Debate de alquileres sin garantía: hubo pocos casos y sin desalojos

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Alquiler de vivienda. Foto: Shutterstock

EJES DE LA CAMPAÑA CONTRA LA LUC

El gobierno creó el nuevo régimen de alquiler de vivienda para dar más solución habitacional, pero casi no se usa.

Las discusiones políticas, y más aún cuando se está en campaña por un referéndum, no suelen incorporar la variedad de matices propios de los temas complejos, y pocas veces se repara en los hechos. O sea, lo que sucede en la realidad por fuera de los discursos.

Y así es como se han debatido hasta ahora algunos de los temas centrales incluidos en los 135 artículos de la ley de urgente consideración (LUC) que serán derogados o ratificados en los próximos meses. Uno de los asuntos que copó la agenda en los últimos días fue el nuevo régimen de alquiler de vivienda, instaurado por artículos que posibilitan el arrendamiento sin garantía, junto con un significativo acortamiento de plazos para los desalojos y lanzamientos (por deudas o finalización sin prórroga de los contratos) y el cobro de recargos del 60% en caso de retrasos.

Entonces, se ha dicho desde el oficialismo que ese capítulo de la LUC tiene por objetivo incentivar a propietarios a que alquilen sus propiedades a personas que por su poder adquisitivo o vulnerabilidad económica no pueden ofrecer garantías, mientras que desde el Frente Amplio y el Pit-Cnt han concentrado sus críticas a estos artículos. Es decir, han señalado que el régimen común (la ley de arrendamientos vigente) prevé un año para el desalojo del inquilino luego del vencimiento del contrato, y 30 días en caso de ser mal pagador; con la LUC esos plazos se reducen a tres semanas y 20 días -respectivamente- si se accede al nuevo sistema, para el cual es necesario la firma y aceptación de los términos de ambas partes.

“La situación de los inmigrantes que llegan sin dinero a Uruguay” es uno de los grupos sociales que atendería la nueva normativa, ejemplificó el diputado colorado Ope Pasquet días atrás en su cuenta de Twitter. “Aunque consigan trabajo y ganen un sueldo que les permitiría alquilar, no tienen ahorros como para constituir garantías y suelen ir a parar con sus familias a pensiones de mala muerte donde viven en pésimas condiciones”, señaló el legislador.

Del otro lado, se sostiene que afirmar eso es directamente una “barbaridad” porque “antes de la LUC se podía alquilar sin garantías y estaban protegidos”, dijo a El País Gustavo González, presidente de la Federación Uruguaya de Cooperativas por Ayuda Mutua (Fucvam). Esos casos -que el dirigente dijo no tener “cuantificados” pero que estimaba en “miles”-, no obstante, se daban mayoritariamente entre personas de una misma familia en base a acuerdos sin contratos de por medio.

Ahora bien, ¿se recurrió a este tipo de alquiler a un año y tres meses de vigencia de la LUC, tal como buscaba el gobierno que ocurriera? Y en cuyo caso, ¿ya hubo gente desalojada en esos cortos lapsos, como teme la oposición?

La respuesta a la primera pregunta es que han habido muy pocos casos, para decepción de la coalición de gobierno; así lo indican los datos de la Cámara Inmobiliaria Uruguaya (CIU) y los de la Asociación de Escribanos del Uruguay, que no han tenido prácticamente consultas al respecto. Y en cuanto a la segunda, no hay registro de desalojos en los nuevos plazos de la LUC.

Los problemas

¿Qué ha ocurrido entonces? Hay algunas explicaciones. Para el presidente de la CIU, León Peyrou, un primer motivo es cultural: “Está tan institucionalizado el arrendamiento convencional que casi no han aparecido interesados en arrendar sin garantía”, señaló el empresario a El País.

Pasquet dijo lo mismo, y que uno de los problemas es el desconocimiento: que lo primero que “hay que hacer” es que “la gente se entere”. “¿Los inmigrantes, saben que existe este régimen? -se preguntó-. Lo dudo”.

Juan Ceretta, docente del consultorio jurídico de la Facultad de Derecho (Udelar) y abogado especializado en vivienda y derechos humanos, entiende que el nuevo régimen “no es bueno para ninguna de las dos partes” y que eso también explica el escaso uso de la herramienta. “Intenta responder un problema que existe y es la dificultad de mucha gente de acceder a un alquiler sin garantía; pero no es bueno para el propietario, que no se asegura poder cobrar, ni para el arrendatario, porque queda con muy poco tiempo para conseguir otro lugar a donde ir”, advirtió.

La falta de desalojos, por otra parte, también puede deberse a que los plazos mínimos de arrendamiento son de un año, lo que sumado al poco tiempo de vigencia del nuevo régimen vuelve “difícil” que ya haya contratos llegando a su término.

En Twitter, Pasquet también afirmó que “los arrendadores no confían en que los plazos establecidos por la LUC se cumplan en los hechos”, por la sobrecarga existente en el Poder Judicial. Consultado sobre todo esto, el presidente de Fucvam cuestionó: “Si no cumplen lo que se proponían, ¿para qué incluyeron estos artículos en la LUC, y ninguno que resuelve el problema de la vivienda?”.

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