IMM remitió a la Junta de Montevideo proyecto que regula la propaganda política en locales de los partidos

La comuna establece multas para quienes coloquen campaña no política en los comités. La propaganda deberá retirarse como máximo 30 días después de la elección departamental, o habrá sanciones.

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Comité de base del FA.
Comité de base del FA.
Foto: Fernando Ponzetto/Archivo El País.

Redacción El País
La Intendencia de Montevideo remitió a la Junta Departamental de Montevideo un proyecto para regular la propaganda política en espacios privados destinados a la realización de propaganda política de cara a las elecciones.

El texto señala que "los elementos publicitarios deberán instalarse exclusivamente en los inmuebles en que se ubique sede o local partidario". Además, el proyecto, publicado por la intendencia en su sitio web, señala que "la instalación de elementos publicitarios sin obtención de permiso o si habiéndolo obtenido se instalare un elemento distinto al autorizado, se sancionará con una multa entre 40 a 139 Unidades Reajustables". Con el mismo monto se sancionará la colocación de propaganda no política en esos locales.

Además, la publicidad deberá ser retirada "como máximo dentro de los 30 días siguientes a la finalización de la elección departamental (de mayo de 2025), bajo apercibimiento de aplicación de una multa entre 140 a 350 UR en caso de incumplimiento".

El proyecto expresa que los comités que se instalen para la realización de propaganda política deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Podrán ocupar hasta un máximo de 70% de la superficie de la fachada o muro soporte donde se instalen.
  • Separación no mayor a 0,70m de la fachada o del muro soporte.
  • Si el material del elemento publicitario es opaco, no podrá cubrir las aberturas de la edificación.
  • Si el material del elemento publicitario es traslúcida o microperforada, podría cubrir las aberturas, dejando una separación de 0.50m de la fachada o muro soporte.
  • En planta baja, sólo se podrá colocar elementos de publicidad por encima del dintel de las aberturas de dicha planta.
  • La iluminación de los elementos no deberán causar molestias a terceros ni interferir con el entorno ni con las señales de tránsito.
  • Los elementos no deberán dañar la estructura o fachada del edificio soporte.-

La IMM aclara que "se deberá contar con la autorización del propietario del inmueble para la instalación de elementos publicitarios en el mismo para la realización de propaganda política, lo cual se acreditará mediante certificado notarial".

Además, los partidos políticos "serán responsables por las infracciones a la presente norma y el propietario del inmueble lo será en forma subsidiaria".

Sede del Partido Nacional. Foto: Darwin Borrelli
Fachada de la Casa del Partido Nacional, Casa Vaeza, antigua vivienda ubicada en la Ciudad Vieja en Montevideo, ND 20200203 , foto Darwin Borrelli - Archivo El Pais
Darwin Borrelli/Archivo El Pais

El proyecto comenzará ser analizado este semana en la junta. Al respecto, el edil nacionalista Fabián Bravetti dijo a El País que espera la fundamentación de las autoridades. El edil -autor de una reciente iniciativa de este tipo, también ingresada a consideración del deliberativo departamental- cuestionó que el proyecto de la comuna no haga referencias a la regulación de las tradiciones “pintadas” que los distintos partidos y sectores realizan en espacios privados ajenos en campaña electoral y que, al decir del representante departamental, generan una “guerra” por los muros de la capital.

Por el contrario, Bravetti señaló que la iniciativa de la IMM “limita la libertad de lo que uno puede colocar en su propiedad”. A su entender, esta nueva reglamentación sobre elementos de propaganda ya instalados constituye un “cambio en las reglas de juego” y mayores costos para los partidos.

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