Mujica proyecta aplicar 8 horas que ya están vigentes

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DANIEL HERRERA LUSSICH

Una dura reacción nació de los funcionarios de la Administración Central y organismos incluidos en el artículo 220 de la Constitución (excepto Universidad y ANEP) ante el anuncio del presidente José Mujica, con bombos y platillos, de imponer el horario de ocho horas y trabajar los feriados laborables.

La sorpresa fue grande cuando, indagando un poco por acá y otro por allá, encontramos que las polémicas ocho horas existen y están vigentes desde hace décadas. La reducción horaria nació de cambios realizados por distintos gobiernos para salvar la imposibilidad de incrementar los gastos del erario público.

El presidente Mujica, sin duda hoy, ante diferente realidad económica, promueve en su habitual catarata de sugerencias una nueva idea. Que deposita en un platillo de su balanza de acuerdo a su "leal saber y entender" y le indicaría, meditando para sí mismo: "los compañeros me rinden poco, debemos imponer reglas de juego que obliguen a más laburo". Se supone que argumentos tendrá el mandatario. Pero convendría llevar a la memoria de todos que los salarios que recibe la Administración Central ya son por ocho horas, desde hace aproximadamente más de 20 años.

¿Cuál fue la razón que impulsó a los gobiernos a mantener la compensación de ocho horas, reduciendo el horario de trabajo? Fue el camino emprendido, en momentos económicos poco prósperos, para otorgar mejoras al funcionariado sin afectar las menguadas arcas del Estado. No se concedieron aumentos en efectivo sino por la vía de la disminución horaria. Pero siempre se mantuvo que las retribuciones obedecían a las reducidas ocho horas como se establece en las planillas de sueldos. Una triquiñuela que se aplicó en su momento ante malos momentos.

SE BUSCA LEY. Por otro lado, la iniciativa del primer mandatario que procura que los funcionarios se presenten en sus oficinas los feriados laborables va a originar una confusa situación. Unos tendrían la obligación legal de asistir, mientras otros de la misma dependencia quedarían exentos. Hechos raros que se plantearían si se sigue adelante con el proyecto en la forma en que ha sido encarado: se introducirían en una misma bolsa nuevas y viejas normas y se impulsaría una solución en la cual quedan unos obligados a cumplir laboralmente y otros, como hijos y entenados, aprovechando un asueto que se les ha concedido gracias a un estatuto especial.

El tema de la eliminación de los feriados laborables debería aprobarse mediante una ley especial. El problema surge porque el estatuto del funcionario previsto en el artículo 59 de la Constitución comprende a los funcionarios de la Administración Central, del Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Tribunal de Cuentas y Corte Electoral.

¿Qué intríngulis surge solo repasando las normas? Se estaría dando el caso de unos funcionarios obligados a trabajar y otros no. Por ejemplo los empleados de UTE o Ancap, bancos República e Hipotecario, intendencias, que tienen un estatuto propio quedarían exonerados de acudir a sus oficinas los feriados laborables, en cambio, la exigencia regiría para la Administración Central. Otro ejemplo más disonante todavía se presentaría en los juzgados, en el Poder Judicial, donde los funcionarios tendrían que presentarse, y en cambio los jueces no, también regidos por un estatuto diferente. En una palabra se mezclaría tanto la cosa que los empleados deberán llenar sus sillas, mientras que los jerarcas de esas mismas oficinas, los magistrados disfrutarían de un descanso legal.

RIGEN LAS OCHO HORAS. Expertos en la materia comentan y concluyen que el único camino para encaminar la supresión de los feriados laborables está por la vía legal. Para esta eliminación de los feriados laborables con la anuencia legislativa, José Mujica no tendría grandes problemas, manejándose con la mayoría absoluta que goza en el Parlamento. Pero también seguramente ¡ardería Troya! Se originaría una verdadera pulseada gobierno-sindicatos, apenas se confirmara la iniciativa de eliminar feriados laborables y dejar vigentes sólo los cinco días festivos tradicionales: 1º de enero, 1° de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre. Esta sería en principio la verdadera salida de fondo para dar respaldo a la modificación que pretende el gobierno. De otra manera habría unos funcionarios que trabajarían en esas fechas y otros tendrían su asueto, marcando una injusta diversidad. Pero además, el país quedaría paralizado de todas maneras. Se daría el extraño caso de ministerios y organismos del 220 trabajando, salvo juzgados, como se ha señalado, donde serían sólo los empleados y no los jueces a la vez que organismos claves permanecerían cerrados, caso de los bancos, los entes, la enseñanza e intendencias. En una palabra, el Uruguay paralizado aun con gente trabajando los feriados laborables.

Habrá que tener paciencia y observar cuál será el camino que la Torre Ejecutiva emprenderá ante la sorpresiva iniciativa de José Mujica, lanzada al ruedo sin mucho detalle y notoria confusión.

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