogas– que daba vueltas con un carro de supermercado y quien declaró que pensó que lo iban a robar.

Sin embargo, dijo ante la jueza Odriozola y así lo recoge la sentencia, que le pidieron que les diera el carro y a cambio le podían dar “unas monedas”. Ahí escuchó que uno de ellos dijo: “Creo que lo maté”. “Ahí le pregunté ‘¿qué fue lo que pasó, ñeri? Y no me quiso contar (...) Al otro día cuando vi el forense a la vuelta del cante entendí que había pasado me quería matar”, declaró.

Después de eso, pidieron un taxi por aplicación y fueron con las bolsas hasta un domicilio en Maroñas. El taxista también dio su versión de los hechos en el juicio y dijo: “Los vi con actitud sospechosa y tenían unos bultos ahí y me pareció raro y yo les hablé firme, que no quería ningún problema, ningún lío de nada y cargan en el taxi y los llevo porque me comunicaron que tenían un desalojo, los cargan en la valija”.

El lugar de destino se trataba del domicilio de uno de ellos. Vivía en el fondo de una vivienda y en el frente vivía su abuela, quien al otro día salió a la calle y vio tirado unos documentos Pudo darse cuenta de quien se trataba, buscó en la guía y encontró a una persona con ese nombre y apellido. Se trataba del padre de la víctima –compartían nombre–, quien le dijo que seguramente se tratara de documentos de su hijo.

El padre de la víctima lo llamó por teléfono y como no lo ubicó, le pidió a su hija, que tenía llaves de la casa de su hermano, que fuera a corroborar que todo estuviera bien. Allí, la mujer encontró las puertas cerradas con llave y cuando ingresó vio todas las pertenencias revueltas, la luz del baño prendida y en el dormitorio su cuerpo cubierto por ropa.

Cuando ingresó la Policía, detectaron que el hombre estaba atado de pies y manos y que había sido asfixiado por presión de un lazo en el cuello. La investigación comenzó a avanzar y primero lograron dar con el joven que pidió el taxi y a partir de eso, entrevistándose con testigos, llegaron a la identidad del segundo involucrado. Así, montaron un control en el barrio de Maroñas y cuando se entrevistaron con él (el segundo involucrado) notaron que tenía puesto un buzo que sabían que era de la víctima. Lo sabían porque la familia había proporcionado una serie de fotos de él con distintas prendas para ver si la policía lograba ubicarlas. Luego se dispusieron allanamientos en la casa de los enjuiciados y encontraron pertenencias de la víctima en los dos.

Sobre uno de ellos –el que pidió el taxi– había una prueba más que lo comprometía: se encontró su ADN debajo de las uñas de la víctima. Eso fue utilizado por el abogado del otro joven para quitarle responsabilidad a su cliente, alegó que dentro de la casa no había ninguna huella o material genético que lo comprometiera.

Pero finalmente, el enjuiciado cuyo ADN sí fue encontrado en la escena, decidió hacer uso de su derecho a declarar en juicio y contó que quien lo llevó a cometer el hurto fue el otro imputado (dado que era quien conocía a la víctima) y que fue con él con quien llevó adelante el periplo. También aprovechó para intentar disminuir su responsabilidad: afirmó que solo llegó a saludar a la víctima y que después permaneció en un dormitorio diferente a donde estaban su compañero y quien luego resultaría asesinado.

Es imposible que de esa forma llegue el ADN suyo a debajo de las uñas de la víctima, contraargumentó la Fiscalía, que en juicio estuvo representada por la titular, Mirta Morales y la adscripta Micaela Dávila. Además de las pruebas mencionadas, fundaron su solicitud de condena en filmaciones de cámaras de seguridad que muestran a dos hombres saliendo del domicilio donde se cometió el crimen.

Se los condenó a los dos imputados por la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado por haberse consumado para “preparar, consumar o facilitar otro delito”. En este caso, el hurto.

Operativo policial
Patrullero de policía durante operativo.
Foto: Estefanía Leal/El País.

La pena

Al comenzar el juicio, en sus alegatos de apertura la Fiscalía y la defensa hacen su solicitud al juez respecto de cuál cree que tiene que ser la pena. Después del juicio –y a la luz de lo que sucedió– las partes vuelven a transmitirle al juez qué decisión desearían que tome. Ahí pueden modificar su solicitud de pena. Esto porque, por ejemplo, si alguna prueba falló y por ende alguna cuestión no quedó demostrada en juicio, podría pedirse una pena menor.

En este caso, al inicio, la Fiscalía de Homicidios había pedido se los condenara a 25 y 24 años de prisión. Pero en el juicio, uno de los imputados –el que su ADN fue hallado en la escena– decidió declarar y señalar también al otro enjuiciado. Así, terminó de “cerrar” –en palabras de su abogada defensora– toda la prueba que la Fiscalía tenía en contra de este segundo partícipe. Teniendo eso en cuenta y el hecho de que él había aceptado una gran parte de su responsabilidad al realizar acuerdos probatorios (esto es, cuando el imputado y la fiscalía aceptan una determinada serie de hechos y por ende no se debaten en el juicio oral), en los alegatos de clausura las fiscales pidieron que se lo condene a 21 años de prisión y no 25 como habían pedido inicialmente. Respecto del otro imputado, mantuvieron la solicitud en 24 años.

Esta rebaja generó una crítica por parte de la jueza Odriozola, quien aclaró a la familia de la víctima –que estaba presente en audiencia– que ella no podía condenar a un imputado a una pena mayor a la solicitada por Fiscalía.

“A juicio de la sede la conducta desplegada por los imputados es grave, actuaron con crueldad”, dijo en su sentencia y recordó la declaración de la hermana de la víctima que fue quien encontró el cuerpo. “Los imputados actuaron con total desprecio a la vida humana, dejaron a la víctima atado, tirado entre su ropa, luego de haber robado la mayoría de sus pertenencias”, complementó.

Criticó que la Fiscalía haya definido reducir en cuatro años su solicitud para uno de los imputados “sin mayor fundamentación” más allá del atenuante de la colaboración. “No se comparte teniendo en cuenta el mínimo y máximo para este delito, habiéndose probado que (...) (ambos) actuaron en forma conjunta y con la crueldad que lo hicieron”.

Para definir la reducción de la pena solicitada, las fiscales habían argumentado que la colaboración del imputado con los acuerdos probatorios y, sobre todo, su declaración (en la que habilitó a ser interrogado por todas las partes) había contribuido con ellas en el juicio y que eso, mandata la ley, debe ser valorado a su favor a la hora de determinar la pena.

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