Delitos sexuales
Tribunal de Apelaciones confirma fallo de primera instancia.
Un tribunal de apelaciones confirmó el fallo del juez Diego González Camejo del pasado 16 de marzo que dejó libre a un sujeto que intentó reunirse con una niña de doce años a quien creía haber contactado en la red social Facebook.
En realidad, el hombre chateaba con un tío de la adolescente, quien se hizo pasar por ella, y que luego de intercambiar mensajes e imágenes aceptó la invitación de su interlocutor para concurrir a la plaza México, del barrio Aidy Grill de Punta del Este.
El acusado creyó que se trataba de una niña, cuando en realidad la cuenta de Facebook era del tío de la misma, que tenia como foto de perfil y de portada la imagen de su sobrina de doce años de edad vestida con malla negra, medias y patines. El martes 13 de marzo el sujeto fue al lugar esperando conocer a la niña de 12 años cuya foto colgada en Facebook le había despertado un particular interés.
El hombre fue entonces recibido por varios efectivos de la Policía de Punta del Este que habían armado una "ratonera" para atraparlo. Los padres de la joven, advertidos de las imágenes y los mensajes provocativos enviados por el sujeto —entre ellos una foto desnudo— formularon la denuncia en la Seccional Décima de Punta del Este. En el momento de la detención, la policía incautó el celular del sujeto, al tiempo que tomó otras medidas como intervenir su computadora personal. Entonces quedó emplazado sin fecha hasta que el viernes 16 de marzo fue conducido a la sede judicial y luego de los interrogatorios se lo dejó en libertad.
El hombre jamás tuvo contacto con la menor, y por esta razón el juez González Camejo entendió que no existían elementos para pedir su formalización y posterior juicio.
La fiscal Sabrina Flores había solicitado la formalización del caso para someter a juicio al sujeto detenido en plaza México. Flores acusó al hombre por la presunta comisión de un delito con pena de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría, porque a través de Internet se contactó con una menor de edad para influir en ella con actos con connotaciones sexuales. Flores entendió que hubo un "error en la persona", pero si bien la comunicación fue recibida por un mayor de edad, su intención no era otra que contactarse con la menor, y por eso, para la fiscalía, correspondía la formalización.
Por su parte, la defensora de oficio Isabel Ithurralde rechazó esa imputacion de la fiscalía y solicitó el archivo de las actuaciones por entender que su cliente en ningún momento mantuvo contacto con la menor de edad y sí lo tuvo con un familiar que asumió la identidad de la adolescente.
Ithurralde sostuvo, a la hora de fijar su posición, que la formalización solicitada por la fiscalía no correspondía por entender que no existió delito alguno. Su cliente, reiteró la abogada, en ningún momento se comunicó con la menor.
Para la fiscal Flores, no existían dudas de que los mensajes partieron del indagado, y que eran obscenos, porque incluían propuestas y actos sexuales, dirigidos a una niña de 12 años, "que en los hechos fueron tolerados por el denunciante, quien también se convierte en sujeto pasivo de la conducta del indagado", motivos todos que llevaban a la fiscalía a pedir la formalización del delito, solicitud no compartida por los jueces.