Redacción El País.
La jueza Marcela Vargas imputó por homicidio culposo a la mujer policía que le disparó a Fabricio Ríos, secretario general del sindicato policial, quien terminó falleciendo producto de la herida. El hecho se dio en un seminario de prácticas que había organizado el sindicato y donde simularon un ejercicio en el que ocurría una rapiña a un Abitab.
Aunque el fiscal Diego Pérez pidió que permanezca presa preventivamente por 60 días, la jueza Vargas estimó que era suficiente un arresto domiciliario total con tobillera. Durante toda su exposición, Pérez manifestó que fue cauto al pedir la imputación de la mujer por homicidio culpable y no intencional. Esto puede modificarse más adelante en el proceso.
En su solicitud de imputación, Pérez destacó que sí se tomaron medidas de seguridad para evitar incidentes y especialmente al uso de armas. En un momento, sobre las 22 horas, la imputada manifestó que se tenía que ir a su casa para cuidar a su hijo. Pero desde el seminario le insistieron en que se quedara a hacer el último ejercicio, el simulacro de rapiña al Abitab.
Según relató ella misma, como estaba aprontando sus cosas para irse, cargó su arma, pero cuando volvió para hacer el ejercicio, olvidó descargarla. Por ese motivo, en medio de un forcejeo, terminó disparándole a Ríos. Pérez aclaró que el Ministerio del Interior no había avalado el evento ni había permitido el uso de armas.
“Hubo un proceder negligente, por cuanto la misma no observó los deberes que el propio cargo que detenta le imponía”, dijo el fiscal y luego aclaró que los hechos "no son tan sencillos". "Resulta difícil justificar el proceder de la imputada", en cuanto es "harto llamativo" que haya cargado el arma momentos antes del disparo.
En un momento en el que le tocó intervenir, la abogada de la mujer, Gisella Aguilar, afirmó que hay más policías investigados en el caso.
El fiscal intentó que la mujer quede presa por 90 días mientras sigue la indagatoria, argumentando que existía riesgo de que entorpeciera la investigación hablando con sus compañeros y que había riesgo de que, sabiendo que puede luego convertirse en un homicidio intencional, se fugara. Esto fue rechazado por la abogada de la imputada, quien recordó que ella asistió a la víctima al momento del hecho y nunca se fue del lugar, permitiendo que se la detuviera.
La jueza entendió que es una investigación “compleja” pero que no “visualizaba” que hubiera un riesgo real de que se entorpeciera la causa. Esto, dado que la mujer es primaria, policía y al momento el cargo que se le imputa es el de un homicidio culposo. “¿Qué va a ser diferente si ella está en la cárcel o en la casa?”, se preguntó, a la luz de que si era trasladada a un establecimiento carcelario “igual iba a estar en un ambiente de policías”. Tampoco coincidió en que hubiera un riesgo de fuga concreto, puesto que la mujer tiene hijos, arraigo y un trabajo.
La Constitución establece que todos los ciudadanos pueden esperar su juicio en libertad, salvo que existan riesgos de que eso signifique la frustración del proceso en su contra. La jueza Vargas entendió que en este caso el arresto domiciliario total con tobillera neutralizaba todos los riesgos presentes.