Redacción El País
El juez Penal de 4º Turno de Salto, Paulo Aguirre, dictó la condena de 30 años más 15 para el homicida de Tamara Borges en la tarde de este jueves. Es la mayor condena aplicada en Salto hasta ahora.
Tamara Borges era trabajadora sexual y madre soltera. Tenía dos hijos menores a su cargo con quienes vivía en una casa de la avenida Gobernador de Viana y Artigas, a pocas cuadras de la terminal de ómnibus de Salto. "Sus hijos eran todo para ella y siempre estaba ocupada de tenerlos lo mejor posible", dijeron sus familiares.
La noche del 28 de abril del 2022 salió de su casa, se subió a un auto que manejaba un hombre al cual conocía y no se la volvió a ver.
Preocupada por su desaparición, su familia inició una campaña de búsqueda para dar con su paradero, aunque sin rastros claros y con algunas pistas, la Policía ya temía lo peor.
Cuatro días después, el cuerpo de Tamara de 28 años de edad apareció entre unas ramas que dan hacia el arroyo San Antonio, debajo de un puente a unos 15 kilómetros al norte de la ciudad de Salto, el crimen causó conmoción.
Tras reunir varias pistas, la Policía logró determinar que el asesino la subió a su auto, la llevó hasta un barrio de la ciudad no muy lejos de su casa donde discutieron, la asfixió con sus manos dentro de su vehículo, en el que el autor estaba con su hija de 4 años de edad.
Luego la llevó hasta el puente que está en el by pass entre la ruta 3 y el puente de Salto Grande, y la arrojó de una altura de unos 15 metros de altura.
El aberrante episodio determinó que la Fiscalía de 1° Turno de Salto, a cargo del Dr. Augusto Martinicorena, pidiera la prisión preventiva por Homicidio muy especialmente agravado por femicidio.
Según las fuentes judiciales, las pericias determinaron que el acusado tiene un perfil psicopático y antisocial.
La sentencia demoró casi dos años y medio. En la tarde de este jueves, el juez Penal de 4º Turno de Salto, Paulo Aguirre, dictó la sentencia de condena por un delito de homicidio especial y muy especialmente agravado en reiteración real, con un delito de ultraje público al pudor en concurso formal con un delito de abuso sexual sin contacto corporal y un delito de omisión de los deberes inherentes a la patria potestad. Por esto, deberá cumplir la pena máxima de 30 años de penitenciaría junto con 15 años de medidas de seguridad eliminativas y penas accesorias, como la reparación patrimonial, la pérdida de la patria potestad y la inscripción en el registro nacional de violadores.