Los motivos por los que Barrera pidió a Fiscalía el archivo de la investigación contra Insaurralde en Uruguay

La defensa del dirigente K afirma que “jamás existió” un pago millonario y que la denuncia “genera dudas” sobre la credibilidad del sistema financiero uruguayo y las normas antilavado.

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Martín Insaurralde y su exesposa, Jésica Cirio.
Martín Insaurralde y su exesposa, Jesica Cirio.
Foto: @jesicacirio

Redacción El País
El abogado Jorge Barrera, que representa legalmente al dirigente kirchnerista Martín Insaurralde, solicitó a Fiscalía de Lavado de Activos el archivo de la investigación en Uruguay.

El político argentino fue denunciado en la Justicia uruguaya por presunto lavado de activos y “pagos millonarios” a la modelo Jésica Cirio tras su divorcio. Por este caso, el Banco Central del Uruguay (BCU) pidió a instituciones financieras de plaza que informen si Insaurralde o Cirio tienen cuentas en Uruguay.

En la solicitud de archivo que hizo Barrera, a la que accedió el País, se señala que “no hay pruebas” más allá de “publicaciones periodísticas en Argentina” donde “se afirma en forma condicional, la existencia de la transacción en el mercado financiero uruguayo”.

Jorge Barrera.
Jorge Barrera, abogado y dirigente del Partido Colorado.
Foto cedida a El País.

La semana pasada, la diputada argentina María Graciela Ocaña, del partido opositor Juntos por el Cambio, había presentado en Uruguay un escrito ante Jorge Chediak, quien está al frente de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y financiamiento del Terrorismo (Senaclaft).

En ese sentido, la defensa sostiene que esas publicaciones periodísticas no mencionan ni banco, ni número de transacción ni ningún dato que identifique lo denunciado por Ocaña.

Además, en caso de que existiese un ingreso de dinero como el que se denuncia, US$ 20 millones, sería algo “evidente” e “inusual” y hubiese sido necesario exigir una justificación económica por vía legal.

En ese sentido, la defensa sostiene que “de haber sido ciertos” los hechos, se “debería haber generado un reporte al BCU por parte de la entidad financiera o personas físicas o jurídicas sujetas al control del BCU”. Además, señalan que por el monto mencionado, cualquier ciudadano no residente o residente en Uruguay tendría la obligación de fundamentar el origen del dinero.

Otra ley que se recoge en el escrito es la 19.574, en su artículo 20 (sobre personas políticamente expuestas). La defensa argumenta que “no se necesita ser un oficial de cumplimiento ni tener información confidencial” para conocer que Insaurralde “está comprendido dentro de esta normativa” al ser una figura pública.

Por último, la defensa solicita que se archive la investigación ya que “la transacción jamás existió” y porque con la denuncia se generan “dudas” sobre el sistema financiero uruguayo y el cumplimiento de las normas antilavado.

 

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