Caso "María": Cancillería califica de "improcedente" sentencia de justicia española

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Movilización enMovilización en la tarde de este jueves, frente a la Embajada de España en Uruguay, por el "caso María". Foto: Darwin Borrelli la tarde de este jueves, frente a la Embajada de España en Uruguay por el "caso María". Foto: Darwin Borrelli

FALLO

Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores entiende que la sentencia, que señala que la madre deberá entregar a la niña en el Consulado de Uruguay en Barcelona, "desconoce la inviolabilidad de los locales consulares".

Este jueves el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay emitió un comunicado sobre el caso "María" donde manifiesta "la preocupación ante una sentencia improcedente, de conformidad con el Derecho Internacional, exhortando a dichas autoridades a que la resolución de la situación se lleve a cabo atendiendo al interés superior de la niña".

La justicia española definió días atrás que María deberá entregar a su hija al padre, denunciado por abuso sexual a la niña.

La sentencia dictada en Lleida, España, ordena a la madre entregar mañana 4 de octubre a su hija a las 10 horas en el Consulado de Uruguay en Barcelona. Además, establece que el titular del Consulado (o persona que lo represente) entregará a la menor a las 11 horas al padre, que está denunciado por abuso sexual a la niña. María solamente podrá visitar a la niña dos horas a la semana.

Al respecto, en el comunicado de Cancillería se señala que la sentencia de la justicia española "no es conforme al Derecho Internacional, consagrado especialmente en este caso en la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares, vigente sin reservas entre nuestro país y el Reino de España, la cual recoge las normas del Derecho Internacional Consuetudinario".

En tal sentido, Cancillería entiende que la sentencia "desconoce la inviolabilidad de los locales consulares prevista en el artículo 31 de la mencionada Convención, como así también la inviolabilidad personal de los funcionarios consulares conforme al artículo 41, y a su inmunidad de jurisdicción en los términos previstos por el artículo 43, al disponer que el Consulado General de la República en Barcelona asuma una determinada función, como la de ejecución de una sentencia judicial y que todo ello ocurra bajo apercibimiento de intervención policial, considerando ésta una extralimitación grave". 

Desde el comienzo, este periplo estuvo lleno de instancias judiciales. En Uruguay, dichas instancias determinaron el retorno a España de María y su hija para allí llevar adelante la denuncia penal contra el progenitor.

En tanto, la Intersocial Feminista manifestó su profunda indignación y preocupación por la sentencia española. u201cLa indefensión, la falta de garantías procesales y falta de protección de los derechos humanos de la niña es absoluta, ahora sí, corriendo un altísimo riesgo su integridad física y psíquicau201d, dijo la organización en un comunicado.

u201cEscuchamos y leímos en varias oportunidades (en Uruguay) que en España están las garantías dadas para llevar adelante un juicio justou201d, sostuvo la Intersocial Feminista y agregó: u201cEse concepto es difícil de creer y entender si consideramos que España está siendo investigada por la Comisión de Derechos Humanos de la Unión Europea por su falta de garantías en procesos que implican abusos sexuales a menoresu201d.

En línea con lo manifestado anteriormente, la Intersocial Feminista convocó para la tarde de este jueves, a las 18 horas, una marcha que se realizó frente a la Embajada de España. 

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