Hubo siete denuncias por día por delitos sexuales en 2023; las cuatro fiscalías especializadas están saturadas

El 97% de los condenados son hombres y la mayoría tiene entre 36 y 45 años; la mayor cantidad de las víctimas son mujeres y niños.

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Fiscalia General de la Nación
En la mira. El año 2023 cerró con 2.647 denuncias por delitos sexuales y este volumen de denuncias hace que las cuatro fiscalías especializadas estén siempre colapsadas.
Foto: Estefanía Leal

El 2023 cerró con 2.647 denuncias por delitos sexuales. En promedio, son más de siete denuncias por día o tres por hora. Cualquiera de las formas en que se presente la cifra demuestra la gravedad de este fenómeno delictivo y social, que sin embargo parece invisibilizado y las víctimas no hablan debido a que el trauma genera vergüenza y culpa. No alcanza con que la mayoría de ellas sufra secuelas psicológicas y emocionales de por vida para que se instale una conciencia social sobre esta problemática, según expresa en su amplia bibliografía especializada el sociólogo americano David Finkelhor.

El volumen de denuncias provoca que las cuatro fiscalías especializadas estén saturadas de casos. Por esta razón la última Rendición de Cuentas aprobó la creación de otras dos sedes especializadas. Se calcula que el sistema tiene más de tres mil quinientos expedientes en espera de resolución.

Cada oficina tiene a su fiscal, un adscripto y entre cinco y siete funcionarios administrativos que redactan oficios, coordinan pericias o trasladan expedientes, entre otros de sus cometidos.

Pero se complica cuando aparecen megacausas como la del exsenador Gustavo Penadés, formalizado como presunto autor de múltiples delitos sexuales. Cuando se instalan estos casos con tantas derivaciones, y además una atípica repercusión mediática, el trabajo se multiplica. Para este caso en particular el Fiscal de Corte debió designar un adscripto adicional para no paralizar el resto de las denuncias en curso o las nuevas de urgente abordaje. Pero los casos que no son catalogados como prioritarios pasan a la base de una torre de expedientes condenada a una larga espera.

El juzgado de sexto turno de Delitos Sexuales que investigó el caso Penadés tiene hoy más de mil carpetas que no han sido tocadas en un año. La mayoría son “casos fríos”, así se cataloga a los que no avanzan porque no hay suficiente evidencia. Esos casos quedan en espera un tiempo a que aparezca un nuevo indicio o testigo, y si nada ocurre se archivan. Sin embargo, todas esas víctimas, cada cierto tiempo, llaman y preguntan en qué está su caso y la respuesta no suele ser alentadora.

Los juzgados podrían parar unas semanas su rutina para analizar una a una las carpetas y depurar, activar los casos que tienen alguna posibilidad de avance y archivar el resto. Pero esa pausa puede provocar un embudo mayor y perjudicar nuevos casos urgentes que necesitan de pericias rápidas para ser aclarados.

Por otra parte, a diferencia de otros juzgados, los acusados por cometer delitos sexuales no suelen llegar a un acuerdo y en el 90% de los casos van a juicio. Esto hace que los procesos sean mucho más engorrosos y extensos porque la fiscalía de Delitos Sexuales debe preparar más juicios que el promedio y tiene un año para hacerlo luego de la formalización del imputado.

Por año hay casi 500 condenas, según las cifras que presenta Fiscalía desde 2019. Corresponde al 20% de las denuncias que se presentan anualmente. El 97% de los condenados son hombres, la mayoría tiene entre 36 y 45 años, le siguen los de la franja de entre 26 y 35 años y luego los mayores de 55 años.

Diversos estudios realizados en los últimos veinte años coinciden en señalar que más del 80% de las víctimas son mujeres y casi el 60% son menores de edad. La enorme mayoría de las víctimas de sexo masculino son niños de entre 0 y 12 años. En un alto porcentaje los casos son abusos sexuales o violaciones se producen dentro del ámbito intrafamiliar por padres, padrastros, tíos o abuelos. Y cuando no es así, suelen ser vecinos o personas que tienen algún tipo de contacto con la familia.

