NUEVO RÉGIMEN
La ley de Presupuesto fija un nuevo régimen de licencia por enfermedad para los funcionarios públicos, que los equipara con el sistema que se aplica en el sector privado.
Es uno de esos beneficios que gozan los funcionarios públicos en relación a los empleados privados: si se enferman, cobran el sueldo entero y sin descuentos. Pero eso cambiará antes de fin de año en caso de que se aprueben tal como fueron redactados los artículos 28 a 30 del proyecto de Presupuesto Nacional, enviado en la noche del lunes por el gobierno al Poder Legislativo. Allí se equipara a los estatales con el sistema que tienen los empleados del sector privado, a quienes -salvo que su empresa defina lo contrario- no se les paga los tres primeros días de la enfermedad y después el Banco de Previsión Social (BPS) abona solo el 70% del salario.
Se trata de uno de los cambios que realiza el Poder Ejecutivo en el Presupuesto dentro de un paquete de reformas vinculada a los funcionarios públicos. Allí también se incluye el futuro diseño de un nuevo sistema de carrera en la Administración Central y un régimen de excedencias que implica el pase a “situación de disponibilidad” de funcionarios afectados por reestructuras, incluso sin su acuerdo.
En concreto, el artículo 28 del proyecto establece que todos los funcionarios presupuestados o contratados -con excepción de los magistrados del Poder Judicial, diplomáticos y funcionarios de entes autónomos y gobiernos departamentales- no tendrán derecho a percibir retribución por un período de hasta tres días de licencia por enfermedad. A partir del cuarto día cobrarán el 70% del sueldo por todo concepto, excluidos los beneficios sociales y antigüedad.
Una fuente del gobierno dijo a El País que este cambio se decidió ante la alta cantidad de certificaciones médicas en el Estado, aunque no supo dar una cifra actual. Y explicó que buscan que los funcionarios “vayan a trabajar” y que el descuento sea un incentivo para que pidan licencia médica los que de verdad la precisan.
En tanto, los dirigentes de la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (COFE) estudian por estas horas el texto junto a técnicos del Instituto de Estudios Sindicales Universindo Rodríguez (Inesur). Pero el secretario general de la confederación, Joselo López, dijo a El País que existe un “retroceso importante” en materia de derechos.
A su juicio, este cambio tiene “un neto corte economicista, más que de justicia real y equiparación de derechos”. El objetivo, afirmó, es ahorrar y recordó que hay áreas como educación y salud en las que el Estado debe hacer un fuerte gasto en suplencias.
Nuevas condiciones.
El texto establece algunas limitaciones. Por ejemplo, si el funcionario es hospitalizado percibirá el 70% del sueldo a partir de la internación. Los descuentos no se aplicarán si las faltas son por accidentes en el desempeño de las tareas, así como en el caso de licencias médicas por enfermedades consecuencia del embarazo “o que pongan en riesgo el embarazo o a la madre”, tratamientos oncológicos “u otras enfermedades invalidantes que estén tratadas por cuidados paliativos o tratamiento del dolor”. Esas excepciones no existen en el régimen privado, que además establece un tope de $ 44.606 en lo que se cobra.
La licencia por enfermedad deberá ser comunicada al jerarca de la unidad ejecutora, quien a su vez solicitará el dictamen de los servicios médicos, si se superan los 30 días en un período de un año o los 50 días en dos años. La ley actual habla de 60 y 90 días de inasistencias respectivamente.
El Presupuesto también establece que se diseñará un nuevo sistema de carrera en la Administración Central, de aplicación gradual, que contemplará un nuevo sistema escalafonario basado en ocupaciones.
Además, hay cambios en los pases en comisión. Se prohíben los pases de funcionarios de las personas públicas no estatales a la Administración Central, entes, gobiernos departamentales y Poder Legislativo, que cesarán al 1° de enero de 2021. Y se fija en seis años el plazo a partir del cual los funcionarios pueden pedir la incorporación definitiva al inciso donde trabajan.
Nuevo régimen: los funcionarios que pasarán “a disponibilidad”
El proyecto de ley de Presupuesto dispone un nuevo régimen de excedencia de cargos y funciones contratadas en la Administración Central, debido a reestructuras, que podrá implicar el pase a “situación de disponibilidad” de funcionarios.
Los jerarcas podrán declarar “por acto fundado” los cargos y funciones contratadas que resulten excedentes y sin necesidad de obtener la conformidad de los funcionarios implicados. Según establece el proyecto, las necesidades de personal serán cubiertas con funcionarios declarados disponibles por reestructura y cada inciso comunicará dichas necesidades a la Oficina Nacional del Servicio Civil.
¿Quiénes irán a retiro? El artículo 15 dice que, si pasa un año desde la inclusión en la nómina de personal a redistribuir por reestructura, y el funcionario no ocupa un nuevo cargo o función contratada, ingresará al régimen de retiro o readecuación funcional.