Intendencia de Canelones perdió juicio con empresa de fuegos artificiales que se incendió y luego la demandó

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Personal de Bomberos

CONDENA

El accidente ocurrió en Toledo en 2016. La comuna canaria le cerró canales de ventas de bazar y por eso perdió litigio civil.

La empresa Trick Ltda., propietaria del depósito de pirotecnia de Toledo incendiado en 2016, reclamó a la Intendencia de Canelones y al Ministerio del Interior a través de la Dirección de Bomberos una indemnización de US$ 1. 115.000 por cerrarle depósitos que no fueron siniestrados y por hacerle perder mercaderías por vencimiento, entre otros perjuicios. Además, la empresa consideró que fue damnificada por dichos organismos públicos porque la cerraron y se le impidió vender productos de bazar que no tenían relación con artículos pirotécnicos.

La Justicia de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno condenó a la Intendencia de Canelones (IMC) obligándola a pagar solo una compensación a la empresa de $ 2.300.000 (US$ 56.300 al tipo de cambio promedio de ayer) más actualizaciones e intereses desde la presentación de la demanda por los gastos de depósitos de artículos de bazar.

En el incendio del depósito de Toledo fallecieron cuatro obreros.

La demanda

El escrito de la empresa apuntó contra la Intendencia de Canelones y el Ministerio del Interior alegando que ambos organismos le generaron perjuicios de distinta entidad.

La firma sostuvo en su demanda que contaba con la autorización del Servicio Material de Armamento (SMA) del Ejército, que “es la autoridad competente” para regular la actividad de pirotecnia, importación, depósito y comercialización de fuegos artificiales. “Además, todos los años se autorizaba por parte del SMA los productos que importaba la empresa”, se indicó en el escrito.

La sede de la empresa se encuentra en la ruta 84 a la altura del kilómetro 1, en Toledo, Canelones. En ese predio se encontraban los depósitos donde almacenaba distintos productos. La compañía tenía tres establecimientos para fuegos artificiales y todos contaban con habilitación del Servicio de Material de Armamento, según señaló en el Juzgado.

Además, la firma poseía otro depósito destinado a los elementos de bazar y otras mercaderías no pirotécnicas y otros tres contenedores que se encontraban en el predio.

“Es paradójico que Trick Ltda. pretenda resarcirse de su inconducta”, dice IMC.

El punto clave de la demanda de Trick Ltda. contra la Intendencia de Canelones y el Ministerio del Interior está en que el accidente que ocurrió en solo un depósito de pirotécnica fue “pretexto para la clausura de los otros, no siendo racional que el insuceso en éste provocase la (afectación) de todo el establecimiento”.

Según Trick Ltda., el 25 de octubre de 2016 se produjo en uno de los depósitos correspondientes a fuegos artificiales una deflagración (combustión rápida con llama sin explosión), que “no se previene” con los métodos de prevención de incendios.

Ante esa circunstancia, la Intendencia de Canelones clausuró en forma cautelar, basada en la falta de habilitación de Bomberos, todas las actividades de la empresa, se afirmó en la demanda.

“Se clausuró la empresa, incluyendo la posibilidad de desarrollar la parte vinculada a la venta de elementos distintos a los fuegos artificiales, que no suponía peligro alguno, cediendo a la presión de las circunstancias y colocando a la compañía en una situación diferente a las demás, incluso algunas que se dedican a la comercialización de material pirotécnico y que tienen asiento en Canelones”, se agregó en la demanda.

“Se clausuró la firma, impidiendo vender otras mercaderías”, afirma Trick Ltda.

La réplica

En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, el Ministerio del Interior no se responsabilizó por ninguna actuación y señaló que todas las medidas que afectaron a Trick Ltda. fueron dispuestas por la comuna canaria.

Por su parte, en su respuesta a la demanda, la Intendencia de Canelones dijo que no actuó en forma ilegal como sostiene Trick Ltda. “El accionar de la intendencia fue con total apego a la norma siendo un mero intento de la empresa de quitar la atención de la gruesa responsabilidad que le cabe a la actora (la empresa) en los lamentables hechos que determinaron la pérdida de la vida de cuatro empleados por no cumplir con los requisitos mínimos y necesarios en la precaución del accidente”, advirtió la comuna de Canelones.

El documento agregó que la empresa pretendió señalar que lo ocurrido en el depósito fue una deflagración y no un incendio “omitiendo” Trick Ltda. establecer que el local tomó fuego “sin contar” en ese momento con la habilitación de Bomberos ni con la habilitación comercial que le permitiera funcionar.