Las únicas causas que tramitan estos juzgados y que permiten un acuerdo que evite el juicio tienen que ver con la posesión de pornografía infantil o situaciones excepcionales, como ocurrió con los cinco formalizados por colaborar con Penades para elaborar una trama que lo exima de su culpabilidad, pero no fueron delitos vinculados directamente al abuso sexual.

El abusador o violador suele negar los hechos, aunque existan pruebas o testimonios. Operadores de la Justicia consultados para esta nota señalan que en la mayoría de los casos los acusados no tienen patologías y que de su experiencia resulta difícil encontrar denominadores comunes. “Saben perfectamente lo que hicieron, pero lo niegan, aunque todo demuestre que están mintiendo, y tienden a descalificar el testimonio de la víctima, más aún cuando son niños”.

La LUC estableció el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales. A tres años de creado tiene cuatrocientos registros de condenados con sentencia firme por delitos sexuales. La ley establece que los condenados, una vez en libertad y por un plazo de diez años, tendrán la obligación de mantener informada a la Sede Judicial debiendo comunicar cualquier modificación operada en los datos proporcionados. Los abusadores sexuales, una vez dictada la condena, quedan inhabilitados por diez años como mínimo para el ejercicio de actividades vinculadas a la atención de salud, sanitarias, docentes o académicas o cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las mismas, que impliquen contacto con menores de edad, tanto a nivel público como privado.

Movilizacion por el Dia de la Mujer
Feministas. Organizaciones piden más fiscalías especializadas.
Estefanía Leal/Archivo El País
Contradicción

Un delito grave con penas benignas

Las penas que los fiscales pueden solicitar y los jueces imponer por delitos sexuales generan polémica, en general por ser muy benignas para el tipo de delito a castigar pese a que la LUC incrementó los mínimos y máximos de penitenciaría. Pero la aplicación efectiva de los años se mueve en un rango bastante amplio, que depende de muchos factores.

El artículo 272 castiga la violación, con 3 a 16 años de penitenciaría. El abuso sexual se castiga con dos a 12 años de penitenciaría y el abuso sexual especialmente agravado, con dos a 16 años de penitenciaría.

Operadores de la Justicia admiten que un incremento de la pena no tendría efecto en reducir el delito, pero consideran que podría ser más justo, por lo que significa e implica el delito en sí mismo y las secuelas permanentes que deja en las víctimas.

Llegar al máximo de la pena que prevé el Código es algo excepcional, e incluso, en algunos casos, el castigo está más cerca del mínimo. Semanas atrás un enfermero fue condenado por dos delitos de abuso sexual en régimen de reiteración real contra una paciente. Deberá cumplir tres años y seis meses efectivos de cárcel.

En otros casos con más agravantes las penas aumentan, pero aun así parecen leves aunque no tenga la posibilidad de poder redimirla. A modo de ejemplo, nueve años de cárcel recibió un hombre que abusó durante años de sus dos hijas y una sobrina, a las que tenía amenazadas. Y siete años otro por violar a su hija de catorce años.

Pero un caso más dramático y que generó una discusión en el sistema de Justicia fue el ocurrido en Bella Unión a fines de 2021. Una niña de diez años era explotada sexualmente por su madre y su padrastro, que también la sometían a violencia física y psicológica. La investigación pudo ubicar a un hombre que les dio dinero para tener sexo con la menor. La madre fue condenada a siete años y seis meses de penitenciaría. El sujeto que pagó y abusó de la niña fue castigado con seis años de penitenciaría. Y el padrastro recibió una pena de cinco.

Otro caso polémico se registró en 2020. Una joven denunció haber sido víctima sistemática de abuso sexual por parte de su padrastro desde los doce años. La joven, dado que la madre no le creía, incluso grabó un video. Aún así, la mujer de 47 años insistió en defender a su pareja y comenzó a hostilizar a su propia hija. El caso se resolvió con siete años de penitenciaría para el hombre de 51. Y dos años y seis meses de libertad vigilada para la mujer por omisión a los deberes inherentes a la patria potestad y reiterados delitos de desacato, ya que tenía tobillera, pero incumplió 53 veces la prohibición de salir de su casa.

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