Redacción El País
El 1º de agosto de 2023 entró en vigencia la ley 20.130 que estableció un régimen compatible entre jubilación y actividad remunerada. Siete meses después, 1.890 jubilados han retornado al mercado laboral como dependientes o no dependientes a tiempo completo o parcial. Se trata de un promedio de diez jubilados por día que se suman al mercado de trabajo.
El ministro de Trabajo, Pablo Mieres, dijo a El País que se trata de un “muy buen número” que refleja que la reforma implementada fue “positiva”.
“Nosotros quisimos generar un escenario de equidad porque había algunos jubilados que tenían derecho a trabajar por el simple hecho de aportar a determinada caja. Pero la enorme mayoría que se jubila por Industria y Comercio no podía hacerlo”, señaló.
Mieres consideró que dejó de haber “jubilados de primera y de segunda”, al tiempo que también se le está dando oportunidades a personas que aún están en condiciones de seguir aportando.
“Los procesos de retiro son graduales, hoy la esperanza de vida ha aumentado y cuando se llega a una edad de jubilación pareciera que todo termina, y no es así, hay muchísima gente con ganas y en condiciones de mantenerse activos”, indicó el secretario de Estado.
Mieres considera que el dato es auspicioso pero aún está lejos de lo que aspira la reforma, por eso se mantendrá una campaña de información y difusión para que los pasivos conozcan sus derechos.
“Esto habla de las ventajas que ofreció la reforma que implementamos y que algunos critican”, señaló.
Este aspecto que valida el retorno de los jubilados al mercado laboral no está sujeto a revisión en la campaña que se promueve contra la reforma de la Seguridad Social.
El decreto reglamentario de la ley establece que las personas jubiladas o que se jubilen a la edad normal por los sectores de afiliación de industria y comercio, rural o servicio doméstico del Banco de Previsión Social podrán iniciar actividad laboral incluso en el mismo sector de afiliación por el que se hubieran jubilado, comprobando el cese en la actividad laboral previa que dio origen a la jubilación.
El extenso decreto establece una serie de condiciones y excepciones para que los pasivos puedan acogerse a este derecho.