La Suprema Corte de Justicia confirmó una condena a 28 años de cárcel contra un recluso acusado de rociar con nafta y prender fuego vivos a otros presos. El caso, ocurrido en 2021 en la cárcel de Santiago Vázquez (antes el Comcar), dejó como saldo dos muertos y tres heridos graves, y tiene similitud con otros dos sucesos recientes, en diciembre de 2023 y setiembre de este año, en los que prisioneros generaron incendios intencionales.
Por este caso hay otros cuatro condenados que no impugnaron el fallo de segunda instancia, por lo que su sentencia ya quedó firme meses antes.
Según saldó la Justicia en tres oportunidades, el 12 de enero de 2021 uno de los integrantes de la celda 19 del Módulo 3 del ex Comcar salió de su celda por el hueco por donde pasan los platos de comida. En la jerga carcelaria le llaman “sapo”. Al salir, se acercó a la celda 20, rompió el candado y permitió que salieran cuatro presos que estaban allí.
Todos juntos, fueron caminando hasta la celda 16 y a través del “sapo” los agredieron a “lanzazos”. Esto es, con cortes carcelarios. Rompieron el candado de esa celda, luego rociaron con nafta un colchón y lo prendieron fuego. Para lograr que el fuego fuera más potente, terminaron tirando el recipiente con el combustible.
“Mientras la celda 16 tomaba fuego, los acusados, con armas blancas, permanecían en la puerta impidiendo o, en el mejor de los casos, dificultando, el escape de quienes se encontraban en el recinto; igualmente, y acuciados por las llamas” cuatro de ellos lograron salir “sufriendo quemaduras de entidad”, según se señala en el fallo al que accedió El País.
Pudieron escapar gracias a que uno de ellos logró ingresar a la celda de al lado a través del sapo; como una ventana rota, pudo ingresar al pasillo y llamar a un guardia.
Un quinto preso alojado en la celda murió en el momento y uno de los que en primera instancia consiguió escapar, falleció en la madrugada siguiente. La causa de muerte de ambos fue la intoxicación por humo.
El juez Gonzalo Arsuaga, quien estuvo en el juicio, los había condenado a la pena de 30 años de cárcel. Se trata de la máxima pena posible y era la que había pedido la Fiscalía de Homicidios de 2do Turno, que estuvo representada en el juicio por Mirta Morales y Micaela Dávila.
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones, en una sentencia del mes de marzo, rebajó la pena a 28 años por entender que la máxima era “demasiado severa”. Para explicarlo, citó doctrina que refiere a la rehabilitación de privados de libertad por delitos graves.
La abogada de uno de los reclusos decidió volver a impugnar la sentencia y llevó el caso a la Corte, pero la Corporación entendió que no se daban los requisitos formales para admitirla. Por unanimidad, los ministros advirtieron que la defensa no apunta a que hubo “absurdo evidente” o “irracionalidad manifiesta” en el fallo, cuestión necesaria para presentar un caso ante la Corte.
Los dos incendios posteriores
Utilizando un modus operandi similar, el 28 de diciembre del año pasado, al menos cuatro presos se escaparon de la celda 73 del Módulo 4 del ex Comcar y atacaron a los que se encontraban recluidos en la celda 49 del mismo módulo.
Por una abertura, pasaron una lanza con polifón en la punta prendido fuego y luego tiraron una especie de “bombita” para propagar el fuego. La reconstrucción fiscal apunta a que el motivo fue un problema relacionado a un celular. En la celda había ocho presos: dos resultaron heridos y seis fallecieron.
Los cuatro presos identificados como agresores se encuentran imputados por los ocho cargos de homicidio (seis consumados y dos en grado de tentativa).
El 24 de setiembre pasado un episodio similar sucedió en el mismo módulo. Ocurrió en la tarde, cuando todos los presos se encontraban fuera de sus celdas, salvo las víctimas.
La hipótesis principal indica que los reclusos fueron atacados por otro grupo y, por motivos que buscan establecerse, se encerraron. Se presume que fueron rociados con líquido inflamable y luego prendidos fuego.
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