Coalición vota proyecto que da “garantías mínimas” a trabajadores de plataformas de envío y transporte urbano

La iniciativa de ley, que fue enviada por el Poder Ejecutivo, pretende cubrir “un vacío legal” existente en nuestro país sobre las relaciones laborales de dependientes y autónomos con las empresas.

Compartir esta noticia
Vista del Palacio Legislativo cubierto por la neblina en el barrio Aguada en día de niebla en la ciudad de Montevideo.
Repartidor de PedidosYa.
Foto: Darwin Borrelli/Archivo El País.

Redacción El País
La Cámara de Representantes tiene previsto votar este martes un proyecto de ley de defensa del “trabajo desarrollado mediante plataformas digitales” vinculado a “servicios de entrega de bienes o transporte urbano y oneroso de pasajeros”, como el desarrollado por las empresas PedidosYa o Uber, entre otras. Mientras que la coalición de gobierno está a favor y cuenta con los votos para aprobar la iniciativa, la oposición se opone bajo el argumento de que “el debate generado a nivel parlamentario ha sido pobre, la discusión corta, y las posibilidades del Frente Amplio de hacer aportes, nulas”.

La iniciativa fue enviada al Parlamento en octubre de 2022 por el presidente Luis Lacalle Pou y el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, aprobada con votos de la coalición de gobierno en comisión de Legislación del trabajo y seguridad social, y el informe en mayoría será presentado por el diputado nacionalista Pedro Jisdonian.

Palacio Legislativo
Palacio Legislativo
Foto: Archivo El País

“Tenemos la convicción de que este proyecto de ley, además de ser oportuno, soluciona y brinda garantías mínimas para todos los trabajadores que desempeñan su labor mediante plataformas digitales, otorgándoles una mayor protección, así como brindándoles la posibilidad de negociación para mejorar condiciones de trabajo”, expresa el informe en mayoría aprobado por la coalición en la comisión, y agrega que “en nuestro ordenamiento jurídico” hay “un vacío legal”, por lo que es “una necesidad” y “una urgencia generar el marco jurídico correspondiente que colme ese vacío existente ante lo que puede ser considerado como uno de los cambios más importantes acontecidos en el mundo laboral en los últimos 10 años”, para que se establezca “una protección social”.

Claves del proyecto

El proyecto expresa en su artículo 4 que “las empresas titulares de plataformas digitales deberán respetar, en la implementación de los algoritmos, el principio de igualdad y el de no discriminación”, y además “deberán informar a todo trabajador sobre la existencia de sistemas de seguimiento automatizados que se utilicen para controlar, supervisar o evaluar el desempeño de los trabajadores de la plataforma a través de medios electrónicos”, entre otros elementos.

El artículo 7 agrega que “los trabajadores tienen derecho a obtener una explicación por parte de la empresa titular de la plataforma digital, en relación a cualquier decisión tomada o respaldada por un sistema automatizado de toma de decisiones que afecte significativamente a las condiciones de trabajo del trabajador de la plataforma”. A su vez, “a tales efectos, las empresas deberán proporcionar a los trabajadores acceso a una persona de contacto designada por la plataforma digital para discutir y aclarar los hechos, circunstancias y razones que han llevado a la decisión”. Por otra parte, “las empresas garantizarán que dichas personas de contacto tengan la competencia, la formación y la autoridad necesarias para ejercer esa función”.

La iniciativa también legisla sobre “condiciones y herramientas de trabajo”, “capacitación” y “retribución mínima” del trabajador dependiente, quien “no podrá prestar tareas que superen las 48 horas semanales para una misma plataforma digital”. También refiere a la agrupación de trabajadores y la negociación colectiva.

Además, en cuanto a “accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de trabajadores autónomos”, incluye a “los trabajadores autónomos que desarrollen tareas mediante plataformas digitales” en la legislación general vigente, y explicita que “las empresas titulares de plataformas digitales serán consideradas como patronos”.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

appstransportePedidosYaUber

Te puede interesar