Proponen que alcaldes puedan tener tres periodos consecutivos

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Sesión de la Junta Departamental por el préstamo del BID. Foto: Leonardo Mainé

REELECCIÓN

La ley que creó los municipios ya tiene trece años y el senador blanco Sergio Botana propondrá esta y otras varias modificaciones a la normativa.

En Uruguay hay 125 municipios, cada uno con su alcalde y concejales. La ley que los creó ya tiene trece años y el senador blanco Sergio Botana propondrá varias modificaciones a la normativa. Una será la posibilidad de que los alcaldes puedan ser electos más veces de manera continua -hoy solo existe una reelección- y otra serán cambios en las listas de los candidatos. Además, se plantea redefinir competencias de las intendencias y municipios.

En pocas palabras, el proyecto de ley intenta “superar algunas cuestiones fundamentales” como la “contienda de competencias entre intendencia y municipio, la falta de fuentes de recursos propias, la cuestión electoral en lo vinculado a suplencias, las dudas en cuanto a la responsabilidad política y el tema de la personería jurídica”, se lee en la exposición de motivos del proyecto de ley de Botana.

El senador nacionalista planteará que los alcaldes puedan tener una segunda reelección, es decir, que puedan tener tres mandatos consecutivos. Hay dos motivos principales. Uno, que hoy, “cuando la persona llega al gobierno local”, no es conocido y, el otro, es que “no conoce muchos de los mecanismos de la función”. Por lo tanto, un tercer periodo le “permitiría llevar más obras y mejores servicios a su municipio”, explicó el senador.

Senador del Partido Nacional Sergio Botana
Senador del Partido Nacional Sergio Botana. Foto: Francisco Flores

También propone cambios en cómo se realizan las elecciones municipales, en lo que refiere a las listas de los candidatos. Hoy el alcalde es el primer concejal de la lista con más votos y “siempre hay discusiones acerca de las suplencias”, indicó Botana.

Por ello, se plantea que la elección del alcalde y concejales se realice en listas separadas pero en una única hoja de votación. Se propone que para la alcaldía haya un titular y tres suplentes; y que la lista de concejales se constituya con un “máximo de cuatro candidatos titulares, con triple número de suplentes”, y que indique el “sistema de suplentes elegido”, dice el proyecto.

Por otra parte, la iniciativa busca “facilitar el cumplimiento de la materia municipal, clarificar competencias y atribuciones del municipio, el alcalde y los concejales, su relacionamiento, los mecanismos de ordenamiento de gastos y pagos, entre otras”, indica la exposición de motivos. Además, hace “especial énfasis en la preservación de la unidad departamental”, y “se cuida que no exista posibilidad alguna de perforación de la autoridad del departamento”.

En el artículo 7, por ejemplo, agrega al municipio la tarea de “seguimiento y control de los trabajos de la caminería rural” que está dentro de su territorio.

También suma al servicio de necrópolis, salvo que esté localizado en el municipio, pero sea destinado a población que esté por fuera del territorio. Y añade que, “para excluirlo de la administración” local, “se requiere decreto de la Junta Departamental”.

A su vez, “se agrega el derecho del municipio sobre la recolección y disposición final de residuos, quedando abierta la posibilidad de convenios con el gobierno departamental”.

Otra modificación es que, “para aquellas obras públicas que necesiten de autorización del gobierno departamental (art. 77 ley 18.308), este último debe oír preceptivamente a los municipios comprendidos en el ámbito territorial” de donde se quieran realizar.

Botana comentó a El País que el proyecto lo redactó con base en reuniones con los alcaldes del Partido Nacional y, a su vez, con encuentros con representantes locales de todos los partidos.

“Cambios necesarios surgen de la experiencia”

El proyecto de ley, en su exposición de motivos, destaca que la “creación de los municipios ha sido el mayor y mejor crecimiento institucional de Uruguay en este siglo”. Y destaca, entre otros puntos, que “ha devuelto vida y orgullo a las comunidades”, y que la “gente se ha vuelto a sentir protagonista de la creación de su destino”, que “ha adquirido nueva y legítima representación”. A su vez, dice que la “vida cultural ha exhibido un renacer”.

Pero, al mismo tiempo, señala que la Ley de Descentralización y Participación Ciudadana, de 2009, “presentó algunos defectos sustantivos cuya superación es imprescindible para el buen desarrollo de esta institucionalidad”. Asimismo, indica que “modificaciones necesarias han surgido de la experiencia acumulada en el tiempo de vida de este nivel de administración”.

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