INICIATIVA CONJUNTA
El proyecto de ley de las senadoras Sandra Lazo (Frente Amplio) y Gloria Rodríguez (Partido Nacional) plantea establecer “un cupo” en eventos musicales públicos y privados.
Las senadoras Sandra Lazo (Frente Amplio) y Gloria Rodríguez (Partido Nacional) presentaron un proyecto de ley con el objetivo de “regular el acceso de artistas mujeres y disidencias”, para lo cual se plantea establecer “un cupo” en eventos musicales, tanto si son públicos como privados.
Con la palabra “disidencias”, señala la iniciativa en su exposición de motivos, se alude a aquellas personas que poseen “diversas identidades y corporalidades que confrontan con la heteronorma (creencia de que la heterosexualidad es el modo predeterminado o normal de orientación sexual) obligatoria y los mandatos del género normativo”.
Por lo que se plantea que el público objetivo de este proyecto, mujeres y “disidencias”, deberán ser al menos el 50% de la grilla de los espectáculos musicales. “El cumplimiento del cupo establecido en esta ley implica también la distribución paritaria en cada fecha, horario y escenario, de las propuestas de mujeres y disidencias con los demás números musicales de la grilla”, se indica.
Además, se establece que todas las artistas mujeres y “disidencias” deberán contar con “la inscripción en el registro de artistas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”.
Los que estarían obligados a cumplir con esta norma son, entonces, los productores, organizadores, contratistas, curadores y responsables comerciales de los espectáculos musicales de cualquier naturaleza. El cumplimiento de la ley se controlaría por parte de una comisión conformada por representantes de la cartera de Trabajo, del Instituto Nacional de Música y del colectivo “Mujeres y Disidencias en la Música Uruguaya”.
En caso de incumplimiento, se propone el pago de una multa equivalente al 6% de “la recaudación bruta de todos los conceptos que haya generado el evento”, y si el espectáculo en cuestión fuera gratuito, lo que habría que abonar será definido por “un monto ficto en Unidades Reajustables” que detallará la comisión fiscalizadora. Pero hay una pena más: “Las personas físicas o jurídicas que incumplan con lo establecido en la presente ley, además de la multa referida, no podrán recibir apoyo económico de ningún organismo del Estado para futuros eventos, por un período de tres años”. En cualquier caso, lo recaudado por las multas se destinaría al “fomento y promoción” de proyectos artísticos impulsados por mujeres y “disidencias” de la música local.
También se establece que cuando el Estado contrate artistas, las autoridades deberán cerciorarse que los receptores del pago sean 50% mujeres y “disidencias”.