La Fiscalía señaló a Mauricio Docampo como un criminal extremadamente peligroso. Por eso, además de la pena máxima —30 años de cárcel— había pedido que se le impusieran 15 años más de medidas de seguridad eliminativas. Estas medidas son reservadas para criminales tan peligrosos que se cree que, al final de la condena, todavía no van a estar rehabilitados. Lo acusaba de haber matado a dos mujeres por su odio, desprecio y menosprecio al género: Ahielén Casavieja (de 16 años) y a Karina Saracho (34 años). Pero la jueza María Helena Mainard entendió que del juicio, lo único que quedó probado es que Docampo mató a la adolescente.
Lo absolvió de la acusación de femicidio de Karina Saracho. Entendió que no está comprobado que fue Docampo quien la mató. En el caso de Ahielén Casavieja, sí condenó a Docampo por haberla matado, pero no por haber perpetrado un femicidio, porque no se corroboró que la haya asesinado por un motivo relacionado al género.
El femicidio es un agravante muy especial del homicidio, lo que a su vez significa que, a aquellos a los que se les compute, sufrirán un incremento considerable en la pena. Al no computarlo en ninguno de los casos, eso significó una rebaja en la pena.
Docampo conoció a Ahielén Casavieja en la madrugada del 12 de febrero de 2022 en la parada de ómnibus de Luis Batlle Berres y Paurú. Con la excusa de mandarlos a comprar droga, se sacó de encima a los dos jóvenes que estaban allí junto a la víctima. Cuando volvieron a la parada, Docampo y Casavieja ya no estaban. Como lo conocían, fueron hasta la casa de él, donde el acusado (que salió a la puerta solo), les pidió que se fueran porque quería “tener privacidad” con ella.
El 3 de marzo encontraron el cuerpo desmembrado de Ahielén en dos sectores del predio de la casa de Docampo (en ese terreno también estaba la casa de su hermano y su madre y otra casa a medio construir). La pericia forense constató que estuvo al menos 13 días viva. En otro sector del predio se hallaron restos óseos de Karina Saracho, que hacía meses que estaba muerta.
La condena judicial fue por un delito de homicidio simple (el de Casavieja), un delito de suministro de estupefacientes especialmente agravado (porque le proporcionó drogas a la adolescente) y un delito de vilipendio de cadáver. La jueza fijó la pena en 12 años y cuatro meses.
Docampo fue defendido por los abogados de oficio Andrea Souto y Diego Rodríguez.
¿Por qué no es femicidio?
“El odio es un sentimiento profundo e intento de repulsión, aversión y repugnancia”, sostiene uno de los autores citados por Mainard en la sentencia. En el caso del odio hacia el género femenino, afirma este autor, se expresa “dándole un valor menguado al que se merece; en el caso siempre orientado a la condición de mujer”.
Así, siguiendo la doctrina, enlistó tres tipos de femicidio. Aquel que ocurre sobre una víctima que tuvo una “relación íntima, familiar, o de convivencia” con el acusado, aquellos que frecuentemente involucran un ataque sexual previo y, en tercer lugar, el “femicidio por conexión” que refiere al perpetrado contra mujeres que fueron asesinadas por estar “en la línea de fuego” de un hombre que intentó matar a una mujer. Este, por ejemplo, podría ser el caso de hijas o parientes que intentan defender a sus madres.
En el caso de la adolescente, argumentó la jueza, conoció a su asesino esa noche y no hay pruebas de que haya habido un ataque sexual.
“Si bien de la Junta Médica realizada por las Dras. Porteiro y Rivas se informa en relación a la perspectiva de género que se identificó una visión estereotipada patriarcal (...) se comparte lo expresado por la defensa en cuanto a que esta visión es la imperante en nuestra sociedad. Y si bien el acusado padece de un trastorno de personalidad antisocial (...) no por ello podemos concluir que haya cometido el homicidio inspirado por un móvil de odio, desprecio o menosprecio a la mujer por razón de género”, fundamentó.
La Fiscalía, que durante el juicio estuvo representada por Valentina Sánchez y Carolina Ledesma, había intentado acreditar que Docampo era un femicida de dos maneras distintas. Una de ellas, relatando cómo le dio muerte a la adolescente: después de tenerla cautiva por días y teniéndola atada. Por otro, dando a conocer aspectos de su pasado: dos denuncias por violencia de género de dos exparejas y una de violación por parte de otra mujer. Ninguna de ellas tuvo andamiaje judicial, pero la segunda mujer fue citada a declarar en este juicio y relató el episodio. En ese contexto contó que él, mientras la tomaba del cuello, le dijo: “Yo maté a varias”.
Docampo, cuando declaró en juicio, negó haber sido violento con sus exparejas. Afirmó que una de ellas fue “presionada” por la policía a denunciar y que la otra mujer lo denunció falsamente, porque él estaba en Brasil al momento de los hechos. Ninguna de las dos denuncias se corroboraron judicialmente.
Karina Saracho
Los restos óseos de Karina Saracho fueron hallados en una heladera, dentro de una cámara séptica cerca de la casa de Docampo, en el predio que compartía con otra propiedad (la de su hermano y su madre) y otra construcción a medio terminar. Al momento del hallazgo, marzo de 2022, hacía más de tres meses pero menos de un año que había sido asesinada.
No se sabía mucho de ella, más allá de que era adicta a las drogas y que tenía un hijo. Pese a que la última vez que se la vio con vida fue en octubre de 2021, nadie había denunciado su desaparición.
Para la jueza “no se ha aportado información de suficiente calidad, quedando instalada la duda razonable” de que Docampo la haya matado. Principalmente, porque quedó probado que la casa del acusado oficiaba como boca de venta de drogas y había gente entrando y saliendo de allí continuamente. A su vez, había salido de la cárcel los primeros días de julio de ese año.
“Debe considerarse que no surge probado que Docampo conociera o tuviera algún tipo de relación con esta víctima, que no se pudo establecer como el cuerpo de la misma llegó a dicho lugar (...) El hecho de haber encontrado restos humanos ocultos al costado de una finca, no es suficiente para atribuir responsabilidad a quien allí vive por un delito de homicidio”, explicó Mainard.
Para atribuirle el homicidio de Saracho, la Fiscalía había hecho hincapié en la sangre de la víctima que se había encontrado en una pared de la casa del acusado.