La ley 19.196 de responsabilidad penal empresarial cumple diez años de vigencia y su aplicación ha sido prácticamente nula. Fue de las iniciativas legislativas más polémicas y debatidas de la administración de José Mujica. Su tratamiento insumió dos años, dividió al Frente Amplio y provocó fuertes tensiones políticas, sindicales y empresariales. No obstante, en el próximo período de gobierno, el Partido Comunista promoverá cambios en su redacción para fomentar su aplicación.
La ley establece que “el empleador, o en su caso, quien ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección en la empresa no adoptaren los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma que pongan en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador serán castigados con tres a veinticuatro meses de prisión”.
El día de su aprobación, el Sindicato Único de la Construcción y Anexos (Sunca) instaló 30 pantallas en todo el país para seguir el debate parlamentario. Y en las afueras del Palacio Legislativo se concentraron miles de obreros de la construcción. Se colocaron ataúdes que simbolizaban a empleados muertos por accidentes de trabajo y a las barras asistieron viudas, hijos y familiares de los fallecidos.
Las cámaras empresariales, la oposición y gran parte de los expertos en el tema advirtieron sobre la inconstitucionalidad del texto y se manifestaron en contra de la creación del delito.
Lo cierto es que diez años después de tanta polémica casi no se ha recurrido a la ley, aunque para el Sunca ha tenido externalidades positivas que han permitido reducir la cantidad de accidentes laborales.
Una investigación de la abogada penalista Lucía Remersaro concluye que en diez años se presentaron seis excepciones de inconstitucionalidad (fueron presentadas en los primeros dos años de vigencia de la ley) y en todos los casos la Corte Suprema de Justicia, con mayor o menor profundidad en sus sentencias, concluyó que la normativa es constitucional.
Por otra parte, Remersaro relevó que el delito solamente fue tratado en cuatro casos por parte de los Juzgados Letrados y Tribunales de Apelaciones. Actualmente sólo se registra una condena que fue dictada tras un proceso abreviado. Remersaro precisa además que en ese caso se condenó al acusado por un delito de peligro, a pesar de que el trabajador falleció.
En todos los casos, las causas se iniciaron por accidentes consumados que causaron lesiones o fallecimientos, y no por detectar negligencias de los responsables de la empresa a la hora de disponer de medidas de seguridad para no poner en riesgo la vida de los trabajadores, como apuntaba el espíritu de la ley.
Remersaro dijo a El País que más allá de su escasa aplicación, “tener consagrado el delito es positivo en tanto el bien del trabajador es un bien jurídico que debe ser tutelado”. Y agregó que tiene dudas en cuanto a que realmente se denuncien situaciones que ponen en peligro la integridad de los empleados.
“El hecho de que sea un delito de peligro, que no necesita que el hecho se materialice, es un problema. Es un tema técnico. También puede ser que en algunos casos se prefiera seguir la vía laboral porque por allí se puede conseguir más dinero, y ante eso se descarte la criminalización de la conducta”, dijo Remersaro. Acotó que el problema no es la ley, sino la falta de instrumentos para investigar. “Si los trabajadores detectan las situaciones de riesgo, pero al mismo tiempo dependen de ese trabajo, es difícil que denuncien. El Estado tiene que cumplir ese rol”, indicó.
Cambios
El secretario general del Sunca, Daniel Diverio, dejará en febrero próximo su rol sindical para asumir una banca en la Cámara de Diputados en el próximo período. Fue electo en Canelones por la Lista 1001 del Partido Comunista.
Diverio dijo a El País que la ley ayudó a mejorar las condiciones de trabajo. Indicó que desde que está vigente se instalaron mesas de negocaciones en seguridad e higiene, mayor carga horaria de técnicos prevencionistas, y horas para que el delegado de seguridad recorra los centros de trabajo para prevenir siniestros y tenga la potestad de parar la obra si observa riesgos de accidentes.
En diez años los accidentes de trabajo pasaron de 55 mil a 42 mil, mientras que el total de fallecidos fue de 47 en 2014 y 18 en 2023. En el caso específico de la Construcción, Diverio indicó que la caída ha sido del orden del 50 %.
El diputado electo adelantó que desde su banca promoverá modificaciones a la ley. El designado ministro de Trabajo, Juan Castillo, también comunista, ha señalado en diversas oportunidades su apoyo a la normativa y expresado la necesidad de incluir modificaciones.
Concretamente, Diverio señaló que es necesario crear un registro de empresas infractoras. “Ese registro, con la participación del Ministerio de Trabajo, puede generar que las empresas que incumplen las normativas de seguridad tengan algún tipo de sanción o desventaja cuando participan de licitaciones públicas. Es una forma de premiar a los buenos empresarios que se preocupan e invierten en la seguridad de sus trabajadores”, explicó.
Diverio también indicó que el Ministerio de Trabajo tiene la obligación de denunciar cuando detecta situaciones de peligro, pero no lo está haciendo. “Falta coordinación entre el Ministerio de Trabajo y el Banco de Seguros. La Justicia no actúa porque no hay denuncia, incluso hay omisión en siniestros que le dejan al trabajador secuelas para toda la vida. La ley no es mágica, pero la Justicia debe actuar previo al accidente, y para hacerlo, necesita que el Ministerio de Trabajo haga la denuncia correspondiente. Es central discutir cómo vamos a mejorar la normativa, y nosotros vamos a promover estas iniciativas”, indicó.
También señaló la necesidad de crear una fiscalía especializada en accidentes de trabajo, porque hay quienes deben llevar adelante la investigación y no están especializados en el tema; si bien para este aspecto existe una limitante presupuestal.
“Ha quedado demostrado que aun las obras importantes con muy buena tecnología para producir fallan en los protocolos de seguridad. Hemos tenido tres siniestros mortales en UPM, por ejemplo. Hay que acompañar las nuevas tecnologías y nuevas formas de producción con normativas de seguridad actualizadas. Todo ha cambiado y falta mucho”, indicó Diverio.
De los accidentados el 75 % son hombres
La Construcción es el sector con la mayor cantidad de accidentes. Le sigue el comercio en general, y luego el área de servicios (profesionales, técnicos, especializados y otros). En estos tres rubros se registran casi cinco de cada diez accidentes laborales, de acuerdo a estudios del Ministerio de Trabajo.
En la Construcción, casi la totalidad de los accidentes ocurre en las actividades comprendidas en el subgrupo Industria e Instalaciones de la Construcción, categoría que concentra la mayor cantidad de trabajadores.
En el caso del Comercio, cuatro de cada diez accidentes ocurren en el subgrupo Supermercados. En el grupo Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos, casi tres de cada diez accidentes laborales se registra en el subgrupo Empresas de Limpieza.
A través de los años hay un número que no se mueve, el 75% de los accidentados son varones y el 25%, mujeres. “Como en años anteriores se observa una sobrerrepresentación de hombres accidentados en relación con el universo de personas ocupadas formales”, ya que del total, aproximadamente, 54% son varones y 46% son mujeres, indica el estudio.
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