La bancada del Frente Amplio en el Senado presentó este martes un proyecto de ley que, vía voto consular, propone nuevamente garantizarel “derecho al ejercicio del sufragio” para los uruguayos que viven en el exterior del país.
La iniciativa ingresó al Parlamento en las últimas horas y apela al hecho de que Uruguay y Surinam son los únicos países que siguen sin garantizar el derecho al voto de los no residentes. “En el caso de Surinam, se puede elagar que carece de diáspora que lo justifique”, se señala. En el caso uruguayo, en cambio, los senadores frenteamplistas argumentan la necesidad de reparar una situación injusta, desde el momento en que fuera de fronteras viven cerca de 600 mil compatriotas, lo que equivale al 17% de la población del país.
En el texto, al que accedió El País, el Frente Amplio subraya que el derecho el sufragio es un derecho humano. Entre otros aspectos el proyecto apela al Pacto de Derechos Civiles y Políticos, que en su artículo 25 dispone que todos los ciudadanos gozarán sin restricciones del derecho a elegir y ser electos en elecciones periódicas. También a la Constitución de la República, que en su artículo 77 consagra que “todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación y, como tal, elector y elegible en los casos y forman que se designarán”. El artículo 80, en tanto, dispone que la residencia en el exterior no es causal de ciudadanía.
“Por ende, no puede ser impedimento para ejercer el derecho al voto”, remarca el proyecto. “No lo es y nunca lo fue”, ya que es una realidad para los compatriotas que residen fuera de fronteras y pueden volver a Uruguay para ejercer ese derecho.
Por otra parte, la iniciativa del Frente Amplio remarca que la diáspora uruguaya contribuye al desarrollo del país, con aportes materiales como donaciones, remesas, el envío de dinero en caso de desastres naturales, turismo o investigaciones científicas y tecnológicas. También en la organización de actividades culturales, deportivas o musicales de interés nacional.
El Frente Amplio deja en manos de la Corte Electoral la forma en que se aplicará ley en caso de aprobarse. El derecho al voto estaría garantizado así a todos los que estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que estarían habilitados a votar por presidente, vicepresidente, diputados y senadores, en la misma fecha en que el acto eleccionario se realice en Uruguay.
En los casos en que una persona vaya a votar por primera vez desde el exterior, deberá presentarse ante la representación diplomática habilitada a esos efectos. Las oficinas consulares deberán remitir a la corte la información correspondiente, a los efectos de que esa oficina confeccione los padrones de los distintos circuitos.Los responsables de la elección fuera de fronteras serán los cónsules generales, los jefes de la sección consular o los cónsules de distrito.
Un nuevo intento
A impulso del Frente Amplio, en 2009 la posibilidad de instaurar el voto epistolar fueplebiscitada junto a las elecciones nacionalesde ese año. Solo el 37% de los habilitados votó por reformar la Constitución para habitarlo. En 2013 el entonces oficialismo intentó sin éxito impulsar el voto consular, y en 2017 se dispuso la creación de una comisión parlamentaria para analizar el tema, que derivó en otro proyecto de ley que resultó aprobado.
Esa ley habilitaba el voto de los uruguayos en el exterior al “interpretar” que estaban habilitados para hacerlo, pero en 2020 sería declarada inconstitucional por parte de la Suprema Corte de Justicia tras una impugnación presentada por blancos, colorados y el Partido Independiente.
Una sanción excesiva
Otro proyecto presentado por los senadores frenteamplistas propone modificar la ley del Registro Cívico Nacional, aprobada en 1970, al considerar excesiva la disposición que excluye definitivamente a los que no hayan participado de las dos últimas elecciones y no hayan regularizado su situación dentro de los tres plazos siguientes. “Prácticamente, se está disponiendo la muerte ciudadana de las personas, por no haber cumplido con la obligatoriedad del voto”, se señala.
Lo que propone el Frente Amplio es que la exclusión no sea definitiva y que pueda levantarse en caso de solicitud, que podrá ser presentada hasta 60 días antes de la elección, quedando el interesado habilitado para votar
De igual manera la solicitud podrá ser realizada por el interesado en forma remota a través de medios informáticos que la Corte Electoral deberá instrumentar antes de las próximas elecciones internas de los partidos políticos.