LA TRANSICIÓN
Repartido en diez secciones que contienen 457 artículos el proyecto propone profundos cambios legales en materia de seguridad, Justicia, educación, economía y una multiplicidad de otros asuntos.
Se conoció ayer el contenido del proyecto de ley de urgencia que el presidente electo, Luis Lacalle Pou, sometió a consideración de sus socios de la coalición abriendo una etapa de análisis, discusión y modificaciones para finalmente presentarlo al Parlamento apenas asuma en marzo.
Repartido en diez secciones que contienen 457 artículos el proyecto propone profundos cambios legales en materia de seguridad, Justicia, educación, economía y una multiplicidad de otros asuntos.
En materia de seguridad se propone aumentar las penas, crear nuevas figuras delictivas y ampliar el concepto de legítima defensa presunta para policías, militares y también civiles en sus domicilios. Dispone la obligatoriedad de identificarse ante la Policía, elimina la figura de la libertad vigilada para los presos y dispone la aplicación detobilleras electrónicas en las salidas transitorias.
También pone fin a la ocupación de empresas cono extensión del derecho de huelga. En educación se eliminan los consejos desconcentrados quitando representatividad a los sindicatos en el gobierno de la educación. También se elimina la obligatoriedad de la inclusión financiera y el monopolio de Ancap. Ambas propuestas desatarán polémicas con los sindicatos. La intención de Lacalle Pou es presentar el proyecto definitivo al Parlamento apenas asuma.
Amplía la Legítima defensa en el campo y la ciudad.
El capítulo de seguridad incluye 99 medidas concretas. Una de ellas tiene que ver con la ampliación del concepto de legítima defensa para el hogar y en el medio rural en particular para quienes repelen el ingreso de personas extrañas en la noche. En tal sentido, se delimitan los espacios en los que se puede ejercer. Además, se incluye un capítulo en el que se impone el concepto para el personal policial o militar en oportunidad del cumplimiento de su misión “salvo prueba en contrario”.
Aumenta las penas para menores y varios delitos.
Define un incremento de las penas para los delitos relacionados con el narcotráfico y la violencia sexual en todas sus formas. Lleva a diez años la pena máxima para los menores de edad. Pasa de doce a 16 años la máxima por violación. Fija en 30 años la pena por sicariato. Por otro lado, fija en tres años de penitenciaría la máxima para la resistencia al arresto. Dispone que quienes participen en la receptación de armas de fuego reciban una mínima de dos años, pero si el arma es de origen militar o policial la básica será de tres años.
Se establece la obligatoriedad de identificación ante la Policía. Permite que el ciudadano pueda identificarse con distintos documentos. Ante la duda puede ser conducido a la seccional. Las personas privadas de libertad que gocen de salidas transitorias deberán llevar tobilleras electrónicas. En tanto, quienes rompan o dañen las tobilleras irán a la cárcel y pagarán una multa.
Mejoran uso de horas de contratación de guardias
Los funcionarios policiales podrán hacer un máximo de 100 horas mensuales mediante el servicio 222. Duplica las que pueden hacer en la actualidad. Deberán estar uniformados y en contacto con la seccional más próxima. Los retirados estarán autorizados a portar armas de fuego y podrán hacer arrestos en casos flagrantes.
Desaparece la suspensión condicional del proceso
Dentro de los capítulos del Código del Proceso Penal el proyecto establece el fin del régimen de libertades vigiladas y deroga la suspensión condicional del proceso. Crea la figura del agente encubierto y el colaborador para la investigación de todo tipo de delitos. Crea una repartición para la seguridad rural y dos subdirecciones, una para el área metropolitana y otra para todo el interior.
Eliminación la obligatoriedad de pagos de las remuneraciones en instituciones de intermediación financiera de los empleados dependientes y el pago de honorarios profesionales. Lo mismo sucede con el pago las prestaciones de alimentación y los pagos que deba realizar el Estado a proveedores de bienes o servicios. A su vez, establece que las transacciones entre particulares pueden realizarse mediante la modalidad que acuerden las partes.
Crea una regla fiscal y limita gasto público
El borrador de la ley prevé la creación de una regla fiscal que “abarcará a la Administración Central y a las entidades estatales comprendidas en el artículo 220 de la Constitución de la República”. Luego, en el artículo 171, se establece que esta será “complementada con un tope de incremento anual de gasto real vinculado al crecimiento potencial de la economía”. Asimismo, plantea que no podrá aumentarse el gasto público proyectado por el Poder Ejecutivo en las respectivas instancias presupuestales, sea en el proyecto de ley de Presupuesto Nacional o en los proyectos de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal.
Cambios en el régimen de seguridad social
El anteproyecto crea una Comisión de Expertos en Seguridad Social, con el objetivo de “analizar fortalezas y debilidades de los diversos regímenes previsionales, diagnosticando la situación actual y perspectivas”. También, analizar los impactos de la dinámica demográfica y los procesos de automatización en el mercado de trabajo y sus efectos en el sistema previsional, entre otros. La comisión estará integrada por quince miembros designados por el Poder Ejecutivo, que presentará un informe de diagnóstico preliminar a diciembre de 2020 y un informe con recomendaciones a diciembre de 2021.
Se faculta al Poder Ejecutivo a establecer un régimen de compatibilidad entre la jubilación por causal común y el desempeño de actividad remunerada, en régimen de trabajo dependiente o no dependiente, “cualesquiera fueran los sectores de afiliación de los servicios computados y el sector de afiliación del trabajo a acumular”. La reglamentación podrá establecer una reducción de la asignación de jubilación para quienes accedan al cúmulo referido con una edad inferior a 65 años.
