Mujer que sufría de violencia doméstica mató a su marido y la descubrieron por cobrar su pensión en BPS: la condenaron

Según su defensa, tenía previsto denunciar lo sucedido cuando su hija mayor cumpliera 18 años; buscaron eximirla alegando "sufrimiento crónico producto de violencia intrafamiliar" pero para la jueza no quedó demostrado.

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Paysandú: el delito se cometió en un pequeño pueblo que queda a pocos kilómetros de la ciudad.
Paysandú: el delito se cometió en un pequeño pueblo que queda a pocos kilómetros de la ciudad.
Foto: El Telégrafo

La jueza Noelia Acosta condenó a una mujer por el homicidio de su esposo, a quien agredió con una maceta, le disparó y luego, con ayuda de sus dos hijas mayores, enterró en el fondo de su casa. El hecho sucedió en 2019 pero la Fiscalía tomó conocimiento tres años después, cuando el Banco de Previsión Social (BPS) denunció que la mujer estaba cobrando irregularmente la pensión de su esposo desde hacía años.

Para la Justicia quedó probado durante el juicio que la mujer sufría violencia doméstica, pero no se acreditó que ello la llevara a asesinarlo y por ende se la eximiera de responsabilidad en el homicidio. Finalmente, fue condenada a la pena mínima posible para esta tipificación: 10 años de prisión.

Cuando ocurrió el crimen, llevaban 16 años de pareja y tenían cuatro hijos menores de edad. Vivían en un pequeño pueblo en el departamento de Paysandú, en donde ella se ocupaba de las tareas del hogar -no trabajaba porque, según declaró, él “no la dejaba”- y él hacía trabajos de fuerza, hasta que una hernia de disco le truncó la posibilidad de seguir en el oficio y pasó a cobrar una pensión por invalidez.

El 6 de diciembre de 2019 la hija mayor -que en ese momento era menor de edad- le contó a su madre que su padre la había violado. Al otro día, cuando el hombre dormía, la mujer tomó una maceta y lo golpeó en la cabeza. Luego tomó el arma que él guardaba y lo remató de tres tiros. Con ayuda de sus dos hijas mayores, hicieron un pozo en el jardín, lo enterraron envuelto en una sábana y lo taparon con cal.

Al ser el único medio de vida de la familia, la mujer siguió cobrando la pensión por invalidez, hasta que en julio de 2022 el BPS descubrió la maniobra e hizo la denuncia.

Patrullero de policía
Patrullero de policía.
Foto: Estefanía Leal

Según la defensa de la condenada, ella resolvió ocultar el homicidio porque sus cuatro hijos eran menores de edad -el más chico tenía cuatro años- y serían separados. Planeaba denunciarlo cuando la mayor cumpliera los 18 años.

En la sentencia judicial, a la que accedió El País, consta que se demostró durante el juicio que “entre la pareja existía una situación de violencia doméstica de larga data” y que, un día antes del homicidio, la hija mayor le contó a su madre que su padre la había abusado.

En su fundamento, la jueza explicó que la defensoría pública -que patrocinó a la condenada- podría haber intentado ensayar que se trató de una legítima defensa o que se presentaron otras dos situaciones que prevé el Código Penal y por las que podría haber sido exonerada de responsabilidad. Esto es el “estado de necesidad” (artículo 27) que exime de culpa a quien, para defender su vida o su integridad física -entre otras cosas-, ataca estos derechos en los demás, pero de forma “inminente o inevitable” o el “estado de intensa conmoción” (ar-tículo 36) que libra de responsabilidad a aquellos cónyuges que hayan sido sometidos a “intensa y prolongada violencia” por parte de la víctima.

Pero, para la jueza, nada de esto quedó lo suficientemente acreditado en juicio. Así, criticó que la defensa de la condenada no hubiera presentado “las historias clínicas completas de la imputada, ni de sus hijas, no ha presentado pericia psicológica ni de médico forense de ITF”.

La Fiscalía, que encabeza Carlos Motta, pidió una pena de 13 años y seis meses por el delito de homicidio muy especialmente agravado y estafa. La jueza finalmente la fijó en el mínimo legal para este delito, que es 10 años.

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La defensora de la condenada había alegado que el marido agredía a esta agarrándola de los pelos -tanto que decidió llevarlo corto- y que cuando había tormenta eléctrica, la obligaba a pararse afuera para que “la partiera un rayo”. Sostuvo que siempre le pegó a ella, a sus hijos y que los amenazaba con matarlos con armas de fuego. Eso, además de aislarlos y no dejarlos ver a parientes ni amigos. También afirmó que generaba problemas con la comida: escupía los platos de sus parientes y, en momentos en los que faltaban alimentos, se lo priorizaba a él, incluso si no había para los niños.

Un informe de una psicóloga presentado en juicio mostró que desde el homicidio del hombre, ella se tornó más violenta hacia sus hijos, razón por la que tres de ellos quedaron al amparo del INAU.

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