Imputan a tres policías por caso de un arma “plantada”

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Efectivo policial
Efectivo policial
Foto: Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

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A uno de los policías procesados se lo imputó por delitos de abuso de funciones, privación de libertad, lesiones graves y violación de domicilio.

El juez penal de Atlántida, Marcos Seijas, procesó a dos policías y condenó a un tercero por delitos cometidos durante una persecución a tiros ocurrida en la noche del 13 de noviembre de 2020 en la Ciudad de la Costa, donde le “plantaron” un arma a un albañil baleado por los efectivos. Otros cinco policías, que también habían sido detenidos, no fueron imputados por la Justicia.

A uno de los policías procesados, Seijas le imputó, a pedido de la fiscal Mirna Busich, los delitos de abuso de funciones, privación de libertad, lesiones graves y violación de domicilio.

Los defensores de este agente, Federico Ravera y Fernando Posada, argumentaron en el juzgado que no configuraba el peligro de fuga ni para la víctima, ya que desde que ocurrió el incidente hace cinco meses, el imputado actuó conforme a Derecho.

Finalmente, Seijas no hizo lugar al pedido de la fiscal Busich de prisión preventiva para este policía. Dispuso para él arresto domiciliario con vigilancia mediante dispositivo electrónico de rastreo, la prohibición de comunicación por cualquier medio con la víctima y portar armas. Busich apeló.

Seijas también procesó a un segundo policía por un delito de abuso de funciones. En esta ocasión, el magistrado sí hizo lugar al pedido fiscal y resolvió que el efectivo deberá presentarse todas las semanas en una seccional en un plazo de 180 días.

Ambos policías enfrentarán ahora un juicio penal.

Un tercer policía fue imputado por la Fiscalía de incurrir en un delito de omisión de los funcionarios en proceder a denunciar ilícitos.

La fiscal Busich llegó a un acuerdo con el abogado defensor del efectivo, Alfredo Alberti, de ir a un proceso abreviado. El detenido reconoció el delito que se le imputó a cambio de una reducción de la pena. Fue condenado a tres meses de prisión, que se cumplirán en régimen de libertad a prueba. Será vigilado por la Oficina de Seguimiento de Libertad Asistida (OSLA). Sus obligaciones son: fijar domicilio, presentarse en la seccional más cercana una vez por semana y prestar servicios comunitarios durante un mes, una vez por semana y dos horas en cada ocasión.

Baleado.

En su fallo, el juez Seijas señaló que el 13 de noviembre de 2020 el albañil S.F., de 43 años, no murió de casualidad. En la mañana de ese día, S.F. salió de su casa en Neptunia Norte y se fue a trabajar a Piriápolis.

Regresó a las 19:30 horas a su domicilio. Luego se dirigió a la casa de un colega en Pinamar y dejó allí su auto. Los dos albañiles fueron a trabajar a una vivienda en Montevideo. Volvieron a Pinamar a eso de las 23:00 horas. S.F. emprendió en su auto el regreso a su casa por la Ruta Interbalnearia. En el camino se detuvo en una pizzería ubicada en el kilómetro 37.800, en el lado sur de la Ruta Interbalnearia. Tras comprar una pizza, el albañil condujo su auto por una calle paralela a la ruta. Y subió a la ruta en la calle Nogueira, donde había un control policial.

S.F. siguió circulando a baja velocidad. De repente, dos focos lo encandilaron. Sintió disparos. Uno de ellos le impactó en un brazo y otro en la pierna, cerca de la femoral. El albañil pensó que eran rapiñeros. Aceleró y llegó a su casa. Los policías ingresaron por la fuerza y apuntaron a su cabeza. Poco después, en una calle de la Ciudad de la Costa, “plantaron” un arma. Los motivos no surgen del fallo. La Policía Técnica constató que el albañil no tenía en su mano rastros de pólvora. Es decir, no había realizado disparos.

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