La jueza Blanca Rieiro condenó a nueve años de prisión a dos hombres que en junio del año pasado agredieron a tiros a un hombre -que terminó muriendo producto de los disparos- y su sobrino de 14 años, quien sobrevivió al ataque pese a haber recibido un tiro en la cara. Esto ocurrió en el barrio montevideano La Chancha, cuando el fallecido y su sobrino caminaban hacia un cumpleaños.
También los condenó por un delito de violencia privada, dado que los imputados, desde la cárcel, habían amenazado al menor de edad y le habían ofrecido una moto y $ 20 mil a cambio de que retirara la denuncia, según los registros judiciales a los que accedió El País.
Testigos contaron que el hecho que motivó el crimen fue que uno de los imputados se había separado de su pareja, y ella luego había entablado amistado con la víctima mayor de edad. Así, uno de los responsables del crimen le había insistido en distintos escenarios a la víctima que llamara a su amiga, a lo que él se negaba. Por eso fue que sobre fines de junio del año pasado este joven junto a un amigo, ante una nueva negativa de la víctima de llamar a la mujer, arremetieron a tiros contra él. Eso ocurrió cuando caminaba por Pasaje Colibrí, con destino a un cumpleaños familiar.
Junto al ahora fallecido iba su sobrino de 14 años, quien recibió un tiro en la cara pero logró correr hasta el cumpleaños al que iban y alertó a todos que protegieran a los niños. Temía que siguieran disparando contra la casa donde se haría la celebración.
El médico forense constató una lesión similar a una fractura expuesta y que existió peligro de muerte. Por eso también se les tipificó lesiones graves.
A los pocos días del hecho, los dos agresores fueron imputados y encarcelados preventivamente mientras continuaba la investigación. Fueron recluidos en el ex Comcar, en la misma celda, desde donde luego amenazaron a la víctima.
“¿Querés meterte en líos? Fue, vamos a empezar el juego, no soy (menciona el nombre del otro imputado) y yo sí tengo herramientas pa’delante mirá como estoy con fono y todo, asustado yo por vos. ¿Querés meterte en líos? Sos un alcahuete, condiciones de nada tenés”, le dijo uno de ellos en un audio de WhatsApp al menor.
En otro, afirmó: “Lo que no entiende el enano (refiriéndose a la víctima que sobrevivió) es que esto implica a todos, a la abuela, a la madre, a todos. Agarrás el negocio y fue y te doy mi palabra, que la dejamos. Ellos creen que como estamos en cana no pasa nada y están errados”. El “negocio” era la moto, que tenía 200 kilómetros, y $ 20 mil.
Esto se pudo probar porque la Fiscalía de Homicidios de 3er Turno -que en este caso representó Alexandra González- pidió allanar la celda de los imputados. Allí se les incautó el celular de donde se emitieron los mensajes.
A su vez, una familiar del fallecido, se presentó en la Policía y denunció que el hermano de uno de los imputados había corrido con un arma de fuego amenazando a un hijo de ella, diciéndole que por culpa del menor víctima su hermano estaba preso.
Por otra parte, desde una cuenta de Facebook que lleva el nombre de uno de los imputados, se subió una foto de un acta de audiencia judicial del proceso y el pie de foto decía: “Por si acaso yo no canto barraca, (...) todos esos malvivientes de abajo del todo de La Chancha, rastrillándose ahí abajo, son alcahuetes, con papeles mandan en cana honda, sin saber quién mierda fue, pero tranquilo, sin rencor y bien que hay fuerza”.
El acuerdo abreviado
Los dos imputados resultaron condenados por acuerdo abreviado. De esta forma, renuncian al juicio oral, admiten su culpabilidad y resultan condenados, a cambio de una rebaja de hasta un tercio de la pena. En este caso, los representados por Mara Cardozo (abogada privada) y Diego Moreira (defensor público), aceptaron un acuerdo por una pena de nueve años de cárcel. A los dos se los condenó por los mismos delitos: homicidio en reiteración real con lesiones graves y un delito de violencia privada. La agravante fue la utilización de arma de fuego y la atenuante la admisión de los hechos. En el caso de uno de ellos, también el ser menor de 21 años y ser primario.