Secom demanda a la Asociación Española por servicios de acompañantes

La demanda de Secom también apunta contra la empresa Farunel S.A. que opera bajo el nombre comercial de “Familia Acompañantes”, y sostiene que la Española es el titular del 99% del capital accionario de esta.

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Servicio de acompañantes
Servicio de acompañantes.
Foto: Archivo

Redacción El País
El jueves 6, la jueza letrado Civil de 4° Turno, Ana María Bello citó y emplazó en calidad de demandados a todas aquellas personas que siendo socias de la Asociación Española Primera de Socorro Mutuos hayan celebrado con dicha mutualista un contrato de “socios vitales”.

La decisión de la magistrada se enmarca en una demanda iniciada por la empresa Secom contra la mutualista en 2018.

“Ilícitos”

El 1º de diciembre de 2021, los abogados de Secom, Juan Andrés Ramírez y Gonzalo Ramírez, promovieron una acción de nulidad contra el programa de “socios vitales” de la Asociación Española, según consta en un escrito al que accedió El País y que figura en el sitio web del Poder Judicial.

El documento sostiene que Secom considera que hay un “objeto ilícito” en todos los contratos de suscripción de afiliación vitalicia de servicios adicionales que la Asociación Española celebró con los “socios vitales”, “socios vitales plus” o “socios vitalicios” de dicha institución médica.

La demanda de Secom también apunta contra la empresa Farunel S.A. que opera bajo el nombre comercial de “Familia Acompañantes” prestando servicios de compañía a pacientes.

Y sostiene que la mutualista Asociación Española es el titular del 99% del capital accionario de Farunel S.A.

El escrito de Secom asegura que, en 2018, con la finalidad de obtener recursos económicos extraordinarios, la Asociación Española lanzó al mercado dos modalidades de contratación con sus afiliados que denominó “socios vitales” y “socios vitales plus”.

Los contratos, cuya nulidad solicita Secom ante la Justicia Civil, “fueron diseñados” para captar US$ 20 millones de parte de los afiliados de la Asociación Española otorgándoles a cambio “beneficios discriminatorios” en perjuicio de los demás socios de la institución y por tanto “ilícitos” porque se encuentran “expresamente prohibidos” por la normativa legal y constitucional.

Según Secom, aquellos socios que pagaron US$ 6.400 para recibir un servicio de forma vitalicia tienen un acceso “más rápido” a la atención que otros asociados de la mutualista violando así el principio de igualdad establecido en la Constitución de la República.

“Los denominados socios VIP, vitales o vitales plus son los que pagan y tienen acceso preferencial” a todos los servicios incluidos en la cobertura mutual”, se insiste en la demanda. “Y cuando decimos que tienen un servicio preferencial nos referimos a que estos afiliados VIP acceden a todas las prestaciones médicas y sanitarios en tiempos más breves que los afiliados comunes y además tienen preferencia para elegir y acceder a la agenda de los profesionales médicos más demandados”, se agrega.

Secom considera que tiene el derecho de iniciar un reclamo de nulidad ante la Justicia porque la Española incorporó de “manera compulsiva” al contrato de los “socios vitales” el servicio de Familia Acompañantes, lo que la perjudicó desde el punto de vista comercial.

Tal daño, se sostiene en la demanda, se produce porque los “socios vitales” quedan cautivos de por vida en el nuevo plan establecido por la mutualista que, entre los servicios prometidos incluye accesos más rápidos a consultas médicas, a coordinaciones quirúrgicas y a un “Servicio de Azafatas” para coordinar exámenes y retiro de medicación al alta, entre otros beneficios.

Réplica

La abogada Valeria Techera, del estudio Posadas, Posadas & Vecino, contestó la demanda en representación de la Asociación Española, afirmando que Secom plantea un reclamo “tan efectivista como ilegítimo”.

Y advierte: “(La demanda) parte de premisas falsas y con ellas llega a conclusiones igualmente erróneas”.

Techera expresa, por ejemplo, que “es falso que exista una discriminación que perjudica a los socios de la Asociación Española. Todos los socios de la Asociación Española, los ‘vitales’ y los ‘no vitales’ reciben tratamiento de excelencia, con reconocidos profesionales y con tiempos de espera para la atención en policlínica, para realización de estudios y para intervenciones quirúrgicas perfectamente ajustados a la normativa”.

El escrito de la profesional remarca que “es falso” que la categoría de “socios vitales” esté prohibida por la normativa en materia de salud y agregó que la Asociación Española tiene el derecho a ofrecer sus propios servicios complementarios como el de acompañantes.

“Es falso que exista algún tipo de nulidad en los contratos de ‘socios vitales’ y también lo es que un competidor como Secom tenga legitimación para intentar invocar” esa figura legal, se señala el escrito de Techera al que accedió El País.

Y advierte: “Lo único que es cierto es que (Secom) es un competidor que no acepta la competencia de Familia Acompañantes (de la Española) y quiere desestabilizar a como dé lugar”.

En el documento se afirma que, en base “a premisas falsas”, Secom quiere demandar a 5.000 socios de la Asociación Española que están de acuerdo con su contrato con la intención de quedarse -en caso de tener éxito- con esa porción del mercado de acompañantes.

La abogada insiste en ese punto: “El interés (de Secom) no es ‘jurídico’ sino económico y no tiene una conexión directa con la declaración de nulidad pues es solo un hecho eventual, una contingencia incierta de ganar ‘algún cliente’”.

En otro tramo del documento, Techera recuerda que, al igual que la Asociación Española desarrolló el “Programa Vitales”, muchas instituciones han implementado sistemas similares.

Además afirma: “Se impone ilustrar a Secom sobre este punto, aguardando que pueda retractarse de su triste acusación, una agresión injustamente dirigida a una institución sin fines de lucro, estructurada sobre los principios del mutualismo y de la solidaridad, con casi 169 años de servicio social”.

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Socios de la Española acuden al estudio de Pereira Schurmann

Además de citar a “socios vitales” de la mutualista Asociación Española de Socorros Mutuos, el Juzgado Civil de 4° Turno les dio un plazo de 90 días para presentarse en la sede con un abogado o, en caso contrario, serán apercibidos y se les nombrará un defensor de oficio quien seguirá las actuaciones.

Consultado por El País, el abogado del estudio Pereira Schurmann, Joaquín Guadalupe, afirmó que el bufete ya tiene “un grupo considerable” de pacientes socios de la Asociación Española que serán patrocinados en el juicio iniciado por Secom.

“Estamos en plazo de contestar el reclamo (iniciado por la empresa Secom). Ahora estamos estudiando la documentación de cada paciente para finalizar la presentación conjunta de contestación de la demanda por todo el grupo”, dijo. Agregó que, junto a él, en el caso están trabajando los abogados Jorge Pereira Schurmann y Rafael Giménez.

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