MEGACAUSA JUDICIAL
"Esta es la confirmación de una serie de resoluciones que ya había adoptado la Justicia argentina", remarcó su abogado Jorge Barrera.
El empresario y expresidente del Club Atlético Peñarol, Juan Pedro Damiani, fue sobreseído en las últimas horas por la Justicia argentina en el marco de la megacausa judicial conocida como la "Ruta del dinero K", en referencia a la familia política Kirchner, informó Infobae y confirmó a El País el representante legal del uruguayo, Jorge Barrera.
La Cámara Federal argentina decidió sobreseer al expresidente carbonero, que era investigado por el juez federal Sebastián Casanello, informó Infobae. El mismo magistrado había concluido en 2017 que no había "elementos probatorios" que permitieran sostener una vinculación entre Damiani y las acciones de lavado de las que se acusó al empresario argentino Lázaro Báez, que se benefició de múltiples contratos de obras públicas durante el gobierno de Néstor Kirchner.
El magistrado argentino investigaba la eventual vinculación de Damiani con la sociedad anónima Helvetic Service Group, firma suiza que compró la financiera SGI, conocida como "La Rosadita".
Un programa televisivo del periodista argentino Jorge Lanata mostró videos en el que personas del empresario Báez cargaban y contaban valijas llenas de dólares. Según las denuncias, ese dinero surgía de sobrefacturaciones de obras públicas realizadas en Argentina.
En 2016, Damiani había declarado en Buenos Aires y presentado ante la Justicia de la vecina orilla una serie de documentos que negaban cualquier supuesta relación entre el estudio contable y el hombre señalado como testaferro de los Kirchner.
"Esta es la confirmación de una serie de resoluciones que ya había adoptado la Justicia argentina", remarcó Barrera este miércoles. "No tuvo absolutamente ningún tipo de contacto ni de relación, de ninguna naturaleza, con Lázaro Báez", remarcó el abogado.
Sostuvo además que con esta sentencia "queda claro en términos generales las consecuencias jurídicas de la utilización del instrumento jurídico fiduciario, por el que jamás se pueden vincular, ni relacionar, a cada uno de los actores o empresas que puedan utilizarlo".
Barrera también remarcó que este fallo "ratifica en todos sus términos lo que Juan Pedro Damiani venía diciendo desde hace casi siete años" porque "no existió ningún delito, se actuó siempre conforme a derecho, por lo que no violó ninguna norma jurídica, ni penal, ni de ninguna otra especie". Y recordó que "esta es la última etapa de una serie de fallos que iban en la misma dirección".
Otro elemento que valoró el abogado es que el dictamen fiscal es "muy sólido y contundente que no existió vinculación entre la actividad de Lázaro Báez y la que desarrolló Juan Pedro Damiani", así como que fue "conforme a derecho".
Por esta causa, Damiani no fue procesado por lo que era previsible este desenlace judicial.