JUSTICIA
González Valencia fue detenido hace cuatro años en Punta del Este. El 23 de abril de 2016 fue procesado por lavado de activos junto con su esposa y otras cinco personas de su entorno.
El Tribunal de Apelaciones falló a favor de la extradición del narcotraficante mexicano Gerardo González Valencia, conocido por ser el líder de la banda Los Cuinis, informaron a El País fuente del caso. González Valencia fue detenido hace cuatro años en Punta del Este. El 23 de abril de 2016 fue procesado por lavado de activos junto con su esposa y otras cinco personas de su entorno.
También fue acusado de cometer un crimen en la década de 1990 en California y se le imputa en una causa por tráfico de cocaína y anfetaminas en territorio estadounidense, motivo por el que el gobierno de ese país había pedido su extradición.
En 2017 la Suprema Corte de Justicia avaló el pedido de extradición realizado. La mayor parte de su pena la cumplió en la cárcel de Punta de Rieles, pero el miércoles 8 de abril de este año fue trasladado a la unidad 3a del Penal de Libertad “por razones de política carcelaria”, según informó el Ministerio del Interior en ese momento.
El fallo.
El Tribunal no hizo lugar a los reparos de la defensa del líder de Los Cuinis y decidió que González Valencia sea extraditarlo a Estados Unidos, según el documento al que accedió El País. El 28 de agosto de 2017 la Suprema Corte de Justicia había resuelto otorgar la extradición de González Valencia teniendo en cuenta ciertas condiciones.
La entrega del líder de Los Cuinis iba a ser luego de que fuera juzgado por delitos cometidos Uruguay. Además determinó que hubiera garantías de que no se lo iba a juzgar en Estados Unidos por otros delitos que no sean los que se especificaron en la solicitud de extradición.
Otra de las garantías fue que no se lo condene a pena de muerte ni a prisión perpetua. Estados Unidos tuvo 40 días para responder a estas garantías. En este sentido Estados Unidos indicó que el tratado internacional no establece que se pueda condicionar una extradición a que se dé la garantía que solicitaba Uruguay en cuanto a la prisión perpetua. “Los Estados Unidos no tienen obligación de dar tal garantía”, expresaron según indica el fallo.
La defensa de González Valencia apeló la decisión al no cumplirse con las garantías. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, dio la razón a Estados Unidos. “Se entiende que asiste razón al Estado requirente en el sentido que no es jurídicamente viable obligarle a la prestación de garantías suficientes de cumplimiento de una obligación que no se encuentra expresamente prevista en el Tratado”, expresa el fallo.