El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) emitió un fallo contra la Intendencia de Montevideo (IMM) en el que anuló resoluciones que en su momento permitieron a empresas presentar el formulario para solicitar autorizaciones bromatológicas sin la participación directa de técnicos.
La primera resolución había sido tomada por Daniel Martínez en 2018, cuando este era intendente de Montevideo, mientras que las restantes fueron prolongaciones de esa normativa y estuvieron en manos de su sucesor, Christian Di Candia.
Estas resoluciones permitían que las empresas de alimentos pudieran solicitar las autorizaciones bromatológicas sin la necesidad de que intervenga directamente en el trámite un técnico responsable.
En respuesta a esto, un grupo de profesionales -químicos, ingenieros, veterinarios, entre otros- presentaron una demanda expresando que estas determinaciones los había “agraviado”, y también asegurando que incumplían con algunos requisitos marcados por la legislación vigente.
“Por razones infundadas, la Intendencia de Montevideo resolvió eliminar esta exigencia”, expresaron los profesionales al Tribunal.
Además, señalaron que la resolución dictada por el entonces intendente Martínez fue “ilegítima”, ya que “vulneró el principio de jerarquía de las normas” al ir contra un decreto de la Junta Departamental que marca la obligación de contar con un representante técnico por parte de las empresas de alimentos.
“Si bien la Intendencia destaca la necesidad de velar por una alimentación saludable, se modifican los requisitos del trámite de habilitación eliminando la necesidad de que las empresas alimentarias cuenten con un representante técnico que asuma la responsabilidad”, señalaron.
Por último, acusaron a la comuna capitalina de actuar con “absoluto desconocimiento del derecho a la salud”.
Desde la IMM respondieron ante el TCA que su actuar resultó “en todo conforme a derecho”, y aseguraron que el hecho de que el técnico sea el que se encargue del registro “generaba inconvenientes” en los casos en los que el profesional dejara de trabajar para la empresa.
Además, se defendieron diciendo que a las empresas “se les exige contar con un representante técnico permanente”, aunque este no sea quien lleve adelante el proceso de autorización.
A pesar de la argumentación de la IMM, el TCA entendió que efectivamente las resoluciones de la comuna fueron en contra de decretos departamentales, declarándola “incompetente” y anulando los actos administrativos de manera absoluta.
Tras ser consultados, desde la IMM dijeron a El País que esta resolución se tomó en el marco de una “reingeniería” del proceso que llevó adelante la comuna.
Luego, indicaron que si bien se eliminaba la necesidad de que el técnico sea quien presente el formulario, “era obligatorio” que las empresas cuenten con asesoramiento técnico en el resto del proceso.
“Esto conlleva una mejora en la inocuidad de los procesos y productos de la empresa”, señalaron a El País.
De igual manera, luego del fallo del TCA en su contra, desde la intendencia dijeron que se tomaron “acciones acordes a los procesos legales”.
Alertan por multas y maniobras fraudulentas
Hace algunas semanas la Intendencia de Montevideo informó haber recibido denuncias referidas a llamadas telefónicas en las que se intentaba estafar a comercios en nombre del Servicio de Regulación Alimentaria.
Según relató la comuna, los comercios eran contactados por personas que les pedían pagos por supuestas denuncias de clientes con respecto a su situación bromatológica. También, se los amenazaba de aplicar sanciones si no ejecutaban el pago de estas supuestas multas. En respuesta a estos hechos, la IMM recordó que “el Servicio de Regulación Alimentaria no realiza ninguna solicitud de pagos por vía telefónica”. “Los trámites vinculados al Servicio de Regulación Alimentaria se llevan adelante vía web; los cobros, en tanto, se realizan “por la vía formal”, señalaron desde la IMM.