La intendencia recordó que la bomba de agua existente en el pozo de agua del lugar no funcionaba. “Si hubiera otros medios de prevención, (la empresa) tampoco contaba con ellos visto el triste y lamentable desenlace de los hechos”, expresó la comuna.

Tras advertir que la empresa pretendió responsabilizar a la intendencia de “su propia desidia”, el escrito recordó que el incendio ocurrió porque se estaba desarrollando una actividad laboral en el depósito que debía ser usado para otro fin y no para una tarea “prohibida” como ser la reparación de fuegos artificiales que la empresa ordenó a los funcionarios que realizaran. “La responsabilidad (del siniestro) corresponde a Trick Ltda. y es paradójico que pretenda resarcirse de su propia inconducta”, sostuvo la Intendencia de Canelones en su escrito ante el juzgado.

El fallo

Tras aclarar que no correspondía expedirse sobre las causas del accidente fatal y sí sobre si algún organismo público afectó o no a Trick Ltda, el juez de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, Gabriel Ohanian, falló que la Intendencia de Canelones sabía que la empresa no solo se dedicaba a la venta de material pirotécnico sino también a artículos de bazar.

Ohanian entendió que la resolución de la intendencia que ordenó el cese de actividades de la empresa fue “ilegítima” formalmente porque fue dictada sin permitir que Trick Ltda. pudiera hacer un descargo y además porque “fue contraria” a la conducta asumida anteriormente por la propia comuna que hasta el accidente no adoptó acción alguna respecto de que el depósito no contaba con habilitación de Bomberos.

“La orden de cese genérico de actividades también es ilegítima porque le impidió a la empresa desarrollar sus actividades de bazar”, advirtió el magistrado.

En la sentencia, Ohanian acogió la demanda de Trick Ltda. con respecto a las actividades vinculadas al comercio de mercadería de bazar y desestimó todos los reclamos de la empresa relacionados con la comercialización de pirotecnia. Y consideró que los gastos de demolición del depósito incendiado y reconstruido tampoco podían prosperar.

El juez atendió en forma parcial la demanda de Trick Ltda. relacionada con el alquiler de un depósito destinado a bazar, cuyo costo ascendió a $ 2.300.000. Y expresó que el Ministerio del Interior carecen de responsabilidad.

La Fiscalía acusó a los dueños de la fábrica

En su escrito presentado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, la Intendencia de Canelones recordó que la empresa Trick Ltda. realizaba una tarea prohibida cuando se desató el incendio. Y agregó que, por ello, la Justicia Penal procesó con prisión a los responsables de la firma por la “conducta delictiva demostrada”. En junio de este año, la Fiscalía acusó a los dueños de la empresa de homicidio culposo y pidió una pena de siete años de cárcel.

Incendio en Toledo. Foto: Archivo
Incendio en Toledo. Foto: Archivo

Cuatro posibles causas del fuego en el depósito

El foco ígneo comenzó a las 15:00 horas del 26 de octubre de 2016 en el depósito de fuegos artificiales ubicado en el kilómetro 1 de Camino del Andaluz, a poca distancia de Toledo, Canelones.

En el lugar donde se originó el fuego había cinco personas. Tres jóvenes de 21, 22 y 27 años fallecieron carbonizados. Una cuarta víctima, de 26 años, murió tres días más tarde en el Centro Nacional de Quemados (Cenaque). Un quinto hombre se salvó de quedar atrapado dentro del lugar porque justo en el momento del incidente decidió ir al baño.

Al día siguiente del incendio, el director de Bomberos, Leandro Palomeque dijo a El País: “Acá lo que está claro es que existió una fuente de calor dentro del depósito, que es la que generó una deflagración; esto significa que no es simplemente un fuego, sino que es algo parecido a una explosión que toma el lugar por completo”.

Varios días después, el 21 de diciembre de ese año, Palomeque dijo en una audiencia judicial por el caso que las fuentes de calor que ocasionaron la combustión de la pólvora fueron cuatro. La explosión de un chasquiboom, el calentamiento de algún celular, la energía estática generada por la ropa de los trabajadores o un tablero eléctrico fueron las posibles causantes de la explosión. En tanto, un comunicado del Ministerio de Trabajo calificó el incendio como el “más grave” accidente de trabajo sucedido en 2016.

Familiares de los fallecidos iniciaron demandas civiles a los dueños de la empresa Trick Ltda.

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