INFORME

Advierten que proyecto de prisión domiciliaria "lesiona" la separación de poderes

Instituto de Derechos Humanos de la Udelar considera que el actual proyecto es un "avance notorio" frente al de Cabildo Abierto, pero advierte que expone al Estado uruguayo a condenas internacionales.

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Fachada de la Universidad de la República. Foto: Archivo El País.
Universidad de la República.
Foto: Archivo El País

El proyecto que analiza el Parlamento para otorgar prisión domiciliaria en forma preceptiva a los mayores de 70 años lesiona la separación de poderes, es redundante con respecto a las posibilidades que ya tiene el Poder Judicial en este sentido y podría ser el causante de una condena internacional al Estado uruguayo. Esas son las principales conclusiones de un informe que el Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República elevado este martes en torno a la polémica iniciativa.

En el texto, presentado ante la Comisión de Constitución y Legislación del Senado, al que accedió El País, el instituto señala que en el actual ordenamiento jurídico nacional se incorpora ya una solución al tema analizado y que "permite la necesaria ponderación entre la independencia del Poder Judicial, el debido proceso, los derechos de las víctimas y la situación de la persona imputada".

El documento señala que el artículo 228 del Código del Proceso Penal indica que entre los elementos de "especial relevancia" que un magistrado debe considerar a la hora de dictar este beneficio está el caso de los presos mayores de 70 años "cuando ello no involucre riesgos" y atendiendo a las "circunstancias" del delito cometido. El informe apunta también al artículo 276, que establece que el procedimiento será siempre por vía incidental, con participación de la defensa y del Ministerio Público.

Y, si bien señala el "avance notorio" que este proyecto representa con respecto al que fue presentado a inicios de esta legislatura por Cabildo Abierto, el informe indica que le "impone" al juez competente a disponer "de oficio y sin más trámite" la prisión domiciliaria para los detenidos mayores a esa edad. "La separación de poderes y la independencia del Poder Judicial es una condición sine qua non para la vigencia efectiva de los derechos humanos y del Estado democrático de Derecho", subraya. Para el insituto, este proyecto lesiona esa garantía y derivará en "graves efectos" sobre la totalidad del sistema de defensa y la protección de los derechos fundamentales.

El informe del Instituto de Derechos Humanos se detiene en los efectos que podría tener esta nueva versión del proyecto respecto de aquellas personas procesadas o condenadas por casos de violaciones graves a los derechos humanos o crímenes de lesa humanidad. Allí se hace mención especial a lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en este tipo de casos.

Ante la posibilidad de que los involucrados en este tipo de causas cumplan su pena fuera de un centro penitenciario, la corte establece que deberán tomarse en cuenta factores como que haya cumplido una parte sustancial de su condena, que hayan pagado la eventual reparación civil asociada, la conducta del condenado respecto al esclarecimiento de la verdad, el reconocimiento de la gravedad de los delitos perpetrados y su rehabilitación, y los efectos que su liberación anticipada tendría sobre las víctimas y sus familiares.

Siendo Uruguay parte de la Convención Americana, el instituto advirtió que, si alguna de las personas hoy presas por delitos vinculados al terrorismo de Estado resultara beneficiado por esta norma, es de esperar que los reclamos que puedan presentarse a nivel internacional "concluyan con una sentencia contra el Estado uruguayo".

Violencia doméstica y homicidios

El informe sugiere además algunas correcciones con respecto a las excepciones planteadas en el texto elaborado por la senadora nacionalista Carmen Asiaín. La referencia es al delito de violencia doméstica o a la producción de estupefacientes. El informe repara en que, tratándose de delitos en muchos casos excarcelables, no parece razonable que queden excluidos de la posibilidad de acceder a prisión domiciliaria.

Por el contrario, el informe considera inentendible que los casos de homicidio agravado y especialmente agravado sí puedan ser pasibles de ese beneficio.

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