Portabilidad numérica y cambios en ley de medios
Se declara el derecho de los usuarios a la “portabilidad numérica” y se obliga a las telefónicas a que mantengan el número de teléfono de un cliente, más allá de que cambie de compañía, sin trasladar costos. También hay disposiciones de “adecuación de regularidad constitucional” de la ley de medios, aprobada en 2014 y reglamentada en 2017. Entre otras cosas, se deroga el artículo que limitaba la cantidad de suscriptores de los cables y el que impedía que los canales de televisión tengan licencias para dar servicios de Internet.
Regularizan asentamientos y crean Mevir urbano
Crean la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana en el Ministerio de Vivienda que, entre otros temas, desarrollará proyectos urbanos de regularización y relocalización de asentamientos irregulares. El Plan Juntos, creado por el expresidente José Mujica, pasará a formar parte de esa dirección. En otro orden, se amplía el marco de actuación de la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (Mevir) a Montevideo y a los centros poblados del interior.
Cambios en gestión del estado y empresas públicas
Plantean crear el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, la Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas (que dependerá de Presidencia) y la Agencia Reguladora de Compras Estatales como órgano desconcentrado, la cual funcionará con “autonomía técnica”. Paralelamente, se dispone una “adecuación organizativa” en la Administración Central, facultando al Poder Ejecutivo a aprobar las reestructuras organizativas que suponen “crear, suprimir, transformar y fusionar unidades ejecutoras, así como modificar sus denominaciones”. También suprime la Dirección Nacional de Hidrografía que hoy depende del Ministerio de Transporte y encomienda la redistribución a la Administración Nacional de Puertos.
Acotan el gobierno colegiado en la educación
La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) tiene hoy cuatro organismos desconcentrados: Primaria, Secundaria, UTU y Formación en Educación. El anteproyecto propone eliminar esos “colegiados”, que pasarían a ser direcciones unipersonales. También se descartaría la necesidad de tener diez años en la educación pública para ser consejero, un requisito que estableció la ley de Educación y que impide a muchos allegados al nuevo gobierno el acceso a cargos. La Universidad de la República dejaría de tener la potestad de las reválidas de títulos extranjeros, que pasarían a depender del Ministerio de Educación. El anteproyecto de ley abre la posibilidad a que los directores de las escuelas y liceos elijan a sus propios docentes. Y el Plan Ceibal pasaría a depender del Ministerio de Educación.
Mejora de normas para la adopción de niños
En su propuesta, Lacalle Pou no solo reordena las competencias del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), sino que introduce “mejoras”, por ejemplo, en el régimen de adopciones. En este caso, se buscan acelerar los procesos de adopción de niños y adolescentes en todo el país. Se propone que en aquellos casos en los que un juez disponga la inserción familiar de un niño, “la selección de la familia la hará el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU)”.
En materia de financiamiento de medicamentos de alto precio, proponen incorporar en el régimen de donaciones especiales, las contribuciones de empresas que tributen IRAE con destino al Ministerio de Salud Pública para el financiamiento de medicamentos de alto costo, no incluidos en el Formulario Terapéutico de Medicamentos del FNR. Por otro lado, se propone crear una Agencia de Evaluación y Control de Medicamentos de Alto Precio y Técnicas Complejas, como persona jurídica de derecho público no estatal.
En el caso de una eventual demanda civil o denuncia penal como consecuencia de una presunta situación de mala praxis en la atención de la salud humana, se configurará “presunción simple” a favor del personal de salud interviniente en el proceso asistencial que determinó el evento.
Piquetes “ilegítimos” y el uso de la fuerza.
El futuro gobierno pretende que la ley de urgente consideración declare “ilegítimos” los piquetes realizados en espacios públicos o privados “que afecten la libre circulación de personas, bienes o servicios”.
El artículo 449 del borrador faculta al uso de la fuerza pública para disolver los piquetes. Y agrega que el Ministerio del Interior dispondrá “las medidas pertinentes a los efectos de preservar los espacios públicos o privados cuyo tránsito se pretenda obstaculizar o interrumpir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza”. Con ese cometido, se podrá requerir “en forma directa el auxilio de otros organismos públicos”.
El texto dice que la intervención de la autoridad se efectuará “a fin de garantizar el derecho a la libre circulación, el orden público y la tranquilidad”. En caso de hechos de apariencia delictiva, las autoridades actuantes “detendrán a los presuntos infractores e informarán al Ministerio Público”.
En otro capítulo, el proyecto se refiere a las ocupaciones y dice que toda medida de huelga “deberá ejercerse de forma pacífica, sin perturbar el orden público y asegurando la libertad de trabajo de los no huelguistas y el derecho de la dirección a ingresar en los locales de la empresa”.
Entonces establece que el Poder Ejecutivo “podrá imponer restricciones a dichas medidas cuando no reúnan las condiciones establecidas precedentemente”.
El artículo 192 del borrador refiere al mercado del petróleo crudo y derivados y deroga el monopolio de la importación, exportación y refinación de petróleo crudo y derivados establecidos a favor del Estado y gestionados por Ancap.
La liberación de la importación de combustible fue una propuesta planteada por el presidente electo Luis Lacalle Pou en la campaña electoral, pero luego resistida por algunos de los socios de la coalición de gobierno, sobre todo los colorados y el Partido Independiente. De hecho, el asunto fue eliminado del “Compromiso por el país”, el documento base de acuerdo de los partidos.
El anteproyecto dice que la prestación de las actividades mencionadas se ejercerá en los términos y condiciones dispuestos por la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo, con el asesoramiento preceptivo de la Ursea. Ancap podrá constituir una sociedad comercial, que actuará bajo los mecanismos de contralor regulados en la ley para las sociedades anónimas con participación de entes autónomos.