Boliches bailables de La Paloma, La Pedrera y otros balnearios rochenses deberán alejarse de la costa

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La Paloma. Foto: Crédito El País
Vista aerea de la Playa La Balconada de La Paloma, ciudad balneario del departamento de Rocha, ND 20180107, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

RESOLUCIÓN

La Junta Departamental aprobó un decreto, por 17 votos en 31, que establece la prohibición de que emprendimientos comerciales cuya principal actividad sea bailable se ubiquen cerca de la playa.

La Junta Departamental de Rocha aprobó este jueves el proyecto de decreto enviado por la Intendencia del departamento para "determinar zonas para espectáculos públicos, musicales, emprendimientos comerciales o actividades de esparcimiento nocturno o no, que convoquen la participación de público, cualquiera fuera su denominación, cuya actividad principal sea bailable". Estos deberán, desde ahora, alejarse de la costa.

Este tema ya había tenido una iniciativa de reglamentación por parte de la Intendencia rochense, pero un Tribunal de Apelaciones revocó esa normativa que implicaba también el alejamiento de los boliches de la costa.

Ahora, en el decreto de la Junta, se señala específicamente que "la Constitución prevé el amparo de un conjunto de derechos, entre ellos el trabajo y la propiedad, que solamente pueden ser limitados en el marco del interés general" y que la Junta tiene la "potestad de reglamentar los espectáculos públicos" y que está habilitada para la "zonificación" y para establecer "zonas de ubicación y régimen de horarios y de emisión de sonidos específicos para una o más localidades".

Vista aérea de la Playa La Balconada de La Paloma. Foto: Fernando Ponzetto
Vista aérea de la Playa La Balconada de La Paloma. Foto: Fernando Ponzetto

Por otra parte, indica que "el legislativo comunal, con iniciativa propia o a iniciativa del Ejecutivo Departamental, puede establecer limitaciones al ejercicio del derecho de comercio, propiedad o trabajo, entre otros, fundando en razones de interés general, como se ha hecho con la prohibición de instalaciones fabriles en zonas residenciales, de criaderos de cerdos, crematorios o instalación de antenas de telefonía celular en áreas urbanas", entre otras.

El decreto establece que la Junta Departamental "puede y debe disponer el emplazamiento de espectáculos bailables o de otra índole que puedan interferir con el turismo y el derecho a la tranquilidad, la paz y el descanso propios de los pobladores, especialmente de los veraneantes, en tanto el turismo forma parte de la defensa del interés general como fin tutelable al generar una masa de recursos y una fuente laboral al departamento de alta significación para la población".

"Se trara de promover el desarrollo de todas las actividades que se ejecutan en el sector, estructurándolo de tal forma que las diferentes actividades puedan coexistir en armonía funcional y física", agrega.

El decreto se aplica a los fracccionamientos del arco de las playas de orientación sureste del departamento de Rocha: La Paloma, Santa María de Rocha, La Serena, Jean Krugg, La Aguada, Atlántico, Parque Balneario, Costa Azul, Antoniópolis, Arachania, El Diamante, San Sebastián de La Pedrera, Barrancas de La Pedrera, La Pedrera, Punta Rubia y Santa Isabel de La Pedrera.

Además, determina las zonas en las que podrán realizarse estos espectáculos públicos, musicales, emprendimientos comerciales o actividades de esparcimiento, nocturnas o no, que convoquen la participación de público, cualquiera fuera su denominación, cuya actividad principal sea bailable.

La zona en la que podrán instalarse estos emprendimientos, tras la aprobación de la Dirección de Arquitectura, de Ordenamiento Territorial y de Fiscalizaciones, es en la Ruta 10 y camino del Arbolito, a unos 10 kilómetros del eje de la rotonda de La Pedrera y La Paloma, y desde ese mismo punto hacia la Laguna de Rocha, explicó a El País el intendente de Rocha, Alejo Umpiérrez.

Aquí el texto completo aprobado por la Junta de Rocha

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